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lunes, 25 de mayo de 2020

Tres medidas económicas


Cuando este Gobierno consiguió constituirse, yo tenía para él una petición: que no se enredase solo en lo simbólico, que hiciera cosas materiales, con bien de contenido económico. Y que las hiciera rápido, para poder tirárselas a la cara a oponentes, enemigos y potenciales aliados en el momento en que toque rendir cuentas. No se me entienda mal: lo simbólico, lo ideológico y lo cultural me parecen temas importantísimos (estoy bastante contento con todo lo que se están quejado Los De Siempre a cuenta de la degradación a la que se va a someter a la asignatura de Religión, por ejemplo), pero no basta cuando se gestiona un país. Y menos cuando hay tal fractura social.

Parece que esta semana el Gobierno ha decidido hacer caso de este deseo que está claro que no soy yo el único que tenía. Se han anunciado tres medidas que, si salen adelante, serán un impulso potente a la clase trabajadora de este país. Veremos luego en qué quedan, pero de momento pintan bien.

La primera medida de la que quiero hablar ha venido con bronca. Es la reforma laboral, o más bien decir la contrarreforma, porque parece ser que se trata de reponer las cosas al estado en que se encontraban antes de 2012. Ese estado tampoco es que fuera excelente, pues ya se había producido la reforma del segundo Zapatero (que a veces se nos olvida que el bueno de ZP, en su tramo final, metió tijera que daba gusto), pero es que la modificación de 2012 supuso un hachazo importante a los derechos de los trabajadores.

¿Qué cosas hizo la reforma laboral de 2012? Pues por ejemplo:
  • Dio mucho mayor peso al convenio de empresa que al sectorial, provincial o nacional. El convenio de empresa suele ser peor para los trabajadores.
  • Facilitó el descuelgue, es decir, la posibilidad de no aplicar el convenio en ciertas materias, por motivos económicos.
  • Limitó la ultraactividad, que era la renovación automática de un convenio hasta que aparecía su sustituto. La ultraactividad suele beneficiar a los trabajadores, porque es a ellos a los que más perjudica quedarse sin convenio o tener que negociar uno a toda prisa.
  • Abarató el despido improcedente: de 45 días por año trabajado a 33.
  • Facilitó el despido objetivo por acumulación de bajas justificadas. Antes de la reforma de 2012 este despido solo era posible si había cierto grado de absentismo en el centro de trabajo, después se pudo hacer siempre que el trabajador faltara cierta cantidad de días, sobre todo por razones médicas.
  • Se facilitaron las causas para hacer despidos colectivos (los famosos ERE), que ya no tenían que estar vinculados a pérdidas reales en la empresa. Además, se eliminó la necesidad de que los autorizara la Administración previamente.
  • Creó el famoso “contrato para pymes” con un periodo de prueba de un año.


El desmontaje de esta reforma ya estaba en el acuerdo de Gobierno: lo que hace el pacto con Bildu es acelerarlo. Después, con la bronca posterior, salieron a aclarar que lo pactado solo eran tres puntos: lo del despido por bajas justificadas (que en realidad ya fue derogado en febrero), lo de la ultraactividad de los convenios y lo del convenio de empresa.

Me parece insuficiente. Además, eso no es lo firmado con Bildu: no sé si es lo que negociaron con el grupo vasco (lo cierto es que la portavoz salió a calmar los ánimos y a decir que todo estaba bien), pero desde luego no es lo que negociaron. ¿Se van a quedar el contrato de pymes, el ERE libre o el despido barato? Puedo entender que haya cosas que no vuelvan, como la autorización administrativa previa para hacer despidos colectivos, que igual sí es demasiado anquilosante, pero ¿vamos a mantener el descuelgue? ¿En serio?

En fin, como digo, estoy genéricamente optimista. La reforma es marca PSOE y sin embargo va en la dirección correcta. Sin duda no hará todo, pero cualquier medida en esta dirección estará bien.

En segundo lugar está lo de las becas. Aquí se trata de desmontar la reforma Wert, en primer lugar mediante un aumento importante de las cuantías pero también mediante la reforma del sistema. Por ejemplo, en el tema de los umbrales (la cantidad de dinero que tiene que tener tu familia para que te den la beca), se aumenta el umbral 1, el más bajo y que da derecho a más prestaciones, porque se ha constatado que estaba muy bajo y que por tanto había familias que apenas subsistían pero que ya estaban en umbral 2.

