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jueves, 30 de abril de 2020

Un programa de rojos y maricones


Que Jorge Javier Vázquez no es un adalid de la izquierda ya lo sabemos todos. Un presentador de televisión con dinero, que se ha pronunciado a favor de la compra de bebés (él lo llama gestación subrogada), que se burló en directo del caso de violación en Gran Hermano y que anuncia casas de apuestas no parece el espejo más claro donde mirarse. Asimismo, el plató del Sálvame no va a ser el lugar donde comience la revolución.

Sin embargo, no puedo negar que me gusta mucho ver cómo la bandada de buitres carroñeros que dirige este pájaro destripa a la ultraderecha mediática a raíz del último escándalo de bragueta. Los hechos son muy sencillos: Alfonso Merlos, periodista (dicen), salió en el directo del también periodista (dicen) Javier Negre con su amante de fondo, circunstancia que parecía ser desconocida para su novia oficial. El asunto ha acabado en los platós del cotilleo, donde la ideología de todos los implicados se ha visto al descubierto.

Memes como “Aunque sea una mala racha no te folles a un facha” o frases del estilo de “este es un programa de rojos y maricones” tienen su valor. Aunque no las emita un paladín de la ética comunista, sí que se emiten en un horario y en un formato donde uno no se lo esperaría. Coger a los supuestamente serios periodistas de ultraderecha y equipararlos a freaks del Sálvame para, por el camino, demostrar su hipocresía y lanzar un bombardeo a sus ideas, con el “Grândola, vila morena” de fondo, me parece una jugada maestra.

Hay quien ha advertido que esto puede salir rana. Que puede suceder como con Esperanza Aguirre, que se hizo famosa por sus cagadas amplificadas hasta el infinito por Caiga Quien Caiga y luego no hubo forma de que nos la sacáramos de encima. Yo no estoy de acuerdo. Y no lo estoy porque no todo humor sobre personajes de la política es igual: depende muchísimo desde dónde se haga. Por cierto, sí, en un sentido amplio Merlos y quienes les rodean son políticos aunque no tengan cargos públicos; ellos mismos dicen que aspiran a desestabilizar al Gobierno.

El humor contra Aguirre, como el que se hace en muchas ocasiones contra su versión 2.0. Isabel Díaz Ayuso, se hace basado en la idea de que es idiota. Se resaltan sus equivocaciones, sus exabruptos, sus salidas de pata de banco, etc. para mostrar lo inane intelectualmente que es esta persona frente a nosotros, los listos de la izquierda. Esto no funciona, primero porque los listos no le gustamos a nadie y segundo porque no es una crítica de ningún tipo a sus políticas o a sus ideas.

Lo que han hecho en Sálvame es otra cosa. Es aprovechar un lío de bragueta para poner de manifiesto la hipocresía de unos supuestos adalides de la libertad censurados por el Gobierno. Además, los ha tipificado como gente muy facha y muy indeseable, cosa que suele ir unida. Es fama, pero es fama mala. Tú puede que escucharas a la tontita inofensiva cuyas cagadas graciosas has escuchado en el CQC, pero ¿de verdad harías el más mínimo caso a uno de los famosillos a los que Jorge Javier Vázquez ha destrozado en directo?

Además, hay otra cosa. Lo de criticar a la ultraderecha (aunque sea de manera muy simplista, en forma de lema) y defender como algo positivo el ser “de rojos y maricones” se enmarca en una corriente más amplia. La cosa es que, en esta segunda crisis económica que se nos viene encima cuando aún ni siquiera teníamos claro que hubiéramos salido de la primera, somos todos mucho más rojos que antes. Lo que en 2007 era protesta suavecita y poco articulada que desembocó años después en el 15-M ahora son unas ganas de quemarlo todo que no se puede aguantar.

Y eso permea sitios que uno no esperaba que permeara. ¿Quién se esperaba hace un lustro que la Teen Vogue se pusiera a sacar artículos sobre Karl Marx y el marxismo? Nadie en absoluto. ¿Nos habríamos imaginado la semana pasada el Grândola, vila morena sonando en el plató del Sálvame? Yo creo que no. Claro, si te adscribes a una visión conspiranoide de la historia, todo es un intento de cooptar y de desactivar ideologías. Algo de eso puede haber, no digo que no. Pero aun así… el himno antifascista portugués en uno de los programas más vistos de España, y su presentador atacando de forma expresa a la ultraderecha.

