El otro día la Guardia Civil evitó que un
hombre se suicidara. A raíz de que se jactara por ello en Twitter, se suscitó
un interesante debate jurídico: ¿es jurídicamente lícito suicidarse? ¿Es legal, está
permitido? A priori la respuesta es que sí (tu vida es tuya) pero uno de los
usuarios se puso a decir que el suicidio está prohibido y que realmente es un
delito. Si no es así (decía), a ver por qué está prohibida la cooperación al
suicidio de otro. Así que, y pese a que las opiniones de este tuitero –que se
mostró tremendamente soberbio cuando aludió a sus calificaciones en la carrera
para no dejarse corregir– me importan poco, voy a dedicar unas líneas a esta
cuestión porque creo que es interesante.
¿Existe un derecho al suicidio? Para
empezar hay que decir que quizás la pregunta no sea la adecuada. La palabra
“derecho” es muy gorda, tiene muchísima carga ideológica. Nos recuerda a los
derechos humanos. “Tengo derecho a esto”, decimos cuando nos privan de algo. “No
hay derecho”, exclamamos cuando nos hacen objeto de alguna injusticia. Un derecho
es algo oponible, que puedes obligar a que se respete por vía judicial. Así
que, vale, excluyamos de momento la palabra “derecho”. Hagamos la pregunta de
forma más general: ¿está permitido suicidarse? O, en otras palabras, ¿hay
alguna norma jurídica que prohíba quitarse la vida?
La respuesta debe ser unánime: no hay
ninguna norma que prohíba quitarse la vida. Si un acto no está prohibido ni es
obligatorio es que está permitido. Bastante simple, ¿no?
Por eso, vayamos un poco más allá. No es
sólo que no haya normas que prohíban quitarse la vida, sino que de hecho hay
varias que justifican el suicidio. Para empezar, el artículo 15 de la
Constitución española concede el derecho a la vida. No impone el deber de
vivir: vivir es un derecho, y por tanto también lo es dejar de vivir, igual que
tienes tanto derecho a hablar como a callarte y a reunirte como a no reunirte.
Este argumento, reconozcámoslo, es débil.
Matarse, al contrario que no hablar o no reunirse, es un acto irrevocable, y
eso marca cierta diferencia. Los derechos humanos son indisponibles, lo que
quiere decir que yo puedo no ejercer mi libertad de expresión en un momento
dado pero no puedo renunciar a ella. ¿No podría interpretarse así el derecho a
la vida, sosteniendo que no puedo renunciar a vivir? Podría, pero también puede
verse de otra forma: la dignidad humana (de la que derivan los derechos
fundamentales) implica entre otras cosas que las personas no pueden ser
tratadas como objetos. La piel humana es la frontera: lo que pase dentro de
ella es decisión única del sujeto. Si yo impido a alguien suicidarse, ¿acaso no
le estoy negando su autonomía, no le estoy cosificando en nombre de valores
presuntamente superiores?
Así pues, ¿qué interpretación es la
correcta? ¿El derecho a la vida es indisponible o no lo es? Es un debate
complejo y yo no tengo la respuesta. Pero sí puedo deciros cuál es la que ha
adoptado el Derecho español. El artículo 2.4 de la Ley de Autonomía del Paciente le reconoce específicamente el derecho a negarse al tratamiento, con base precisamente en su dignidad y su
autonomía. Yo puedo rechazar cualquier tratamiento, incluso el que me
mantendría con vida (eutanasia pasiva), al igual que puedo dejarme morir de
hambre. Caso cerrado: el suicidio es legal en España.
“Pero espera un momento”, podría decirse.
“Conforme, la ley permite que te niegues a recibir medicación, pero no es lo
mismo la conducta activa de quien se mata que la conducta pasiva de quien
rechaza un tratamiento para morir. De hecho la ley española no admite la
eutanasia activa”. Es una objeción que no tiene recorrido. Para empezar, ¿qué
pasa si el tratamiento consiste en que me abstenga de hacer cosas? Por ejemplo:
tengo un cáncer de pulmón, el médico me dice que deje de fumar y sigo fumando.
¿Eso cuenta como rechazar el tratamiento (conducta pasiva) o como seguir
metiéndome al cuerpo sustancias potencialmente mortales (conducta activa)? No
está claro. Sin embargo, aunque lo estuviera, hay una razón más técnica por la
cual esta objeción no tiene sentido. Vamos a verla.
Matar a alguien (conducta activa) siempre
es delito de homicidio. Dejar morir a alguien (conducta pasiva) normalmente es
un delito de omisión del deber de socorro. Sin embargo, hay algunas personas
frente a las que tenemos lo que se llama “posición de garante”, es decir, un
especial deber de mantenerlas a salvo: por ejemplo, los progenitores son
garantes de su prole menor de edad. Si yo dejo que se muera una de las personas
de las que soy garante, me condenarán por homicidio igual que si la hubiera
matado con mis propias manos.