La reforma más importante es, sin embargo, la que se va a dar en materia de calificaciones. Ahora los requisitos son draconianos. Para la beca de matrícula te exigen tener un cierto porcentaje de créditos aprobados, que va del 65% en enseñanzas técnicas y ciencias al 90% en sociales, artes y humanidades. Para las cuantías económicas se piden o bien aprobados completos (salvo en enseñanzas técnicas, que vale con el 85%), o bien aprobados parciales pero con notas superiores al 6 o al 6,5. En máster directamente no tienes beca si no sacas más de un 7, o un 6,5 si es máster habilitante.

La excusa es, como siempre, la excelencia. Pero es que las becas no son un mecanismo de excelencia, sino de igualdad de oportunidades. Que alguien de familia de pasta (y amplias tragaderas) pueda tirarse diez años en la universidad, de fiesta en fiesta y aprobando lo justito mientras que una persona que carece de recursos económicos esté obligada a aprobarlas todas o a llevar una media de Notable si no quiere quedarse fuera del sistema es sin duda injusto. Excelencia o no excelencia.

¿Quiere esto decir que las becas deben ser una barra libre? Claro que no. Debe haber controles académicos, como de hecho los ha habido siempre, tanto ex ante como ex post. Pero razonables. Exigir, por ejemplo, un 65% de créditos aprobados en el curso anterior (más de la mitad), y por supuesto sin importar si se han aprobado con 5 o con 10 es bastante para medir que el alumno progresa en sus estudios (1). Porque al final eso es lo que buscamos: que el alumno becado vaya progresando y use la beca para lo que tiene que usarla (estudiar), y para ello los controles relativos a la nota media sobran bastante.

Tampoco impide eso, por cierto, que se fomente la excelencia, como se supone que hace la propia beca del Ministerio (con un componente que no supera los 125 €) o como en tiempos hacía la Comunidad de Madrid con una beca propia. Aun haciendo la muy inflada suposición de que las notas y la excelencia tienen alguna clase de vínculo, la cosa es que distintos instrumentos sirven para cosas diferentes. Me parece genial premiar a los “mejores” para incentivar sus buenas notas, pero no con el instrumento igualador por excelencia.

Por desgracia, esta reforma no habla de lo que quizás sea el tema que más preocupa a los becarios: la tardanza en gestionar, resolver y pagar las becas, que expulsa a quienes no pueden adelantar dinero de su bolsillo hasta que en mayo decida el Ministerio aflojarse la cartera. Como el que es becario suele serlo durante toda su experiencia académica, al final la beca de un año te paga el curso siguiente, por lo que si no puedes aguantar ese primer año tienes un problema.

La tercera medida social de carácter económico es el ingreso mínimo vital, que se supone que se aprueba esta semana que entra y se empieza a cobrar en junio. Poco voy a decir de esta medida salvo que la voy a solicitar en cuanto esté en vigor para que sea mi apoyo mientras salgo de la abogacía y entro de forma definitiva en el funcionariado. Y que, como las otras dos, es insuficiente pero va en la dirección correcta.

Darle a la gente una cierta cantidad de dinero para que pueda garantizarse la supervivencia es un mínimo ético que no entiendo por qué no tenemos ya. El ingreso mínimo vital no será una renta básica, pero va hacia allí. El principal problema será el de siempre, el que ya mencioné en la entrada sobre moratoria de alquileres: la posibilidad de que la burocracia sea tan inasumible que haya gente que se acabe quedando fuera.


Por resumir: en esta semana tenemos tres medidas que son el signo del “PSOE progre”. Cosas moderadas, más o menos de izquierdas, que en parte les han impuesto desde fuera y que son más posibilistas que revolucionarias. Supongo que a estas alturas nadie estará esperando la revolución del PSOE, así que bueno, a nadie le amarga un dulce.




(1) Que 35% de créditos suspensos parece una barbaridad, pero en cursos de 60 ECTS puede significar 3 asignaturas suspensas de 10, dependiendo de cómo estén estructuradas las materias.




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sábado, 16 de mayo de 2020

La revuelta de los fachalecos


La rebelión de los fachalecos sigue imparable. En un movimiento estratégico que llena de asombro a toda España (y de vergüenza ajena al resto de vecinos de Madrid) los habitantes del barrio de Salamanca, Aravaca y otras zonas de clase más bien acomodada perseveran en su lucha contra este Gobierno liberticida empeñado en proteger la salud pública. De momento, y ya que tuitear muy fuerte y sacar las cacerolas no hace caer al Gobierno, han decidido manifestarse un ratito todas las tardes. Durante al menos tres o cuatro tardes.