¿Cambiará esto algo? ¿Tendrá alguna relevancia a largo plazo? No lo sé. Pero tenemos que ser conscientes de que hay mucha gente que solo consume el Sálvame y el telediario, y ninguno de estos dos programas tiene mucha calidad informativa. Los fachas están desatados: llaman a Pedro Sánchez y a sus ministros “el Gobierno del bulo”, y yo creo que es porque se han inventado un bulo nuevo sobre el Gobierno cada día desde la investidura. Estos bulos corren libres por WhatsApp y conforman un estado de opinión que nos escora hacia la derecha. Por supuesto, los más vulnerables son quienes peor se informan.

Si un programa tan visto es capaz de meter algunos mensajes comunistas o aunque sea izquierdistas en toda esta sopa mental, no voy a ser yo quien se queje. Así que sí, me parece estupendo que Sálvame sea un programa de rojos y de maricones. Aunque sea de boquilla.






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domingo, 12 de abril de 2020

Un dilema sin resolver


Según han pasado los días de cuarentena (ya vamos para un mes) hemos podido ver pautas de comportamiento de lo más curiosas entre nuestros convecinos. La que más particular me parece, y a la que quiero dedicar unas líneas, es la que tiene que ver con cómo reaccionamos frente a quien se salta el confinamiento.

Confieso que es un tema que no tengo bien resuelto en mi cabeza. Quiero que la gente respete la cuarentena, no solo por cuestiones de salud pública sino por el mero egoísmo de que soy población de riesgo: cuanto más controlado se tenga al virus, más probable será que cuando yo lo coja (porque este virus lo acabaremos pillando todos) haya para mí un respirador o una UCI si lo necesito, o incluso se haya desarrollado una vacuna. Me toca las narices la gente que no hace todo lo que puede por estar en casa, incluso por encima de lo que marcan las normas del estado de alarma.

Entonces, ¿qué hago con estas personas? ¿Qué hago si veo por la ventana a, yo qué sé, alguien haciendo deporte o a unos críos de botellón, por poner dos ejemplos obvios de infractor? Pues se me ocurren tres estrategias de afrontamiento, pero ninguna me satisface. La primera, obviamente, es gritarles desde los balcones. En los primeros días de la cuarentena se hizo muy común cierta clase de vídeos de comunidades de vecinos enteras increpando al transgresor.

Creo que se comprende por qué no me quiero unir a la llamada “gestapillo del balcón”. Me parece muy bajo hacer cosas como estar al quite de cuántas veces sale el vecino a comprar, fijarme en si la vieja del cuarto presta a su perro o escribir carteles pasivoagresivos (o directamente agresivos) contra quienes no se suman al aplauso de las ocho, cosas todas que estamos viendo en redes sociales. Incluso en esos casos evidentes de transgresión que he mencionado, y dejando aparte el aspecto ético del asunto, gritarle a un desconocido es estúpido porque, primero, no sirve para modificar su comportamiento, y segundo, lo que parece evidente puede no serlo.

Si no voy a hacer yo de poli, ¿qué tal si llamo a la policía? Al fin y al cabo están para eso, ¿no? Para comprobar si las supuestas infracciones lo son de verdad. Esta era mi elección los primeros días de confinamiento (aunque no llegué a hacerlo nunca): ya lo siento, pero no considero que sea de “chivato” o de “delator” informar de una vulneración de una norma de salud pública de este calibre. Sin embargo, según han ido pasando los días, he ido descartando esta opción, y ahora creo que no llamaría a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado ni aunque alguien montara un flashmob en mi calle.

A veces uno se queja de la policía, y entonces los de siempre salen con la famosa frase “ya los llamarás cuando tengas un problema”. Esa frase no tiene en cuenta una cosa: que yo he llamado más de una vez a la policía ante un problema. El resultado ha sido en algunas ocasiones que he seguido con el problema y en otras que he pasado a tener dos problemas. Así que ya de base no, no confío en los agentes de nuestras fuerzas de seguridad como medio de resolución de conflictos.

