Supimos el otro día que en Alicante una
jueza había ordenado reponer las placas con nombres franquistas que el
Ayuntamiento estaba retirando. “¡Fascismo, franquismo, dictadura!”, empezaron
inmediatamente a vociferar algunos. A mí, la verdad, todo el asunto me pareció
raro. No creo que un juez tenga ninguna potestad para decirle a un Ayuntamiento
cómo tienen que llamarse sus calles. Es una decisión discrecional del poder político,
siempre que se cumplan los requisitos de forma. Que es exactamente lo que parece
que no ha pasado aquí.
En todo Ayuntamiento hay dos grandes
órganos colegiados. Por un lado está el Pleno, compuesto por todos los
concejales elegidos por la ciudadanía. Y por otro lado está la Junta de Gobierno,
formada (grosso modo) por el alcalde, los tenientes de alcalde y aquellos concejales que
tienen responsabilidad en áreas concretas. En el caso de Alicante, el Pleno
tiene representación de PSOE, PP y C’s, así como de Guanyar Alacant (la marca
municipalista de Podemos en Alicante) y de Compromís. En el gobierno, sin
embargo, solo están PSOE, Guanyar y Compromís.
Es aquí donde está el quid del asunto: parece ser que la
retirada de calles franquistas la decidió la Junta unilateralmente, sin pasar
por el Pleno. Esto ha provocado que el PP, preocupado por supuesto por la
legalidad (y en absoluto motivado por su ideología de derechas) recurriera la
decisión. Sinceramente, creo que tiene posibilidades de ganar el pleito. El problema
es una simple cuestión competencial: ¿quién pone nombre a las calles, el Pleno
o la Junta? Y aunque no he encontrado ninguna mención expresa que atribuya la
competencia al uno o a la otra, es una cuestión lo bastante importante como
para corresponder al Pleno. Así es en muchos otros municipios, al menos (1).
Ahora bien, si el pleito aún no ha
terminado, ¿cómo es que la jueza ya ha ordenado reponer las placas franquistas?
Se trata de una medida cautelar. Las medidas cautelares son decisiones
provisionales que toman los jueces durante los procedimientos para asegurarse la
efectividad de la sentencia futura. Por ejemplo, en otros órdenes jurisdiccionales una medida cautelar podría ser embargarle la cuenta al demandado para
asegurarse de que, si la sentencia le condena a pagar una cierta cantidad, se
pueda garantizar que ese abono efectivamente se produce. Es decir, que no
estamos ni mucho menos ante una decisión definitiva: cuando salga la sentencia
firme, hablamos.
Eso no quita para que yo considere que a
la jueza se le ha ido un poco la mano con la medida cautelar. Las medidas
cautelares deberían tomarse solo en casos muy concretos, donde sea imprescindible
evitar que la Administración ejecute el acto impugnado. No lo digo yo, lo dice la
Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que en su artículo 130
establece que “la medida cautelar podrá acordarse únicamente cuando la
ejecución del acto (…) pudiera[n] hacer perder su finalidad legítima al recurso”.
Pongo un ejemplo: supongamos una
actuación urbanística en la que el Ayuntamiento ha decidido que hay que demoler
un inmueble. Los propietarios recurren la decisión. Ahí tiene
mucho sentido dictar una medida cautelar que paralice esa demolición. Si no se
hace así y el Ayuntamiento acaba echando abajo la casa, dará luego igual que el
juez les dé la razón a los dueños: el edificio ya es un solar. Es decir,
estamos en un caso donde ejecutar el acto (demoler la casa) puede hacer que el
recurso que interponen los particulares pierda su finalidad, y por eso es
lógico dictar una medida cautelar.
Lo que ha pasado en Alicante no es
comparable. Es cierto que, si la sentencia acaba siendo favorable al PP, será
un trastorno para los vecinos, que habrán visto que primero vivían en la calle
del Facha MacFáchez, luego durante un par de años en una calle con nombre
normal y luego de nuevo en la del Facha MacFáchez. Ése es precisamente el
argumento que ha usado la jueza. Y sí, es cierto que los vecinos tendrán que
cambiar otra vez su dirección en una buena cantidad de servicios, que habrá que
reponer todas las placas, que el Ayuntamiento tendrá que avisar a todas las instituciones
y que será una jodienda para todo el mundo… pero podrá hacerse.