Sarcasmos aparte, el análisis de este estallido de rabia me resulta complicado. Soy población de riesgo, así que nadie más que yo está interesado en que este virus se controle pronto. No vamos a tener vacuna a corto plazo, así que en este caso “controlarse pronto” significa mantener las medidas de distanciamiento social para que no haya repuntes traumáticos que me impidan, llegado el caso, acceder a una UCI.

El virus nos ha jodido. Pero nos ha jodido el virus, no las medidas de contención tomadas para evitar que el virus destruya nuestra red hospitalaria. Esas medidas son necesarias, y lo van a ser durante bastante tiempo. Así que ver a unos snobs de las narices a los que nunca nadie ha puesto un límite quejarse porque se sienten encerrados en sus casas (sorpresa, ¡todos nos sentimos encerrados en nuestras casas! ¡A nadie le gusta esta situación de mierda!) me molesta más que un poco. Y, como digo, me dificulta hacer un análisis racional y mesurado del asunto a nivel jurídico.

El caso es que el análisis no es tan complejo. Es como cualquier otra manifestación no comunicada. Como sabemos a estas alturas, el ejercicio del derecho de manifestación exige comunicación a la autoridad competente (Delegación del Gobierno), que puede responder prohibiendo la protesta o alterando alguno de sus elementos si hay razones que motiven tal decisión. Evidentemente esto no se aplica a las caceroladas, ya que no se ejerce el derecho de reunión si cada uno está en su casa, pero sí a las manifestaciones. En teoría, las manifestaciones improvisadas no son legales.

Ahora bien, que no sean legales no quiere decir que se puedan disolver así porque sí. Los derechos fundamentales tienen fuerza expansiva. Una manifestación solo puede disolverse mediante la violencia policial en los casos previstos en la ley:
  • Las manifestaciones delictivas (que a su vez son solo dos: las que se convoquen para delinquir y aquellas a las que concurra gente armada).
  • Cuando haya alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes.
  • Cuando los asistentes usen uniformes paramilitares.
  • Cuando sean organizadas por miembros de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil infringiendo las limitaciones de su legislación específica.


Vaya, que a priori una manifestación no comunicada, incluso si se repite durante varias tardes, no podrá disolverse por el simple hecho de no estar comunicada. Como mucho, la no comunicación permitirá sancionar a sus promotores.

¿Cambia en algo esto el estado de alarma? Es difícil de decir. El estado de alarma no permite suspender derechos fundamentales. Al menos esa es la teoría, porque en la práctica llevamos dos meses con la libertad de circulación del artículo 19 CE suspendida que da gusto. Pero eso tiene al menos un cierto amarre legal más o menos directo: la ley que regula los estados de alarma, excepción y sitio permite, en el estado de alarma, “Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados” (artículo 11.a), que ha sido el argumento usado para establecer una cuarentena tan estricta.

Es más que dudoso que este argumento, que ya está pillado por los pelos en lo relativo a la libertad de circulación, sea aplicable a la libertad de reunión y manifestación del artículo 21 CE. Si el Gobierno me impide salir a la calle para ejercer un derecho fundamental como es el de manifestación –encima uno con tanto contenido político–, queda claro que me está dejando sin él. No es que me prohíban manifestarme a ciertas horas o en ciertos lugares, es que no puedo manifestarme en absoluto. En este supuesto el derecho estaría quedando efectivamente suspendido, algo que sin duda no puede hacerse en estado de alarma.

Ahora bien, una cosa que sí puede hacerse es regularse el ejercicio del derecho. ¿Manifestaciones a distancia social y con mascarilla? ¿Convocatorias en coche, como las que propuso el partido de siempre desde la tribuna del Congreso? Igual son las únicas que se autorizan durante un tiempo. Y por esa vía sí podría entrarse a disolverse la marcha de los cayetanos de turno: si entendemos que el orden público incluye la salud pública, se puede argumentar que la vulneración de las medidas de protección tiene un riesgo claro para las personas.

