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viernes, 18 de agosto de 2017

Un pueblo de mujeres

El otro día se hizo viral un tuit en el que la escritora Iria G. Patente proponía comprar un pueblo abandonado y convertirlo en un espacio no mixto. Pese al obvio tono de broma que tenía el mensaje original y su desarrollo, pronto llegaron las respuestas de costumbre. Que qué pasa si nacen hijos varones, que si sois horribles por segregar, que si puedo entrar yo que soy muy bueno, etc. Por suerte, aparte de eso sí se han debatido temas muy interesantes, como por ejemplo: ¿es posible comprar un pueblo entero y prohibir la entrada en el mismo a un grupo de personas concreto?

A priori la pregunta parece fácil. Hay una inmobiliaria especializada, y salen incluso artículos periodísticos sobre esta moda para ricos. Pero toda la información que encuentro se centra siempre en las preguntas “¿quién compra?” y “¿para qué?” A mí me interesa sobre todo saber quién vende y, sobre todo, qué se vende. Ambas preguntas están íntimamente relacionadas, pero el problema es que los artículos periodísticos no las responden. Hablan de “compraventa de pueblos” como un término paraguas que puede incluir muchas cosas.

Supongamos que queremos montar una especie de Themyscira rural. Lo primero sería constituir una asociación o una cooperativa de viviendas exclusivamente femenina, algo que es perfectamente lícito al menos en el caso de las asociaciones. Esa cooperativa sería quien comprara el pueblo a su nombre. Impedir que los hombres se alojen en las casas es sencillo: simplemente habría que establecer que solo las cooperativistas pueden vivir en ellas. Evitar que los varones usen los hipotéticos comercios que pueda tener el pueblo (como el bar o la tienda), también es fácil: se establecen no como negocios sino como servicios para las socias de la cooperativa y punto. Todo lo anterior es posible comprando solo las casas.

Pero imagino que, para redondear el experimento, se querría evitar también que los hombres entraran en la localidad. Y eso ya es un problema, porque las calles son bienes de dominio público destinados al uso público, es decir, por los que cualquiera puede transitar sin que nadie pueda prohibírselo. Por mucho que yo posea todas las casas de un pueblo, no soy dueño de las calles, caminos, parques o plazas, que siguen siendo espacio público. Y ojo, que el término “pueblo abandonado” es confuso: normalmente se trata de localidades en las que no vive nadie pero que están sometidas a un Ayuntamiento mayor en el que sí hay vecinos y autoridad municipal. No por comprar “el pueblo” me convierto en su alcalde.

Es aquí donde cobra sentido la pregunta acerca de quién vende y de qué se vende en estas transacciones. Porque si la inmobiliaria se ha limitado a concertarse con los propietarios de las casas para hacer una venta común, no hay mucho que hacer: la cooperativa de mujeres compraría las casas y ya. Pero si el que vende es el Ayuntamiento (como parece que sucede a veces), se podría negociar con él la desafección y venta de las calles y plazas (1). Sería necesario un expediente motivado, probablemente en el marco de un plan urbanístico, pero podría hacerse. ¿Locura? No demasiado. Anda que no hay en España urbanizaciones privadas, a las que solo pueden pasar los residentes y sus invitados. Las calles de esas urbanizaciones no son bienes públicos, sino una copropiedad de los dueños de las casas. Funcionan, salvando las distancias, exactamente igual que las escaleras y el ascensor de una comunidad de vecinos.

Queda aún un problema, y son las servidumbres de paso. Una servidumbre es un derecho que ostenta una persona para usar una finca ajena con una finalidad concreta. Por ejemplo, si yo estoy haciendo obras en mi casa y para ello necesito apoyar un andamio en un terreno contiguo, la ley me concede una servidumbre: el dueño de ese terreno colindante no puede negarse a que yo ponga ahí mi andamio durante el tiempo necesario. Pues bien, en el mundo rural es muy común que haya servidumbres de paso a favor de ganaderos trashumantes. Y esas servidumbres (establecidas en muchos casos por uso inmemorial) sí que son intocables en la práctica.

Ojo, que no estamos hablando de folklore: las servidumbres vienen reguladas en el Código Civil y son verdadero derecho, que hay que respetar. El pastor tiene derecho a pasar por ahí con sus rebaños. Más aún, son derechos reales, es decir, sobre la propiedad: si tú compras un terreno en el que hay una servidumbre de paso, lo compras con esa carga y no puedes hacer gran cosa para evitarlo. Oh, sí, las servidumbres se pueden expropiar, como todo derecho real, pero convence tú al Ayuntamiento de hacer algo así. No es lo mismo ceder la propiedad de cuatro calles perdidas que no aprovechan a nadie que meterse en un conflicto con las asociaciones de ganaderos.

Salvado lo anterior, no existe ningún problema para comprar una aldea. Solo hay que juntar un montón importante de pasta y convencer al Ayuntamiento de que desafecte y venda las calles. Yo creo que si se monta un crowdfunding se puede.






(1) En realidad este proceso también podría hacerse si los vendedores son particulares, pero ya sería más farragoso, pues se trataría de negociar con dos entidades (dueños de los pisos y Ayuntamiento) en vez de con una sola (Ayuntamiento).


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3 comentarios:

  1. Obvious troll is obvious.

    Y poco original. La virgen, qué cansinos, cada vez que se habla de espacios no mixtos lo mismo.

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  2. Pues es una idea realmente interesante así el resto sabremos a donde mandar a los gilipollas de veraneo para descansar.

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