El Gobierno de Pedro Sánchez ha
encontrado un filón en lo simbólico. Agotado ya el tema de Franco, es necesario
buscar un nuevo asunto, con un perfil muy concreto: que sea algo barato,
puramente simbólico, con la aspiración de mejorar la calidad de la democracia
y, sobre todo, ajeno al PP. La cuestión de los aforamientos ha sido perfecta,
porque es algo en lo que mucha gente está de acuerdo y que por tanto obliga a
retratarse al PP.
La jugada política es magnífica. Una
reforma constitucional no va a salir sin el apoyo del Partido Popular (1), así
que aquí no van a poder ponerse de perfil mediante la abstención, que es lo que
han hecho con el tema de Franco: cualquier cosa que no sea votar “Sí” será
torpedear la medida. Medida, por cierto, que es bastante popular, pues llevamos
ya unos cuantos años de runrún antiaforamientos. Pero es que el PP está
dirigido por Pablo Casado, un hombre que se está jugando una condena penal por
el tema del máster y que precisamente acaba de beneficiarse de la prerrogativa de
aforamiento.
Así las cosas, la propuesta de Sánchez es
un trágala en toda regla. Si el PP no la apoya, diga lo que diga para justificarlo,
le van a acusar de preferir la defensa de su líder al bien del país. Si la
apoya, la victoria es de Sánchez aunque el PP también llevara el tema de los
aforamientos en su programa electoral. Sí, un negocio redondo para el
presidente del Gobierno, que marca el paso de la agenda política y se distancia
de su principal competidor.
Pero ¿qué son los aforamientos? Lo
expliqué más en detalle en esta entrada, pero lo resumo ahora. En el
parlamentarismo liberal, los diputados y senadores tienen diversas
prerrogativas o privilegios. Es correcto referirse a ellas por estos nombres,
porque están concebidas como tales: dada la especial posición de los parlamentarios
en el sistema político (son representantes de la soberanía popular), tiene
sentido que estén más protegidos que el resto de ciudadanos de la acción de la
justicia. Con estos privilegios se busca fomentar su independencia y evitar que
cualquiera con dinero (o incluso el propio Gobierno) entierre a denuncias a los
políticos del otro bando.
Las tres prerrogativas que
reconoce nuestra Constitución son:
- Inviolabilidad: los parlamentarios no pueden ser enjuiciados por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.
- Inmunidad: los parlamentarios no pueden ser detenidos salvo en caso de delito flagrante y no pueden ser procesados sin autorización de su Cámara.
- Aforamiento: los parlamentarios son juzgados por el Tribunal Supremo.
Eso, y solo eso, es lo que significa el
aforamiento: que el fuero que correspondería a los delitos cometidos por diputados
y senadores deja de corresponder al juez natural (el del lugar del delito) y
pasa a pertenecer al Tribunal Supremo. Nada más. El resto de prerrogativas
parlamentarias son manifestaciones de la inviolabilidad o de la inmunidad, y
Sánchez no ha propuesto tocarlas.
Hay quien ha cuestionado que el
aforamiento sea un verdadero privilegio, porque priva al imputado de la doble
instancia penal. Al fin y al cabo, contra las decisiones del Tribunal Supremo no
hay recurso ordinario. Aun así, yo sí creo que lo es, ya que sirve para proteger
a los parlamentarios de acusaciones espurias: no es solo que la Sala de lo
Penal del Tribunal Supremo sea más pejiguera que muchos jueces de Instrucción para
admitir a trámite una querella (2), sino que a la hora de denunciar da más
pereza hacer el ridículo ante el Supremo que ante un Juzgado cualquiera.
Así pues, es un privilegio. En principio,
y como acabamos de ver, está previsto para miembros de las Cortes Generales,
aunque la Constitución lo extiende también al presidente del Gobierno y los ministros. En otras palabras, según la Carta Magna solo están aforados los
diputados, los senadores y los miembros del Gobierno, es decir, los componentes
más importantes del poder político.
Sin embargo, y por virtud de diversas
leyes, poco a poco se ha ido extendiendo esta prerrogativa. Así, los Estatutos
de Autonomía se la conceden a los diputados autonómicos, aunque lo refieren al
TSJ autonómico y no al Tribunal Supremo. La LOPJ se la atribuye a toda clase de
cargos públicos y análogos, desde los miembros del Tribunal Constitucional o el
defensor del pueblo hasta los componentes de la Familia Real. También están
aforados los jueces y fiscales, lo cual eleva la cifra de beneficiados por esta
prerrogativa hasta las cinco cifras (17.600, calcula ElDiario.es), o
hasta las seis si contamos con los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado.