Claro, esto es política ficción. No se puede esperar que la Policía actúe con la misma contundencia contra los pijos de Núñez de Balboa que contra una hipotética manifestación sindical o catalanista que se produjera durante el estado de alarma y en las mismas circunstancias. Estos ya habrían sido disueltos, detenidos, identificados o como mínimo encauzados; a aquellos se les permite pasear su insolidaridad a sus anchas por todo Madrid.

Porque de eso va todo esto, claro. De insolidaridad. A mí me importa un bledo que Borja María o que Cayetana Covadonga se harten de sus pisos de doscientos metros cuadrados y acaben pillando el virus en la subsiguiente protesta contra el Gobierno. Es su vida y es su riesgo. Pero que se la acaben pegando a terceros, o que acaben yendo a un hospital y contribuyendo aún más al colapso del sistema, pues ya me parece peor.

El presidente del Gobierno estuvo muy acertado en uno de sus primeros discursos de esta crisis, cuando dijo que esto iba, sobre todo, de proteger a los miembros más débiles de nuestra sociedad. A aquellos con los que se ceba el virus especialmente. Cuidarnos y usar las medidas de protección no es solo por nosotros, sino también, y muy especialmente, por los terceros, tanto si los conocemos como si no.

De esta crisis solo vamos a salir si somos menos egoístas y pensamos un poco en los demás. Yo quiero creer que, a pesar de que los portadores de fachalecos parecen querer que no lo consigamos, vamos a poder hacerlo.








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martes, 5 de mayo de 2020

¿Y si no se prorroga el estado de alarma?


La política tiene mucho de impostura. Que el PP, PNV y ERC hayan dicho que no van a apoyar la enésima renovación del estado de alarma va, me parece, por ahí. Puede que mañana me esté tragando las palabras, pero me suena a baza negociadora, sobre todo en el caso de los dos socios del Gobierno: en el momento en que escribo estas líneas están negociando in extremis para salvar los muebles, y es muy posible que cuando publique el presente artículo este párrafo ya pertenezca al cenagal de las noticias viejas. Pero, dado que vamos a tener este debate cada quince días hasta que se acabe el estado de alarma, vamos a verlo: ¿qué pasa si el Congreso no le vota la prórroga?

Para empezar, dos precisiones. La primera, que esto no es un trágala ni una cuestión de blanco o negro. El Gobierno presenta un plan de renovación del estado de alarma y los grupos parlamentarios pueden introducir enmiendas. Como el Gobierno está en minoría, sería posible incluso aprobar cosas contra su voluntad. Es cierto que el Gobierno puede siempre vetar propuestas que supongan aumento del gasto público o reducción de los ingresos, pero una oposición unida podría plantear la dicotomía de la siguiente manera: o aceptas estas modificaciones, o el estado de alarma no sale. ¿Que sería jugar al juego del gallina con la salud de los españoles? Sí. ¿Que el PP es capaz de eso y más? También.

De hecho, si nos vamos al Diario de Sesiones (resumido en este hilo), vemos que el PP no ha presentado una sola enmienda a las tres prórrogas del estado de alarma. Ni una. Los otros siete grupos parlamentarios de oposición han presentado cosas, y algunas incluso han salido adelante, pero el PP se ha limitado a aparecer en medios diciendo que todo mal, sin plantear alternativas reales donde tiene que hacerlo.

La segunda precisión es que las prórrogas están siendo de quince días pero podrían no serlo. La Constitución solo dice que el Congreso autoriza la renovación pasada la primera quincena. Pedro Sánchez podría haber pedido una prórroga de un mes (lo que dura, por ejemplo, el estado de excepción), o de dos, y con el miedo de los primeros días puede que hasta hubiera colado. Vaya, que si estamos a renovaciones quincenales es en buena medida por lealtad institucional del Gobierno.

Bien, entonces, ¿qué pasa si se pierde el estado de alarma? Veamos:

1. Desaparece el confinamiento
Esta es la consecuencia más grave. Desde el momento en que cese el estado de alarma, nadie nos puede impedir salir de casa desde que nos despertemos hasta que sea la hora de irnos a dormir. La limitación de la libertad de movimientos (un derecho fundamental), al menos a estos niveles, exige estado de alarma.

Es cierto que sigue vigente la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública,de la cual ya hablé, que habilita a las autoridades sanitarias para realizar confinamientos en el marco de sus competencias. Pero aquí hay que hacer dos matices. El primero es que, fuera del estado de alarma (situación que lo que hace es, precisamente, centralizar la capacidad decisoria), estas autoridades sanitarias habilitadas para usar la LOMEMSP son sobre todo las autonómicas. O sea, que cada Comunidad Autónoma podría actuar como quisiera en este aspecto.