En otras palabras, el derecho separa
entre la gran masa de humanos, hacia quienes no tenemos demasiada
responsabilidad (dejarlos morir es omisión del deber de socorro) y las personas
de quienes somos garantes (dejarlas morir es homicidio). ¿En cuál de las dos
categorías está cada quien respecto a sí mismo? En ninguna de las dos. Como hemos
visto, la eutanasia pasiva es legal. Ni nos debemos ese “mínimo” que nos obliga
a velar por la vida de todos los humanos ni estamos en posición de garante
sobre nosotros mismos. Entonces, ¿cómo va a ser delito atentar contra la propia vida? ¡No nos debemos nada!
No hay ninguna diferencia entre la
conducta pasiva de dejarse morir y la conducta activa de matarse. Las dos
derivan de la autonomía personal y de la dignidad humana. Si la eutanasia
pasiva es lícita lo es por razones que también obligan a considerar legal el
suicidio. Y si prohibiéramos el suicidio estaríamos negando el derecho de la
persona a decidir si continúa viviendo y deberíamos prohibir también la
eutanasia pasiva. Matarse y dejarse morir son actos que están unidos de forma
indisoluble entre sí y a la propia dignidad humana: no puedes aceptar (o
prohibir) uno sin aceptar (o prohibir) el otro.
¿Qué hace entonces nuestro derecho? Aceptar
los hechos y regular la eutanasia pasiva. Otra regulación sería autoritaria
hasta extremos impensables. Si no puedo dejarme morir, ¿es lógico que la ley me
permita degradar mi calidad de vida comiendo comida basura? ¿O ponerla en
riesgo fumando? ¿O practicar puenting? ¿O…? Puede llevarse hasta donde se
quiera.
No obsta a esta conclusión el hecho de
que la ley española no reconozca un derecho a la eutanasia activa. Como hemos
dicho, la palabra “derecho” es muy gorda. Reconocer el derecho al suicidio
implica que el Estado tiene el deber de poner a mi alcance los medios adecuados
para que me quite la vida simplemente con que los pida. La ley española no ha
llegado tan lejos, pero desde luego no prohíbe que tú, en tu casa, te tomes una
sobredosis de pastillas.
Se puede aún objetar algo Si suicidarse
está permitido, ¿por qué se castigan los actos de cooperación al suicidio?
Pues porque el legislador considera que, pese a ser un comportamiento lícito,
que entra en la esfera más íntima de la autonomía personal y que no puede
prohibirse, no es deseable. Y una de las formas que tiene de desincentivar al
suicida es prohibiendo a las personas de su entorno que le ayuden. Pero esta
misma regulación apoya la conclusión general de esta entrada: lo que se castiga
es inducir a otro a que se suicide o cooperar con actos necesarios. La mera
pasividad (no hacer nada mientras otro se suicida) no entraría dentro de este
tipo penal (1). No estás obligado a agarrar al suicida para impedirle saltar.
¿Por qué? Porque el suicidio es legal.
Queda entonces una última pregunta por
resolver, que nos conecta con el primer párrafo de este artículo. Si el
suicidio es legal, ¿qué habilita a la Guardia Civil para impedir que alguien lo
cometa? Sencillo: la posibilidad de que esa persona, por razones psiquiátricas,
no esté en condiciones de decidir ponderadamente un acto de esa trascendencia.
El artículo 763 LEC (gracias a @AdrasteaQuiesce por este dato)
prevé el internamiento forzoso de personas en esta situación, siempre con
autorización judicial. Ante un suicidio, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
pueden sospechar que se está en el ámbito de aplicación de este precepto y llevarse
a la persona al hospital por si fuera necesario un ingreso no voluntario.
Cierro esta entrada con una reflexión. Creo
que va siendo hora de abrir el debate sobre la eutanasia activa. Quiero tener derecho
a decidir sobre mi muerte. Quiero que sea en un contexto seguro, vigilada por
profesionales que eviten que falle y mi muerte se convierta en una agonía de
horas en una habitación solitaria. Quiero poder morirme dándole la mano a mis
seres queridos sin miedo a que acaben denunciados por ayudarme a cumplir mi
voluntad. Quiero poder elegir cuándo termino mi viaje vital y que mi decisión
sea respetada y apoyada.
Porque mi cuerpo es mío.
(1) Aunque podría estudiarse que alguno
de estos casos pueda entrar dentro del tipo de omisión del deber de socorro.
Por ejemplo si alguien encuentra al suicida medio muerto y no hace nada por
reanimarle.
Quiero comentar rápido porque me veo a este artículo llegando a la-página-que-no-debe-ser-nombrada, y consecuentemente acabarás cerrando los comentarios (y es una pena, porque esta entrada promete discusiones interesantes).
ResponderEliminarHay cosas que, como potencial suicida, me tocan los huevos. El tema de que te encierren si deciden que hay un problema es muy peliagudo, porque mucha gente asume que si te vas a intentar suicidar, es que tienes problemas mentales sí o sí. Resultado: no se puede hablar nunca, con nadie, sobre este tema, porque no sabes si tus interlocutores van a mover hilos y puedes acabar encerrado.