Sin duda, no parece que seguir adelante
con el cambio de nombres haga que el recurso pierda su finalidad, puesto que
podrá revertirse en cualquier momento. ¿Que dicha reversión, si se produce,
será molesta? Pues sí, pero la ley no habla de molestias: habla de que la
ejecución del acto impida la posterior ejecución de una sentencia estimatoria
del recurso. Y en este caso no lo impide. De hecho, la medida cautelar está
recurrida al TSJ y no me extrañaría nada que la levantara.
Saliendo ya del análisis de la medida
cautelar, el hecho de que los tribunales le dieran la razón al PP tampoco sería
una tragedia. Repito: lo que aquí se debate es sobre todo una cuestión
competencial (2). Si al final resulta que tiene razón el PP, el alcalde no
tiene más que hacer aprobar el asunto en el Pleno. Es cierto que no tiene
mayoría absoluta, pero no creo que le cueste sacar el asunto adelante (3). En definitiva:
que a la larga se va a acabar cumpliendo en Alicante la Ley de Memoria
Histórica. No hay que preocuparse.
De este asunto saco tres lecciones,
aunque en realidad son bien sabidas. La primera es que a la gente le encanta
ponerse a vociferar solo con un titular: como hemos visto, esto no es ni mucho
menos una especie de triunfo del franquismo a través de la judicatura, puesto
que entre otras cosas de momento no se ha dictado nada definitivo. La segunda
es que el PP es un partido de extrema derecha que no puede ocultar sus
simpatías por el régimen de Franco: los actos tienen significado, y nadie se
cree lo de que están muy ofendidos porque esto no haya pasado por el Pleno. Han
perdido una ocasión perfecta para envainársela.
Y la tercera es que los así llamados “Ayuntamientos
del cambio” pueden llegar a ser torpes como ellos solos. ¿Qué les costaba pasar
el asunto por el Pleno y ahorrarle a los alicantinos este absurdo? porque
venga, ahora supongamos que el TSJ levanta la medida cautelar: otra vez a poner
los nombres democráticos. Pero al final los jueces le dan la razón al PP: a
cambiarlos. Pero luego lo pasan por el Pleno: a reponerlos. No, hombre, no. Las
cosas no se hacen así. Menuda manera de alargar años lo que se podría haber
resuelto en meses.
En fin. Lo cierto es que tiene narices
que haya habido que esperar tanto tiempo para sacar de nuestras calles los
nombres de los asesinos de la dictadura. Porque, en contra de lo que dicen los
que pretenden blanquear el fascismo, los nombres de las calles no son recuerdos
neutros de hechos históricos, sino homenajes a personas que lo merecen. Y no:
en una democracia, los rebeldes fascistas que tomaron el poder por la fuerza y
lo ejercieron durante cuarenta años no merecen calles dedicadas.
(1) El tema aquí es que muchas veces
estas competencias tan micro vienen detalladas en normas municipales, que no
son nada fáciles de encontrar ni de concordar. El hecho de que yo haya sido
incapaz de encontrar una regla competencial clara no significa que no exista. Pero,
insisto, lo más probable es que corresponda al Pleno, que al fin y al cabo es
el órgano más importante del Ayuntamiento.
(2) Parece que el PP también ha alegado
cosas como “la calle Calvo Sotelo no debería cambiarse en aplicación de la Ley
de Memoria Histórica”, lo que tiene poco recorrido: memoria histórica o no, el
Ayuntamiento puede retirarle a Calvo Sotelo su calle si es lo que desea.
(3) Después de las elecciones, la
izquierda (PSOE-Guanyar-Compromís) tenía en el Ayuntamiento 15 concejales,
mientras que la derecha (PP-C’s) contaba con 14. La marcha al grupo mixto de
una concejal de Guanyar y de otro de C’s ha dejado los siguientes números:
izquierdas 14, derechas 13, independientes 2. La coalición de gobierno ya no
tiene mayoría absoluta, por tanto. Sin embargo, no creo que la exconcejal de
Guanyar vote en contra de quitar nombres franquistas del callejero, y es por
eso que digo que no creo que al alcalde le cueste sacar el asunto adelante.