Y luego, que esta ley permite en teoría tomar medidas muy graves pero hay que leerla en su contexto, dentro del sistema de fuentes y en el marco de lo previsto en el artículo 55.1 CE. ¿De qué serviría tener unos derechos fundamentales que solo pueden ser suspendidos o limitados en situación de estado de alarma (o de excepción, o de sitio) si luego llega la legislación ordinaria y permite hacer lo mismo si hay una crisis sanitaria? El derecho de excepción (los tres estados que he mencionado) tiene control parlamentario y esas cosas. La normativa sanitaria no.

Lo que permite la LOMEMSP es, o bien restricciones a grupos concretos de población (infectados o sospechosos), o bien tomar medidas de control del ambiente, incluyendo aislar zonas del territorio (así se hizo, al principio de esta crisis, en Labastida o en Igualada). Pero ¿impedir a toda la población que salga de su casa y que camine por la calle, que es la manifestación más básica del derecho a la libre circulación del artículo 19 CE y que ya es dudoso que fuera una decisión que pudiera tomarse por medio del estado de alarma (1)? Ni de lejos.

Y aquí tenemos un problema, claro, porque el confinamiento doméstico y su desescalada progresiva es la clave para el aplanamiento de la curva.

2. La coordinación se ve muy dificultada
Otro de los efectos que tiene el estado de alarma (en general los tres estados de emergencia) es que centraliza en el Gobierno la toma de decisiones. En efecto, la declaración de estado de alarma implica el nombramiento de una autoridad competente, que en crisis nacionales es el Gobierno, bajo la cual quedan todos los funcionarios y autoridades del país (aunque pertenezcan a las Administraciones autonómica y local) en lo relativo a la crisis.

No renovar el estado de alarma no quiere decir que la coordinación vaya a desaparecer del todo. Al fin y al cabo la coordinación entre Administraciones sigue siendo un principio básico del derecho administrativo. Pero sin duda se va a ver bastante disminuida. Si el Gobierno no puede tomar decisiones que lleguen a todo el territorio nacional, si no se puede mantener una política homogénea en todo el país, va a costar muchísimo contener la segunda oleada.

3. El escudo social podría desaparecer… o no
El Gobierno ha trabajado con una previsión: la de que le iban a dejar a llegar con el estado de alarma hasta más o menos el final de la crisis. El problema no van a ser, a mi juicio, los ERTE. Es cierto que el Real Decreto-Ley 8/2020 considera que el estado de alarma es una causa de fuerza mayor a efectos de cierre, pero no es la única.

El artículo 22.1 de dicha norma habla de “suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, que impliquen suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros, etc.” O sea, que se considera fuerza mayor cualquier impedimento de desarrollar la actividad derivado del coronavirus o de los esfuerzos de las autoridades por atajarlo (esfuerzos que deberían seguir existiendo), no solo los cierres provocados por el estado de alarma.

El problema es otro. El problema es que la mayoría si no todos los decretos-ley que ha dictado el Gobierno tienen una vigencia limitada a un plazo concreto, que se cuenta desde el fin del estado de alarma. Si cuando se pase el plazo (que en muchos casos es de un mes, aunque diversas medidas tienen sus propios tiempos) seguimos en plena pandemia, todas las personas protegidas por ese escudo social –que ya de por sí era magro, vamos a reconocerlo– quedan con el culo al aire.

Se puede, claro está, publicar un nuevo decreto-ley que alargue la vida de todos los que se han ido dictando desde el 13 de marzo. La posibilidad está prevista en las disposiciones finales de esos mismos decretos, y el propio Gabriel Rufián tuiteó el texto de una de esas disposiciones finales para demostrar que el escudo social no tiene por qué sufrir con el fin del estado de alarma. De hecho, parece que parte del pacto con Ciudadanos es desvincular las medidas económicas de las sucesivas prórrogas (algo que de hecho me parece bien).

Pero recordemos que los decretos-ley exigen convalidación por parte del Congreso, y puede que lo que ya ha sido convalidado una vez no lo sea otra. Yo diría que cuanto menos nos arriesguemos mejor.