Lo curioso es que si Pedro Sánchez
tuviera de verdad ganas de reducir el número de aforamientos podría empezar por
podar este gigantesco árbol establecido en las leyes. ¿Qué sentido tiene que
los policías y los guardias civiles sean juzgados siempre por la Audiencia
Provincial, o que hasta el último cargo político tenga un aforamiento? En caso
de jueces y fiscales se entiende mejor, porque el aforamiento evita que una
persona sea juzgada por su compañero de trabajo o, peor aún, por un tribunal
inferior; aun así, en otros países no tienen esta institución y existen otras
formas de garantizar la independencia judicial.
Pero Pedro Sánchez no ha hablado de
modificar leyes orgánicas u ordinarias, sino de reformar la Constitución, es
decir, los aforamientos de parlamentarios y de ministros. Es evidente que le
mueven más las consideraciones estratégicas de las que hablamos al principio
que una verdadera voluntad regeneradora. Y esto me supone un problema por una
razón: el aforamiento es cuestionable, sí, pero si se va a mantener es más
lógico dejarlo para las personas que están en el núcleo del sistema que para
las que están en el exterior. Si alguien va a estar privilegiado, prefiero que
sean los diputados y senadores a que lo sea la infanta Sofía o el cabo de la
Guardia Civil de Torrecilla del Molino.
Al final, parece que lo que habrá será
una solución intermedia: se mantendrá el aforamiento, pero solo para delitos
cometidos en el ejercicio del cargo. Es decir, un diputado que use su
influencia para robar dinero público será juzgado por el Tribunal Supremo; otro
que conduzca un coche bajo la influencia del alcohol, no. El PP, después de un
primer momento conspiranoico donde ha dicho que la propuesta responde a un
oscuro pacto con los separatistas, ha afirmado que podría aceptarla si se
incluyen los aforamientos autonómicos. Así que habrá que estar a la expectativa
de lo que suceda en los próximos días.
Si se aprueba, por cierto, es muy
complicado que afecte al tema del máster de Casado. Para empezar, porque si el Tribunal
Supremo le imputa antes de que entre en vigor la reforma constitucional, ésta
tendría que aplicarse de forma retroactiva, y eso requiere que se prevea en la
propia norma. Y para seguir, porque la tesis de la jueza que ha remitido el
caso al Tribunal Supremo es que a Casado le regalaron un máster en atención a
su posición política. Es cierto que entonces no era diputado estatal sino
autonómico, pero se sigue tratando de un delito relacionado con su cargo
público.
Veremos qué pasa. Mi previsión es que al
final el PP traga (se acepte o no lo de los aforamientos autonómicos) y la
reforma sale adelante. Al no tratarse de algo que afecte al modelo de Estado, a
la Corona o a los derechos fundamentales, puede hacerse por la vía rápida. Sin embargo,
veo probable que Podemos aproveche que tiene más del 10% de diputados para
forzar que la medida se apruebe por referéndum. En ese caso se incumpliría el
plazo de 60 días previsto por Sánchez, claro. Yo lo vería como algo positivo:
será refrescante votar algo que tiene que ver con nuestra Constitución por
primera vez en cuarenta años.
(1) Para reformar la Constitución se
necesita o bien el voto de 3/5 de cada Cámara, o bien un acuerdo entre ambas
mediante una comisión mixta, o bien el voto de 2/3 del Congreso y de la mayoría
absoluta del Senado. Dado que el PP tiene la mayoría absoluta del Senado, se
necesita su participación para cualquiera de estos tres procedimientos.
(2) Muchos jueces de Instrucción tienen
un sistema basado en admitir todo lo que les llega, llamar a declarar a todos
los implicados y luego archivar lo que no se sostenga. Este sistema se aplica
incluso ante acusaciones de hechos obviamente no delictivos. Véase el caso
Willy Toledo.
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"Hay quien ha cuestionado que el aforamiento sea un verdadero privilegio"
ResponderEliminar(...)
"yo sí creo que lo es"
(...)
"Así pues, es un privilegio"
Bravo!
¿Eh?
EliminarHola, quik. Vimes aquí no está "sentando cátedra" sino argumentando por qué en su opinión el aforamiento sí es un privilegio. Todas las opiniones son eso, opiniones personales, pero pueden estar más o menos fundadas en base a hechos, y lo que ha hecho Vimes es eso: explicar qué hechos le llevan a opinar así.
EliminarComo siempre gran post. Explicado sencillo y completo, también desde el prisma político. Solo añadir (y ver si estás de acuerdo) que el aforamiento de diputados al TS también es un privilegio por la cercanía entre ambas cúpulas, obviamente de manera indirecta. Quiero decir, sobre el papel nadie te va a reconocer que los magistrados del TS no son imparciales, que la Justicia es igual para todos etc. etc. Pero en la práctica todos sabemos que existen favores y lealtades políticas en las altas esferas judiciales que no existen en los Juzgados "normales".
ResponderEliminarEso ni cotiza, claro. Evidentemente nadie lo va a decir en alto, pero en la práctica...
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