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Lo que resulta fascinante es que yo haya oido toda mi vida desde la infancia el nombre de Calvo Sotelo, habiendo nacido después de que la momia de voz de pito la palmara.
ResponderEliminarHay mucha memoria fascista ridícula que lleva dando vueltas 80 años, coño, que se dice pronto, cuando toda esta mierda había que haberla eliminado hace mucho, no sólo por salud democrática, sino por salud mental
Bueno, es un apellido famoso xD Recordemos que hubo un Calvo Sotelo presidente del Gobierno entre 1981 y 1982, y que ese Calvo Sotelo tiene una sobrina que fue ministra con Zapatero (Mercedes Cabrera) y dos hijos que fueron secretarios de Estado con Aznar.
EliminarMuy interesantes los contenidos, pero las notas al pie son un coñazo para leer en un ordenador. ¿Sería posible que al menos les pusieras enlaces? Algo así: http://www.laurenwayne.com/2011/08/how-to-create-footnotes-in-blogger.html
ResponderEliminarGracias, un saludo.
Lo miraré, gracias.
EliminarEstoy de acuerdo en casi todo. Pero el otro día lo comentaba por Twitter: es una medida cautelar absurda y que va a suponer más trastorno que no adoptarla (ya estaban cambiados los nombres) por no hablar de la total ausencia de fumus boni iuris y periculum in mora. Por tanto creo que la respuesta está en la ideología que subyace detrás de lo jurídico y, siendo así, sí podemos decir que es una victoria más del post-franquismo eterno que vivimos.
ResponderEliminarBueno, yo sí veo fumus boni iuris, pero sin duda no hay periculum in mora. Sobre lo otro, yo no lo llamaría una victoria porque no es definitiva y se va a poder cambiar a poco que haya voluntad política.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarMadre mía, menudo pastiche de ideas políticas mal entendidas y peor asimiladas. Hala, comentario borrado porque en mi blog la única publicidad permitida es la que a mí me apetece.
EliminarNo entiendo nada. Por una parte, el Grupo Municipal del PP en Alicante alega que el órgano competente para cambiar el nombre de las calles que incumplen la ley de Memoria Histórica es el Pleno. Y que así se estableció en el Decreto de Constitución de la Comisión No Permanente para la Aplicación de la Ley de Memoria Histórica. Aquí:(http://bit.ly/2nWwM6l).
ResponderEliminarAhora bien, en el Artículo 9 de la Ordenanza municipal reguladora de la denominación de rotulación de vias públicas y numeración de edificios se especifica que el órgano competente para los nombres de las calles es la Junta de Gobierno. Aquí:(http://bit.ly/2nWFjWY).
Entonces, según el PP de Alicante, si el Gobierno Municipal quisiera cambiar una calle pero sin que tenga qué ver con la Memoria Histórica, la decisión sería de la Junta. Y si es porque considera que la incumple, del Pleno a iniciativa de la Comisión.
Aparte de que no entiendo que en el decreto de constitución de la comisión ponga eso, ¿es legal?
Pues tú has encontrado la norma que yo no (la ordenanza), aunque el enlace no va. ¡Gracias!
EliminarA ver, aquí hay varias cosas: primero, lo que el Pleno dice, el propio Pleno lo puede derogar. Si el Pleno establece en 2009 que una competencia corresponde a la Junta de Gobierno, puede en 2015 retirarle esa competencia y atribuírsela a sí mismo o a otro órgano.
Pero el Pleno no lo ha hecho, al menos que sepamos. Lo que alega el PP es el decreto que me pasas, y el decreto no solo es de un órgano jerárquicamente inferior al Pleno (la Alcaldía), sino que además no dice nada en materia competencial. Se limita a designar a los miembros de la Comisión.
Así que, si lo único que tiene el PP es ese decreto, yo entiendo que el artículo 9 de la Ordenanza que me adjuntas se mantiene, el PP perderá el pleito y yo debería reformar mi artículo.
De nada. Siento lo de los enlaces: no los comprobé, la verdad.