Queda una última pregunta que hacerse. Si el Gobierno puede decretar libremente el estado de alarma y solo necesita al Congreso para su prórroga, ¿qué le impide a Pedro Sánchez, en el mismo momento en que la Cámara le deniegue la renovación, publicar en el BOE un segundo estado de alarma? Así ganaría otros quince días, al término de los cuales podría hacer lo mismo, y luego otra vez, y otra, y otra.

Sobre el papel es posible, claro, pero cualquier lectura mínimamente democrática de la Constitución impide intentar un truco semejante. Si Sánchez lo hiciera, el Tribunal Constitucional se lo anularía, probablemente atendiendo a la idea de que el estado de alarma tiene unos requisitos de control parlamentario para su renovación (bastante laxos, además, una mayoría simple) y que, si no los has pasado, no puedes sacarte otro de la manga hasta que no lo justifique un cambio en las circunstancias.

Además, aunque el TC no dijera eso, o aunque lo dijera lo bastante tarde como para que ya no importara, semejante intentona sería descender un peldaño más en la escalera de falta de respeto institucional que hay en este país. Si el Congreso te ha tirado el estado de alarma te toca joderte y esperar a que el inevitable repunte te permita justificar tomar las riendas de nuevo.

No es que yo sea un fan absoluto de este gobierno. Sin embargo, sí que creo que dadas las circunstancias, y sobre todo mirando el contexto nternacional (no hay ningún Estado que haya actuado completamente bien, entre otras cosas porque ¿es siquiera posible responder de forma perfecta ante algo así?), lo ha hecho razonablemente bien. Y, por encima de todo, es el que tenemos. Cambiar ahora de presidente sería desastroso, e ir a elecciones directamente imposible.

Por eso, aunque creo que no es malo que le obliguen a sentarse a negociar y a consensuar, tampoco creo que sea una tontería pretender que los partidos de oposición (el PP y ERC, sobre todo) tengan cierta lealtad, se traguen el orgullo, apoyen medidas que no les gustan y dejen las críticas furibundas para después. Un tono de voz calmado en el debate público nos beneficia a todos.

¿Se puede hacer algo así en España cuando la oposición es de derechas? Me parece que no.










 (1) Yo opino que un confinamiento como el que hemos vivido habría requerido estado de excepción como mínimo.


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viernes, 1 de mayo de 2020

¿Qué puedo hacer durante la desescalada?


Parece mentira, ¿eh? Hace dos meses que nos enclaustramos y ya nos estamos desenclaustrando. ¡Solo hemos estado metidos en casa una sexta parte del año! Al principio a mí se me hacía muy lento, pero luego los días se convirtieron en una masa de puré de verduras y las últimas semanas de abril las he pasado sin sentir. De hecho, tengo cierta sensación de “¿Ya? Pero si no he hecho nada”. Aunque la cosa es que no va a ser “ya”, ni mucho menos en Madrid. La desescalada va a ir por fases y las fases van a ser por territorios.

Curiosamente donde mejor he encontrado subido el plan de desescalada es en la web de Izquierda Unida: aquí está. ¿Qué dice ese plan?
  • El plan se divide en tres fases, más una “Fase cero” de preparación. La Fase Cero comienza, en teoría, el día 4 de mayo, pero desde el día 2 ya se puede salir a dar paseos individuales y a hacer deporte, y desde el 26 de abril ya estaban pudiendo salir los niños a pasear.
  • Las fases no dependen del tiempo. Hay un cronograma que estima que la desescalada durará desde el 11 de mayo hasta el 30 de junio, pero es estimativo. Dependerá de cómo evolucione la pandemia.
  • Las fases se aplicarán por zonas: más en concreto, toda España empezará el 4 de mayo en la Fase Cero y el 11 de mayo el ministro de Sanidad dirá en cuál de las tres Fases está cada uno de los territorios españoles. Estos anuncios se repetirán cada dos semanas. No solo es posible progresar, sino también retroceder, dependiendo siempre de cómo avance la pandemia.
  • ¿A qué me refiero con “territorios”? A las provincias. El plan es de aplicación provincial. Se ha criticado esta decisión porque los límites de las provincias son arbitrarios, pero en realidad todas las fronteras políticas son arbitrarias, y las provinciales las conoce todo el mundo. En todo caso, si alguna Comunidad Autónoma quisiera una división distinta, puede pedirla.
  • Las islas de La Graciosa, La Gomera y El Hierro entran directamente en Fase I a día 4 de mayo, debido a que no tienen casos de coronavirus o tienen una incidencia anecdótica.