Pero es que además, lo que estamos viendo estos días en redes sociales relativo al comportamiento policial desincentiva aún más. Detenciones violentas, incluso con inmovilizaciones contra el suelo. Mandos aburridos que emiten órdenes relativas a qué cosas se pueden comprar en el supermercado. Agentes que te revisan la bolsa de la compra y que te sancionan si no les gusta su contenido o que te multan si estás comprando demasiado lejos de tu casa para su criterio (1). Si ya de normal muchos de estos se creen Harry el Sucio, como para fiarte de su reacción cuando llevan un mes de dueños absolutos de las calles.

Hagamos un breve excurso, porque es que esto me subleva: el decreto del estado de alarma permite salir a comprar alimentos, no especifica qué tipo, en qué cuantía, dónde ni con cuánta frecuencia. Salir tres veces al día a hacer compras ínfimas es una decisión insolidaria que me parece repugnante, pero no es ilegal. El derecho sancionador tiene que interpretarse desde una perspectiva restrictiva siempre y en todas las circunstancias: si hay que ser más duro que lo sea el legislador, pero el aplicador no puede ir más allá de la letra de la norma. A ver si va a ser posible que salgamos de esta cuarentena con todos nuestros derechos fundamentales intactos, gracias.

Volvemos al tema principal, pero la conclusión está clara. Si yo sé que a mi vecino el que se salta la cuarentena le van a imponer una multa, puede que llame a la policía. Si mi llamada le va a echar encima a dos tipos de reacciones impredecibles que lo mismo no le hacen nada, lo mismo le echan una bronca humillante, lo mismo le multan, lo mismo le detienen o lo mismo le dan una paliza, pues me lo pienso.

Queda entonces la tercera opción, que es la educativa. Hablar con el transgresor de forma pacífica para explicarle que eso no se puede hacer y que nos pone en riesgo a todos. Esto es lo que se aconsejaba hace unas semanas desde los sectores que deploraban la idea de llamar a la policía. El problema es que, bueno, llevamos un mes. Quien no se haya educado es porque no sabe, no quiere o no puede. Desde tipos con las pelotas muy gordas que han decidido que esto no va con ellos hasta personas con problemas mentales que no entienden bien lo que significa la cuarentena, no entiendo de qué forma va a cambiar las cosas que me acerque, amable y solícito, a explicarles el estado de alarma.

Así que mi conclusión es: al final, no hago nada. Si la infracción me afecta directamente a mí (por ejemplo, en la cola del supermercado) sí que reacciono, pero en el resto de casos no. Me siento de alguna manera inerme, porque cualquier reacción es peor que no reaccionar. Es, en definitiva, un dilema no resuelto. No creo ser el único que lo tenga. Y es un problema, porque salir de esta más o menos bien depende de que todos respetemos las normas, pero fiarlo a la responsabilidad individual, sobre todo según pasan las semanas y la gente se harta, no parece un caballo ganador.

Si alguien tiene solución, que lo diga.












(1) Diálogo oído con estas orejas en una carnicería de Vallecas: “¿Sois de Carabanchel? ¿Y qué hacéis comprando aquí? ¿No hay carnicerías en Carabanchel?” “Esta es más económica, y allí ya no hay carne en los supermercados”. “Ya. Que venís a comprar hachís, ¿no?” Los dos interrogados eran magrebíes.




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martes, 7 de abril de 2020

Alquileres y coronavirus


Las medidas contra la parálisis social derivada del estado de alarma van llegando con cuentagotas. Decretos y decretos ley casi diarios, mal redactados y peor estructurados, con medidas tímidas y que acaban por conformar un enorme corpus normativo, hasta el punto de que el BOE ya ha editado un libro digital que compila todas las normas estatales y autonómicas que se han dictado sobre el tema. Entiéndaseme, prefiero mil veces que esto lo esté gestionando la coalición de PSOE y UP que un gobierno del PP, pero aun así me molesta que las medidas sean tan absurdamente tibias.

