Patreon

¿Te interesa lo que escribo? ¿Te gusta el contenido de este blog? Pues quizá no sepas que tengo un Patreon. Patreon es una página de micromecenazgos en la que las personas que apoyan a un creador se comprometen a darle una cantidad de dinero mensual (¡yo tengo recompensas desde 1$ al mes!) a cambio de recompensas.

Échale un ojo, que a lo mejor te gusta lo que hay ahí.

miércoles, 30 de septiembre de 2015

El Tribunal Constitucional como gendarme

Ya han sido las elecciones catalanas y España parece (parece) que no se ha resquebrajado aún. De hecho, dado el porcentaje de votos que han recibido las listas pro-independencia y que probablemente la CUP no votará a Más si le proponen como candidato, parece que el proceso de independencia está bloqueado. Pero en la emoción de las elecciones parece que nos estamos olvidando de algo: la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que presentó el PP (no el Gobierno) hace pocos días.

El texto de la proposición (que aún está en trámite parlamentario) es aterrador. Modifica sólo tres preceptos de la norma, pero su alcance es enorme. Sin duda lo más debatido es la propuesta del nuevo artículo 92 LOTC. El texto actual de este precepto permite que el Tribunal Constitucional disponga quién debe ejecutar sus sentencias y que anule las resoluciones que contravengan éstas. La proposición amplía de manera exorbitante estos poderes: le permite aprobar cualquier medida de ejecución que considere oportuna y ordenar a cualquier Administración que la cumpla.

¿Y si esta autoridad incumple estas órdenes de ejecución? Pues si esta reforma se aprueba el Tribunal Constitucional podrá multar a las personas que incumplan (sí, a las personas concretas que dejen de cumplir la resolución, no a la entidad o institución) con hasta 30.000 €, ordenar al Gobierno que pase por encima de sus competencias y ejecute él la sentencia e incluso suspender en sus funciones a las personas que dejen de cumplir. Ahí queda eso.

Esta reforma es, no hace falta decirlo, inconstitucional. Por ejemplo, la segunda medida que he mencionado (que se ordene al Gobierno ejecutar la sentencia pasando por encima de las competencias de la autoridad que incumpla) implica que el Tribunal Constitucional puede decidir, por las buenas, suspender la autonomía de una Comunidad Autónoma. Esta posibilidad está prevista en el artículo 155 CE, pero es para casos graves y, como decisión política que es, la tiene que aprobar un órgano político, en este caso el Senado.

En cuanto a la posibilidad de suspender en sus funciones a las personas que dejen de incumplir, sanción que además puede imponerse sin un límite superior de tiempo (la medida durará “el tiempo preciso” para que se cumpla la sentencia), atenta directamente contra todo orden institucional. La reforma está pensada para ser aplicada a las Comunidades Autónomas, pero cualquiera de las autoridades o empleados del Estado, incluido el presidente del Gobierno, podría ser afectado. Esta reforma permite que el Tribunal Constitucional (un órgano sin legitimidad democrática) expulse de su puesto a cualquier funcionario público durante el tiempo que desee y sin posibilidad de recurso.

Esta competencia que la reforma pretende atribuir al Tribunal Constitucional es inconstitucional porque vulnera el principio parlamentario (artículo 1.3 CE): la suspensión de empleo no está prevista en la Constitución ni en los Estatutos de Autonomía, y si lo estuviera no quedaría en manos de este órgano sino del Congreso de los Diputados o del Parlamento autonómico.

Es cierto que también está prevista como pena de algunos delitos, pero se trata de un caso muy diferente, donde ha habido un proceso con todas las garantías ante un tribunal que se presume imparcial. Aquí ni se prevé proceso alguno (más allá de genéricas remisiones a las leyes procesales ordinarias) ni el tribunal es imparcial, porque sus miembros han sido nombrados por actores políticos y porque va a juzgar a personas a las que él mismo acusa de haber incumplido su sentencias. Ante el incumplimiento de sentencias del Tribunal Constitucional lo que habría que hacer es llevar a las autoridades y funcionarios incumplidores ante la jurisdicción ordinaria, acusarles de un delito de desobediencia y esperar que, ahora sí, sean suspendidos de sus funciones o incluso inhabilitados.

Además, vengo pensando en suspensiones cortas, de unos pocos días o semanas. Pero no olvidemos que suspender a alguien de sus funciones durante el tiempo suficiente es equivalente de facto a cesarle, y las causas de cese del presidente del Gobierno y de los ministros, por ejemplo, son tasadas y están previstas en la Constitución (artículos 100 y 101). En definitiva, que no hay por dónde cogerlo.

Esta norma, de ser aprobada, alterará totalmente el equilibrio institucional, dándole al Tribunal Constitucional el derecho de vida y muerte sobre cualquier cargo público. Lanzará a este órgano a la primera línea de la política (como si ya no lo estuviera) y, en consecuencia, devaluará aún más el rigor técnico de sus resoluciones… que son la única fuente de autoridad y credibilidad que tiene un órgano jurisdiccional. Pretende convertirlo en un gendarme, un guardia de la porra del tráfico político.

Pero es que además es una torpeza política propia de un gobierno como el de Mariano Rajoy. Como he dicho, es una reforma pensada para enfrentarse al desafío independentista de cierto sector de la sociedad catalana. Pero pensemos que el proceso separatista sigue adelante y tenemos Declaración Unilateral de Independencia. El Gobierno catalán sale conscientemente de la legalidad española y pretende fundar una nueva. ¿Y qué hace el Gobierno español para enfrentarse a esto? Sacar el espantajo del Tribunal Constitucional. ¿No suena un poco ridículo?

Amenazar con el Tribunal Constitucional a alguien que pretende situarse fuera del alcance del Derecho español es como amenazar a un ateo con el infierno: puede quedar bien ante los compañeros de partido, pero útil, lo que se dice útil, no es. Artur Mas y todos los demás implicados ya saben que lo que van a hacer es ilegal y les da igual porque su proyecto político ha sido sistemáticamente bloqueado en todas las vías legales. Ya saben que como salga mal los tribunales españoles van a tener mucho que decir, ya han asumido ese riesgo. ¿Qué sentido tiene amenazarles con un órgano más?

El domingo pasado, el 48% de los votantes catalanes apoyaron a opciones que quieren la independencia de España, en unos comicios donde ha habido alta participación. Esta cifra parece que no para de crecer, y la verdad es que me resulta normal viendo cómo tratan el problema las instituciones, los partidos, los periodistas y buena parte de la sociedad española. Pero tenemos que ser conscientes de una cosa: si ese porcentaje sigue creciendo al final se van a ir, Tribunal Constitucional o no.

Yo no quiero que los catalanes se vayan porque significaría un fracaso a muchos niveles. Pero para eso la vía es la de la democracia, el diálogo y el pacto. Que puedan irse pero que no quieran. Con la represión nunca se llega a nada a largo plazo y, además, es muy injusto para las personas a las que se les dice que tienen medios legales para plantear reclamaciones y posteriormente se les impide el empleo de dichos medios. Ojalá la Constitución española permitiera el derecho de autodeterminación. Otro gallo nos cantaría.




No hay comentarios:

Publicar un comentario