Cuando termine la desescalada, pasaremos durante el verano a la fase llamada “Nueva Normalidad”, donde ya no habrá restricciones pero se pide a la ciudadanía que se siga autoprotegiendo y se mantiene la vigilancia epidemiológica. Y a 15 de septiembre, se supone que empieza el curso con normalidad plena.

Así pues, de 10 de mayo a 30 de junio, en teoría, desescalada, y después fase de nueva normalidad hasta el 15 de septiembre, si el tiempo y el COVID lo permiten. En el enlace de arriba están las fases, pero puede ser que tengáis preguntas concretas y no os apetezca meteros en un documento tan farragoso. Entonces, siguiendo la vocación de servicio público que tiene este blog, voy a resumir sus principales indicaciones.

Ojo, hay que tener en cuenta que este resumen es una serie de indicaciones. Dado que las ha redactado el Gobierno, es de pensar que se seguirán cuando se adopten las sucesivas normas que regulen las distintas fases, pero es posible que haya variaciones. Además, no son exhaustivas.

¿Cuándo puedo salir a dar un maldito paseo?
Se podrá en la misma Fase Cero, incluso con las personas con quien se conviva. De hecho, a pesar de que la Fase Cero empieza el día 4 de mayo, ya hemos mencionado que estas medidas se adelantan al 2 para adultos y, como ya se sabe, se adelantaron al 26 de abril para niños.

¿Y quedar con los amigos?
Quedar con amigos, familiares, parejas y otras personas no convivientes solo se va a poder hacer a partir de la Fase I. Más en concreto, en Fase I se habla de contactos en grupos reducidos, en Fase II de contactos en grupos más grandes y en Fase III de contactos sin restricciones de número. Eso sí, en los tres casos se prohíben las reuniones con personas vulnerables.

¿Entonces, cuándo puedo ver a personas vulnerables?
Ya era posible, desde el inicio de la cuarentena, desplazarse para atender a personas mayores o especialmente vulnerables. En Fase II se permiten las visitas de un solo familiar a personas que estén internadas en residencias (y que por tanto no necesiten ser atendidas), pero no se refiere a residencias de ancianos, que siguen vetadas, sino de personas con discapacidad. En Fase III, por cierto, se prevé una revisión del modelo de residencias.

Para ver al abuelo me parece que va a haber que esperar a la fase de nueva normalidad.

¿Cuándo podré realizar ceremonias públicas?
El plan solo habla de bodas y de velatorios. Los velatorios están permitidos desde la Fase I y las bodas desde la Fase II, con números crecientes de asistentes. A mi entender, cualquier otra ceremonia que no esté aquí mencionada (bautizos, comuniones) debe equipararse más a las bodas que a los velatorios, cuya celebración sin duda solo se ha adelantado por lo necesario y urgente que es en muchos casos iniciar el proceso de duelo.

¿Podremos ir a los bares, que estamos en primavera y apetece una terracita?
En la Fase Cero, los restaurantes y cafeterías solo pueden abrir para entregar pedidos, no pueden permitir el consumo en el local. Eso quiere decir que ya podremos bajar a por un kebab o a por una pizza, pero seguiremos teniendo que comérnoslos en nuestra casa.

En la Fase I abren las terrazas, aunque limitadas a un aforo del 30%. En la Fase II se permite el consumo dentro de los locales siempre que sea sentado y con aforo limitado a 1/3.

En la Fase III se aumenta el aforo a 1/2, se permite el consumo de pie con restricciones, aumenta también al 50% la superficie habilitada en terrazas y se abren también las discotecas y bares nocturnos (con aforo de 1/3).

¿Y a comprar a locales que no son bares? ¿Librerías, ferreterías, anticuarios…? ¿Puedo ir a pasar el domingo al centro comercial?
Los locales de comercio minorista abren ya en Fase Cero, pero con cita previa para la atención individual de los clientes. Se exige que tengan medidas de seguridad, que haya un horario de atención preferente para mayores de 65 años y que usen mascarilla o guantes si tratan directamente con clientes.

En Fase I abren al público los locales comerciales que no sean centros comerciales, con aforo limitado al 30% y garantizando 2 metros entre clientes, o si esto no es posible un cliente como máximo. Si el Ayuntamiento lo permite pueden montarse también mercadillos.