Veamos entonces qué pasa con el famoso tema de los alquileres, que salió regulado en el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo. En primer lugar (artículo 2), todos los alquileres que terminen entre el 31 de marzo y los dos meses posteriores al estado de alarma se ven prorrogados durante seis meses. Es decir, que si tu alquiler termina en estos días, se entiende prorrogado de forma automática solo con que se lo pidas al casero, salvo que pactéis otras condiciones.

Ahora ¿qué pasa si el problema no es que termina el arrendamiento sino que te has quedado sin dinero y no puedes pagarlo? Pues en primer lugar hay que ver si, en efecto, reúnes los requisitos para que el decreto te considere incapaz de pagarlo (artículo 5), que son tres:
  • Haber caído debido al COVID-19 en una circunstancia que suponga una pérdida sustancial de ingresos (el decreto menciona desempleo, ERTE y reducción de jornada por cuidados) de tal forma que los ingresos totales de la unidad familiar pasen a estar por debajo de unos ciertos baremos.
  • Que el coste de la casa (incluyendo el arrendamiento, pero también todos los gastos repercutidos, consumos, etc.) supere el 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.
  • Que ningún miembro de la unidad familiar tenga una vivienda en España, salvo casos de no disponibilidad.


Si cumples estos tres requisitos, a los que vamos a llamar requisitos subjetivos porque es así como los llama el decreto, puedes acceder ya a todas las bonificaciones de las que vamos a hablar.

La primera medida prevista en la norma (artículo 1) es una suspensión del procedimiento de desahucio durante un máximo seis meses desde el 31 de marzo. Es decir, que si al final de todo no pagas y te desahucian, se suspende el procedimiento y se te deriva a los servicios sociales para buscar una alternativa habitacional (maravilloso eufemismo), como máximo hasta el 1 de septiembre de este año.

Antes de llegar a este punto, sin embargo, está la tan cacareada moratoria. Esta moratoria será automática (artículo 4) en caso de que tu casero sea una entidad pública de vivienda o un gran tenedor, es decir, una persona que sea titular de más de diez inmuebles urbanos o de más de 1.500 m2 construidos. El plazo es de un mes desde el 31 de marzo: en ese tiempo le tienes que solicitar a tu arrendador un aplazamiento en el pago de la renta, salvo obviamente que ya hayas llegado a otro acuerdo con él.

El casero tiene siete días para contestar, escogiendo entre una de estas dos cosas:
  1. Reducir a la mitad el precio del alquiler.
  2. Un aplazamiento (moratoria) en el pago del alquiler.


La medida, sea cual sea, tendrá como mínimo la duración del estado de alarma y como máximo la de cuatro meses, dependiendo de cuánto se prolonguen las condiciones de vulnerabilidad. Si se ha optado por el aplazamiento, las mensualidades aplazadas se pagan de forma fraccionadas durante al menos tres años y sin intereses. El arrendatario puede también acceder a los avales que vamos a analizar en el párrafo siguiente, en cuyo caso se levanta la moratoria.

¿Y si el casero no es una entidad pública de vivienda ni un gran tenedor? Pues tenemos una moratoria voluntaria (artículo 8). Se la puedes pedir al casero en el plazo de un mes desde el 31 de marzo, y este tiene siete días para aceptar o para ofrecer alternativas. Si no acepta ninguna clase de acuerdo, el arrendatario puede acceder a una línea de avales (artículo 9), otorgados por los bancos pero cubiertos por el ICO, que serán devueltos en un plazo de hasta seis años prorrogables por otros cuatro y que no pueden incluir gastos o intereses de ninguna clase.

Hay alguna otra medida más, como un programa de ayudas públicas al alquiler, un programa de ayuda a las personas en situación de desahucio, una norma para aumentar el parque público de viviendas, etc. Pero lo grueso es lo que he contado, y que se puede resumir en que, si estás en situación de vulnerabilidad:
  • Puedes acceder a una moratoria o a una quita, a decisión de tu arrendatario, si este es una empresa pública de vivienda o un gran tenedor.
  • En otro caso, quedas a merced de lo que negocies con él.
  • En ambos casos, hay una línea de ayudas para pagar el alquiler y, si al final tampoco puedes pagarlo, se retrasará el procedimiento de desahucio.


