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domingo, 16 de junio de 2013

Aborto y círculo de la moralidad

Al hablar de aborto, hay un tema que repiten mucho los profetos (1). Se dedican a decir que el feto es un “ser humano” o es una “persona”. Cuando tratas de argumentar en contrario se encierran en que es una cuestión científica. El problema es que eso no es así. La ciencia puede hablar de individuos de una especie, no de personas ni de seres humanos: esos términos, tan cargados de significados, no son científicos sino políticos. De hecho, el Código Civil define quién es una persona a efectos jurídicos.

La discusión sobre si el feto es o no un ser humano es, en buena medida, estéril. Pone el foco del problema donde no lo está, porque la pregunta no es si estamos hablando de una persona sino de si tiene derechos o no. Y “tener derechos” no es sinónimo de “ser una persona”: las mujeres y los negros son personas desde cualquier punto de vista y llevan siglos luchando por tener derechos en igualdad de condiciones con los hombres blancos. En el otro extremo, los animales no son personas y sin embargo existen grupos que pretenden dotarles, si no de derechos, sí de una posición jurídica que deban respetar los humanos.

 Por tanto, ¿tiene el feto derechos? O, en otras palabras, ¿está incluido el feto en el círculo de la moralidad? Teóricamente se pueden identificar dos posiciones extremas:

       1.- El concebido siempre tiene derechos. Desde el momento en que el espermatozoide se introduce en el óvulo para formar un cigoto, ese ser ya merece una protección jurídica. Esta es la posición de los profetos, en la que se pueden diferenciar dos corrientes: profetos radicales (contrarios al aborto en todos los casos) y profetos moderados (contrarios al aborto salvo ciertos supuestos definidos por la ley).

       2.- El concebido nunca tiene derechos. Hasta el momento en el que le asoman las orejas es parte del cuerpo de la madre, que puede hacer con él lo que quiera. No he visto nunca a nadie defender esta postura en el mundo real, pero teóricamente puede identificarse como extremo contrario a la anterior.

La segunda postura se desacredita sola: es obvio que un ser que puede devenir persona en cualquier momento, y al que de hecho se puede hacer nacer sin mayores complicaciones, debe tener cierta posición jurídica. Sin embargo, ¿qué pasa con la primera posición? Para desacreditarla debemos ir a la pregunta central en este tema: ¿cuál es el fundamento de la ética? ¿Por qué consideramos que le debemos algo a algunos seres, que no podemos tratarlos como queramos?

Se han escrito muchas páginas sobre esto y no tengo espacio, tiempo ni formación para resolver la controversia. Creo que la base de la ética es la empatía, es decir, la capacidad de ponernos en el lugar del otro y sentir su dolor físico y su sufrimiento moral como algo injusto. Por esto tenemos los derechos humanos, principios éticos y jurídicos que si fueran respetados nos garantizarían a todos una existencia digna. Por eso hay grupos animalistas y por eso ha habido luchas de emancipación que trataban de incorporar grupos no privilegiados a un círculo de la moralidad definido inicialmente en términos de varón blanco heterosexual.

Este razonamiento puede aplicarse a la discusión del aborto. Los profetos dirán que entonces tienen razón ellos, porque tienen mucha empatía hacia la pobre mórula destrozada. Pero no cuela. Un requisito básico para que algo pueda generarnos empatía es que el otro sujeto tenga una capacidad de sufrir con la que nos podamos identificar, y el feto no siempre la tiene. La estructura biológica necesaria para ello no empieza a formarse hasta la semana 22, y se estima que puede empezar a sentir dolor en algún momento entre las semanas 23 y 27.

Vemos que este criterio sirve para resolver el problema. En la semana 22 (por ser conservadores) podemos colocar el límite. Hasta entonces el feto está vivo en el mismo sentido que una planta está viva. Desde la semana 22, por el contrario, siente dolor y ello lo coloca en una posición jurídica diferente: ya no es una simple parte de la gestante, aunque aún dependa de ella para todo, porque siente dolor independientemente de ésta.

Por supuesto esto no significa que su interés deba prevalecer siempre respecto del de la gestante. Si presenta anomalías incompatibles con la vida, por ejemplo, se puede hacer una ponderación entre el sufrimiento del feto al ser abortado y el de la madre al verse obligada a terminar la gestación y parir un ser que va a vivir horas, con el añadido de que si ha llegado a la semana 22 sin abortar es porque probablemente quería ese embarazo. En este caso parece que debe primar la protección a la gestante: su sufrimiento si se le obliga a concluir el embarazo será mayor y mucho más dilatado en el tiempo que el del feto, por mucho que éste vaya a morir.

En definitiva, no se trata de discutir sobre si el feto es o no una persona, sino sobre si tiene una posición jurídica que merezca ser respetada. Y la respuesta es que al menos en los dos primeros tercios de su desarrollo, no debe tenerla.




(1) Al hablar de aborto me he topado con que quienes pretenden negar el derecho de la mujer a decidir han definido los términos del debate, llamándose a sí mismo “próvida” y “antiabortistas”, para así poder llamarnos a nosotros “antivida” y “proabortistas”. Dado que no creo que nadie de nuestro bando esté en contra de la vida ni a favor del aborto per se (sino de la elección), prefiero impugnar ese lenguaje y usar términos como “profetos”, “antielección” o “antimujeres” para designar a los que se oponen al aborto libre.



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