Estamos viviendo tiempos interesantes. La
abdicación de Juan Carlos I y la sucesiva entronización de su hijo Felipe
parecen haber despertado la conciencia republicana de este país, que igual sólo
necesitaba este catalizador. Y, por supuesto, aparecen también los viejos
argumentos monárquicos sobre Aznar en la presidencia, el coste de esa
institución y los pocos cambios que supondría. Así que me he propuesto hablar
un poco de las tres formas en que puede articularse la presidencia de una
república. Es decir, supongamos que mañana se proclama la república en España
(jaja, no), y supongamos también que es una república democrática-liberal (no
veo yo muy cerca la revolución socialista); ¿cómo funcionaría su jefatura de
Estado?
En principio hay tres posibilidades:
1.- Sistema parlamentario. En el sistema
parlamentario el jefe de Estado, sea un rey o un presidente, es un mero
representante de la nación sin poderes reales. Sus facultades son puramente
simbólicas, y aun así deben ser ejercidas con el refrendo de los ministros.
Cuando es un presidente, normalmente no es elegido directamente por los ciudadanos
sino por el Parlamento, aunque muchas veces con formalidades especiales, como
pueda ser reunir a las dos Cámaras en una sola asamblea (Italia) o traer
representantes especiales de las legislaturas regionales (Alemania e Italia).
La idea es buscar un nivel alto de consenso. Al fin y al cabo, si se trata de
un cargo sin competencias, no tiene demasiado sentido hacer una elección
directa.
En este sistema el poder ejecutivo real
recae en un jefe de Gobierno elegido por el Parlamento. Es él quien dirige la
política, quien decide si se disuelve el Parlamento o se convocan elecciones,
quien propone leyes y reglamentos, etc. El jefe de Estado sólo pone la firma. En
general, el sistema está pensado para darle al Parlamento una primacía
absoluta; lo cual, en un tiempo de partidos políticos fuertes, significa una
mayoría parlamentaria sólida que sustenta a un Ejecutivo con grandes
capacidades.
Muchas monarquías usan el sistema
parlamentario, entre ellas España: sin duda, la más famosa es Reino Unido. Por
su parte, las dos repúblicas parlamentarias más conocidas son Italia y
Alemania, pero otros Estados (como Irlanda, Austria, los del antiguo bloque
soviético o los procedentes de la desintegración de Yugoslavia) utilizan
también este sistema. Algunos incluso aplican la elección directa, y me
gustaría saber qué prometen los candidatos a la presidencia de la República.
2.- Sistema presidencialista. En el
sistema presidencialista los cargos de jefe de Estado y de jefe de Gobierno están
reunidos en una sola persona, que ejerce todas las competencias del poder
ejecutivo. En consecuencia, es elegido por los ciudadanos o, como mucho, por
compromisarios nombrados ad hoc por
éstos. Su legitimidad es la misma que la del Parlamento (que en estos sistemas
se suele llamar Congreso), por lo que las facultades de control mutuo de ambas instituciones
son menores y algo más equilibradas.
Este sistema sólo es compatible con una
república, por las competencias tan amplias que da a la cabeza del Estado. Además,
al desvincular al poder legislativo del ejecutivo, nada asegura que el
presidente vaya a tener una mayoría parlamentaria suficiente para desarrollar
sus políticas. Es el que usan en toda América (salvo en Canadá que, recordemos,
es una monarquía) pero fuera de este continente está poco extendido.
3.- Sistema semipresidencialista. Este sistema
intenta cohonestar las lógicas de los dos anteriores. Del sistema parlamentario
toma un Parlamento fuerte que elige a un jefe de Gobierno que es el líder de la
mayoría; del presidencialista, la idea de un jefe de Estado con competencias
reales y que, por tanto, es designado en elecciones populares. Dado que ambas instituciones
suelen tener mandatos de duración diferente, es posible que se produzca el
fenómeno de la cohabitación: que el presidente de la República tenga que tratar
con un Parlamento en el que su partido está en minoría y en el que, por tanto,
se elige a un jefe de Gobierno de distinta ideología.
Igual que el anterior, este sistema sólo
es compatible con una república. Su cuna es Francia, pero muchos de los Estados
que instauraron una democracia liberal en la segunda mitad del siglo XX (como
Portugal o bastantes Estados de la URSS, incluyendo Rusia y Ucrania) la
adoptaron entonces.
Así pues, volviendo a la pregunta
inicial, a esa cuestión que planteaba: una hipotética III República española,
¿qué modelo usaría? Yo me inclino a pensar en el semipresidencial. Creo que el
parlamentario queda descartado: la estructura institucional de la república se
parecería demasiado a la de la actual monarquía, y nos hemos pasado demasiados
años hablando de la necesidad de elegir a todos los altos cargos del Estado. El
sistema presidencial, por su parte, está muy alejado de nuestra cultura jurídica
y de la de nuestro entorno.
El sistema semipresidencial permite
elegir directamente al jefe de Estado y permite una contraposición entre dos
ramas del poder ejecutivo, beneficiosa si lo que se busca es dividir el poder. Además,
tenemos un ejemplo histórico: la Constitución de la II República que, pese a
establecer un sistema parlamentario, tenía un presidente más fuerte de lo
habitual (sus competencias, pese a necesitar refrendo, eran relevantes) que era
nombrado conjuntamente por las Cortes y por un número de compromisarios elegidos
específicamente.
En fin, todo lo anterior no ha sido más
que un ejercicio de política ficción, que es una manera fina de llamar a la
paja mental. Por desgracia, no parece que España esté hoy más cerca de una
república que hace una semana, pese a la espontánea movilización antimonárquica
que hemos vivido. Sin embargo, hay algo cierto: por mucho intento de vendernos
modernidad con la sucesión real, no cuela. España necesita una remodelación de
abajo arriba, tanto en sus estructuras políticas como en la sociedad que las
sustenta. En esta acuciante necesidad de ruptura la república es sólo una parte,
pero puede servir como resumen y símbolo de todo un proyecto.