Estamos ante un decreto de equilibrio. Sin duda es lo más que ha aceptado el ala más derechista del PSOE, y se ha pensado también en su ratificación parlamentaria. No se han atrevido a una solución valiente, como sería la de condonar deudas arrendaticias, al menos las de los grandes tenedores, definiendo estos con una manga mucho más estrecha que la que se ha usado aquí. Si no se quiere desproteger a nadie, considerar pequeño tenedor al que tenga solo (je) tres pisos o menos en alquiler y carezca de un trabajo productivo podría haber sido un baremo mucho mejor, ya que nos vamos a poner a macar la diferencia.

Sin embargo, el principal problema que le veo no es la timidez, que es algo que a las normas del PSOE se les presupone. Es otra cosa. Es toda esa carga burocrática que lleva. La cantidad de papeles que tienes que aportar para demostrar que eres pobre es absurda, sobre todo en un momento en el que la consigna es no salir de casa, está todo medio cerrado o con horarios restringidos, estamos todos con una ansiedad brutal y, en el caso de las familias a las que va destinada la norma, se acaba de sufrir un despido o un ERTE. ¡Como para ponerse a buscar el libro de familia o a descubrir cómo se saca un certificado de empadronamiento!

La burocracia es una barrera. Poner mil trámites para garantizar que no accede a dinero público nadie que no sea de verdad pobre de solemnidad es, aparte de estigmatizante, desincentivador. Que puede que sea lo que se busque, ojo; al final, cuanta menos gente acceda a los avales, menos dinero se gasta, ¿no? Pero no creo que en realidad la motivación sea esa, sino más bien una cierta orientación hacia las ayudas sociales, donde es más importante que nadie se “aproveche” que el que lleguen a todo el que pueda necesitarlo.

En fin, es una mejora respecto a lo que había antes, que era nada. Si lo necesitas, si no vas a poder pagar el alquiler porque estás en ERTE o has perdido el empleo por culpa del coronavirus, inicia el trámite. Conserva al menos tu casa y luego ya se verá.




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sábado, 4 de abril de 2020

Rebus sic stantibus


Cuando uno entra en la carrera de derecho, pronto aprende a diferenciar entre el derecho normal, del día a día, que se aplica con frecuencia, y el que está ahí para un por si acaso pero que se espera no tener que utilizar jamás. Yo el artículo 155 de la Constitución me lo estudié como curiosidad, el estado de alarma se mencionó al estudiar los derechos fundamentales, la posibilidad de que un rey abdicara sabía que existía y los delitos de rebelión y sedición los sacó mi profesor de la materia de examen el primer día de la asignatura junto con muchos otros. La prueba de que vivimos tiempos interesantes es que, bueno, en los últimos años todos nos hemos convertido en expertos en esas figuras.

Y luego está la cláusula rebus sic stantibus, que yo estudié como algo casi inaplicable. Si aún no has oído hablar de ella pronto lo oirás, y si no sabes lo que es aquí tienes este artículo para aclararte.

Rebus sic stantibus significa “mientras las cosas permanezcan igual”, y es una excepción al principio básico de que los contratos deben cumplirse. Entendemos por contrato cualquier acuerdo entre dos personas con contenido básicamente patrimonial: de trabajo, de arrendamiento, para constituir una empresa, de compraventa, etc. Si este contrato incluye un tracto sucesivo en el tiempo (que es lo que pasa con la mayoría de los contratos, salvo cosas muy simples del tipo “te doy el precio, dame la cosa, hemos terminado”), puede pasar que en un momento dado las circunstancias cambien de forma tan dramática e inesperada que hagan desaconsejable la continuación del contrato en las condiciones pactadas.

Así pues, el principio básico vendría expresado por la expresión latina pacta sunt servanda (los contratos deben cumplirse). Y sí, los contratos deben cumplirse rebus sic stantibus, mientras las cosas permanezcan igual, o, en palabras más adecuadas, mientras las circunstancias no hayan cambiado de tal forma que cumplir hunda a una de las partes. Esta idea proviene de los tribunales (no está en la ley) y no es necesario escribirla en el contrato; podrá aplicarse siempre que sea procedente.