ResponderEliminarNo hay problema, jo. Encima de que me encuentras una norma que estuve buscando un buen rato...
EliminarAl final no mandé el enlace de la normativa del Ayuntamiento de Alicante ni el del Pleno y las Comisiones.
EliminarGracias :)
EliminarDe nada.
EliminarEl juicio fue el 12 de septiembre. Aquí dan más detalles.
Eliminar¡Gracias!
ResponderEliminarDe nada. Por lo menos, aunque gane el PP Calvo Sotelo, MacFáchez, José Antonio y los demás no van a seguir mucho tiempo más en el callejero de Alicante.
EliminarEl PP ha ganado el juicio. Aunque el tripartito que gobierna el Ayuntamiento se planteó recurrir la sentencia, finalmente llevará al Pleno el cambio de nombre de las calles franquistas.
EliminarCurioso :) Pero bueno, ahora solo falta pasarlo por el Pleno y aprobarlo allí.
Eliminar¡Gracias!
De nada.
EliminarHa habido cambios. Para empezar, el tripartito ya no existe. Además, finalmente el 28 de diciembre -qué ironía- decidirá los nuevos nombres de las calles franquistas.
EliminarLo que decidirá el Pleno son las calles que hay que cambiar.
Por cierto, la plaza Calvo Sotelo -a quién el franquismo se refería como Protomartir- se queda.
Qué gusto los Ayuntamientos del cambio.
EliminarNo he explicado que al final no es el Pleno el que decide las calles nuevas, sino la Junta.
EliminarPor otra parte, qué gusto, sí. Por cierto, la cruz de los caídos de la plaza Calvo Sotelo se queda también. Y la de Callosa de Segura que iban a retirar tampoco la quitan: el juzgado ha admitido un incidente de recusación del exalcalde.
Lo mejor es hacer como en Larrabetzu: ir rompiendo la base de las cruces poco a poco entre varios -si está en el monte como aquella será más fácil- y así cuando sean un peligro porque pueden caerse en cualquier momento se tienen que quitar. A ser posible, sin causar accidentes como sí pasó allí.
Ains...
EliminarY con esto termina la serie sobre simbología franquista.
ResponderEliminarPero que se va a terminar la serie... Tema hay, desde luego. Otra cosa es que decidas cortarlo, claro, que el blog es tuyo.
EliminarAdmiro la constancia y la cohesión del PP. Siguen el mismo plan en todos los ayuntamientos que intentan retirar nombres franquistas de los callejeros, no solo en el de Alicante, sin saltarse un paso. Primero se oponen a los cambios con una mezcla de amenazas y lamentos por la concordia en peligro y por el gasto superfluo que supone. Si no funciona —no suele— el grupo municipal del PP pone una denuncia cuando no lo hace una asociación de vecinos de idología cercana. Mientras, presionan para minimizar el cambio. Insisten en que los nuevos nombres tienen que estar exentos de todo tinte ideológico, que deben ser de consenso, entendido éste a su manera: nada de izquierdismo, que eso divide, y ellos son de unir. Resultado: en Alicante siguen sin aprobar los nombres de las nuevas calles. De momento, Clara Zetkin descartada, por mito prosoviético.
¿Qué se puede hacer? Yo optaría por el ordeno y mando. Antes hubiera intentado convencerles, pero ahora no: a ver cómo explicas al concejal McFáchez o presidente de la asociación de vecinos McFáchez que van a quitarle la calle a su abuelo. Qué injusticia: pero si financió un dispensario. Y allí iban a vacunarse todos. Claro, en cuánto se enteraron de que a los virus y a las bacterias les da igual a quién infectar, que si no... De verdad, no lo entienden. Pero es que tendría que darnos igual. Es su problema.
Yo a estas alturas ya optaría por el ordeno y mando, sí.
EliminarComo en Córdoba.
EliminarPues se "herculaniza" el callejero de Alicante y ya está. Cómo no se nos había ocurrido antes.
EliminarClaro que tampoco se me ocurrió que el PP fuera a recuperar el Ayuntamiento. Pues se acabaron los cambios de callejero, supongo.
EliminarQue no había puesto enlace...
EliminarAins... :(
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