En Fase II abren los centros comerciales, quedando aún cerradas las zonas comunes. Aumenta el límite del aforo al 40% garantizando 2 metros entre clientes, o si esto no es posible un cliente como máximo. También abren los centros educativos privados de formación no reglada, como autoescuelas o academias.

En Fase III se permite el uso de las zonas comunes de los centros comerciales. El aforo aumenta al 50%, garantizando 2 metros entre clientes.

¿Puedo viajar?
Los viajes son de las actividades más restringidas. Los viajes entre provincias solo se permitirán cuando origen y destino estén en fase de nueva normalidad; antes de eso, solo para alguna razón lícita (por ejemplo, si el confinamiento me pilló en Granada pero yo tengo un bar en Madrid, podría ir en Fase I a Madrid a abrir la terraza de mi bar).

La actividad de hoteles y alojamientos turísticos está también muy restringida: en Fase I abren los hoteles pero se mantienen cerradas las zonas comunes. En Fases II y III se permite el uso limitado de dichas zonas.

En cuanto a medios de transporte, el transporte aéreo queda sujeto a acuerdos europeos o internacionales (no se menciona en la tabla su posible progresión) y el terrestre sigue limitado: en Fase I hay el 30% de servicios al 50% de ocupación y solo en Fase III se prevé un posible incremento de la ocupación (no de los servicios).

Así que yo no pensaría demasiado en viajar, y menos por turismo.

¿Puedo ir a misa?
A partir de la Fase I, los lugares de culto religioso pueden abrirse con 1/3 del aforo, que aumenta a 1/2 en la Fase II.

Quiero que abran las bibliotecas, no puedo perderme el último estreno de cine y no aguanto más sin ir de museos. ¿Qué hay de lo mío?
En Fase Cero abren los archivos.

En Fase I abren las bibliotecas (incluyendo las salas de lectura, con aforo a 1/3), los museos (solo visitas, con aforo a 1/3) y los actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugar cerrado o de 200 al aire libre (con limitaciones de aforo o con espacio entre público). También se permite el turismo activo en grupos pequeños.

En Fase II abren los cines, teatros y similares, las visitas a monumentos y las salas de exposiciones y conferencias, todo con 1/3 de aforo. Se permiten actos y espectáculos culturales más grandes.

En Fase III los aforos máximos pasan a ser de 1/2 y de nuevo aumentan los límites a los actos y espectáculos culturales. Se permiten otras actividades, como plazas de toros, parques temáticos, etc.

¿Se podrá salir a hacer deporte?
El deporte no profesional comienza en Fase Cero, donde se permite la actividad individual con protección adecuada en la vía pública (la tabla menciona correr, montar en bici, hacer surf y patinar). En Fase I abren las instalaciones deportivas al aire libre sin público para hacer deportes sin contacto (se menciona el atletismo y el tenis) y, con cita previa, los centros deportivos donde se hagan actividades individuales que no impliquen contacto ni vestuarios.

En Fase II ya se permiten las instalaciones deportivas cerradas para practicar deportes sin contacto. Asimismo, tanto en esta fase como en Fase III se van permitiendo los espectáculos deportivos.

Para hacer deportes de contacto habrá que esperar a la nueva normalidad.

El deporte profesional tiene sus propias normas.

¿Podré ir a la playa en verano?
Las playas no se abrirán hasta la Fase III.

¿Cuándo será la EBAU?
Se celebrará en Fase II, en teoría en sus fechas habituales, antes por tanto del 30 de mayo.

¿Y el resto de la educación?
La educación reglada seguirá siendo online durante el resto de este curso. En Fase I se desinfectarán los centros educativos y abrirán los laboratorios. En Fase II se podrán realizar clases presenciales de:
  1. Infantil hasta 6 años, si los progenitores hacen trabajo presencial.
  2. Los cursos terminales de cada etapa (4º de ESO, 2º de Bachillerato, 2º FP de Grados Medio y Superior y último año de Enseñanzas de Régimen Especial), con carácter voluntario y en grupos pequeños.
  3. Centros de educación especial, con carácter voluntario.

En el resto de casos se prepararán programas de refuerzo.



Todas las actividades que he mencionado (y las que no he hecho, que me he dejado alguna en el tintero) hay que hacerlas con precaución, usando mascarilla si se puede y respetando el distanciamiento social y la higiene de manos.

¡Ánimo, que ya va quedando menos!





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