Ojo, no hablamos aquí de fuerza mayor. Ya nos referimos a la fuerza mayor en un artículo previo. Ambas se parecen, porque tienen que ver con causas exteriores, en principio imprevisibles o, que de ser previsibles habrían sido imparables, que recaen sobre la obligación. Lo que en las películas estadounidenses de tribunales llaman “un acto de Dios”, vaya.

En la fuerza mayor, esta causa exterior determina que el contrato no pueda cumplirse. Punto. Casos como el del transportista que se queda atrapado por una riada o el del empresario al que se le incendia por un rayo la nave donde tiene la producción. Debido a estas causas, no se va a poder cumplir, o al menos no se va a poder cumplir a tiempo. Como la fuerza mayor es algo relativamente corriente dentro de lo excepcional, se puede pactar en los contratos qué se hace con ella, y si no la regla general es que nadie responde de lo que no pudo prever: no tendré que indemnizar a la otra parte si, pese a haber tomado todas las medidas de precaución adecuadas, mi nave fue incendiada por un rayo.

La cláusula rebus sic stantibus es algo más sutil. En este caso la circunstancia externa haría que técnicamente aún fuera posible cumplir el contrato, pero que haya dejado de ser tan beneficioso para una de las partes, bien porque ahora le supone muchísimo más gasto o bien porque se ha roto el equilibrio contractual (se supone que los contratos, al menos los que están bien hechos y no son abusivos, están pensados para que ambas partes cedan cosas equivalentes). Con esta cláusula en la mano uno no es ya que no tenga que indemnizar a la otra parte, sino que puede incluso desligarse del contrato o pedir una modificación.

¿Ejemplos para que se vea más claro? Supongamos que yo tengo que entregarte cien kilos de madera a cambio de que tú me entregues cien kilos de papel (por ejemplo). Hay una plaga que afecta a la madera, que sube muchísimo de precio, mientras que el papel se abarata. De repente, cien kilos de madera ya no son ni de coña equivalentes a cien kilos de papel. Las circunstancias han cambiado. Otro caso: tengo unos campos donde se producen tomates y una planta que los envasa, pero de repente sale una nueva regulación que me obliga a triplicar sueldos. Vender las latas de tomates al precio que he pactado me arruina.

Llevada al extremo, esta cláusula permite anular o modificar cualquier clase de contrato por cualquier modificación de circunstancias externas. Por ello, los tribunales no permiten que la cláusula rebus sic stantibus se aplique más que ante cambios de circunstancias graves e impactantes. Para que nos hagamos una idea, cuando más se aplicó fue después de la Guerra Civil: ese es el nivel de “cambio en las circunstancias” que admite nuestro Tribunal Supremo. Usa expresiones como «alteración extraordinaria», «desproporción exorbitante» y «circunstancias radicalmente imprevisibles».

 La pregunta es obligada. ¿Es la pandemia de COVID-19 una circunstancia radicalmente imprevisible con capacidad para causar alteraciones extraordinarias y desproporciones exorbitantes en los contratos? A mi entender, sí. Habrá que ver caso por caso, claro, pero a mi entender estamos en el momento justo para aplicar esta cláusula. Las cosas han dejado de mantenerse igual, y no solo para las empresas, que son los ejemplos que he estado poniendo hasta ahora.

Imaginemos una familia precaria cuyos miembros adultos se han ido todos al paro y, ERTE o no ERTE (porque sabemos que hay empresas que están despidiendo), ya no les da para todo. Un autónomo que ha tenido que cerrar la tienda durante un mes. Una organización no gubernamental o asociación de cualquier tipo que a lo mejor incluso está desbordada pero ya no puede montar stands y recaudar fondos. Todos ellos siguen teniendo que pagar el alquiler, la luz, la hipoteca y el resto de necesidades básicas, si quieren llegar vivos a mayo.

Lo ideal sería que el Gobierno ofreciera soluciones legislativas, incluyendo condonaciones masivas de deudas arrendaticias, pero parece que no lo va a hacer más que de manera muy tibia, con líneas de ayudas y consideraciones de que un pequeño tenedor de pisos es el que tiene menos de diez. Como las empresas ya están empezando a invocar esta cláusula para desligarse de sus propias obligaciones o para amenazar a la gente, no viene mal ir controlando este vocabulario. Por si acaso.


  


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