Y lo que comentas en la nota al final también tiene consecuencias bastante poco deseables. Si alguien te intenta reanimar y ya estabas literalmente medio muerto, te puedes quedar hecho un vegetal durante vete a saber cuántos años (hasta que te mueras por fin), sólo porque no te pueden dejar elegir morir en paz. Resultado: más secretismo, tener que ir buscando fechas en las que sepas que no va a haber nadie en casa; o peor, tener que desaparecer y que encuentren el cadáver perdido por ahí en vez de tranquilamente en la cama con una nota.
En fin, que la legislación piensa mucho en los familiares de los suicidas pero no en los propios suicidas, y cuando lo hace, es con el objetivo de no permitirles hacer lo que quieren con su vida (quitándoles la posibilidad de liberación que en muchos casos es su único consuelo: así SÍ que van a aparecer problemas mentales).
Me imagino que, tal y como he escrito esto, muchas personas, quizá incluyendo al propio autor, se van a llevar las manos a la cabeza. Lo siento, la vida no es igual para todo el mundo y algunos estaríamos mejor sin ella.
Post-scriptum: perdón por comentar como anónimo, pero estas cosas no se pueden comentar con el nick habitual, ni mucho menos con el nombre real, por lo que digo arriba.
Pues al final no llegó, o si llegó yo no me enteré xD
EliminarEs una mierda lo que planteas. Yo he tenido accesos de ideación suicida, aunque no de forma habitual, y me he atrevido muy pocas veces a hablar de ella. Es un tabú tan grande que la gente se pone incómoda sólo con que lo menciones y es incapaz de prestarte un apoyo firme para que decidas no hacerlo.
No pasa nada por que comentes como anónimo, la posibilidad es para eso ;)
Está claro que si intentas suicidarte y no te sale bien tu vida está jodida. A ver quién va a volver a darle trabajo a un suicida. Y la marginación y el tratamiento nulos hacia los problemas psicológicos graves que hay en España es para tirarse por la ventana sin pensárselo dos veces. Creo que se deberían poner los medios sociales y económicos para minimizar los suicidios, pero eso no pasa por evitar que un pobre diablo que no ve otra salida se intente tirar de un edificio, porque él va a seguir en una situación de mierda y encima lo van a ingresar "por loco". Por el otro lado, muy a favor de la eutanasia activa. Esa dignidad de la que hablan que tenemos los humanos nos la niegan a la hora de morir, y me atrevería a decir que por trabas religiosas. Y eso está MAL.
ResponderEliminarPues qué te voy a decir si tienes toda la razón.
EliminarDebería ser como en Soilent Green, una sala con musiquita y un vídeo relajante y ya, un saludo
ResponderEliminarQué hambre me estás dando...
EliminarSuicidarse es un delito, eso lo sabe todo el mundo. Y como la mayoría de las cosas "Que sabe todo el mundo" no son ciertas.
ResponderEliminarJajajajaja sin duda.
Eliminar¿Qué pasaría si el suicidio fuese ilegal en España? ¿Cómo se le impone un castigo a una persona que ya está muerta? Me parece algo descabellado. Lo único que se me ocurre que podría hacer el estado es obligar a pagar los daños que causase el suicida a la familia, por ejemplo si se tirase desde un edificio, les harían pagar las baldosas rotas de la acera y los procesos burocráticos y judiciales que fueran necesarios, pero me parece injusto que se le trasladase ese castigo a los allegados porque la persona muerta ya no está.
ResponderEliminarEn un Estado liberal no puedes castigar al suicida: en otra época se le podría denegar enterramiento en suelo consagrado, por ejemplo. Pero sí puedes castigar al que intente suicidarse y no falle.
EliminarPor cierto, las deudas se heredan, así que hacer pagar las reparaciones a los herederos es ciertamente posible. Pero nadie lo va a solicitar porque, bueno, es inhumano.
«[…]. Reconocer el derecho al suicidio implica que el Estado tiene el deber de poner a mi alcance los medios adecuados para que me quite la vida simplemente con que los pida. […]». Suicide booth!
ResponderEliminarPues pensé en cabinas de suicidio cuando lo escribía, sí xD
EliminarEl tweet: #Enhorabuena a los Guardias Civiles que han evitado el suicidio de un hombre en #Valencia
ResponderEliminarjactar, según la RAE:
Del lat. iactāre.
1. tr. desus. Mover, agitar.
2. prnl. Dicho de una persona: Alabarse excesiva y presuntuosamente, con fundamento o sin él y aun de acciones criminales o vergonzosas. Se jacta DE conocerla bien. Era u. t. c. tr. Jactar valor, linajes.
¿A ti no te cae bien la Guardia Civil, verdad?
Toma ya, argumento ad dictionario incluido. Qué grande.
EliminarYo entendí que alardeaban excesiva y presuntuosamente, y sin mirar el diccionario, y me parece mal, dañan al suicida y puede que alguien reconozca algo de lo que se ve, ya no hay intimidad ni para suicidarse.
EliminarY a mi la guardia civil ni me cae mal ni bien, mientras hagan su trabajo vale, no son heroes que no cobran por su trabajo
Si quieres le haces un altar a la RAE, amigo. Así le sigues el juego a los creyentes de libros sagrados.
ResponderEliminarNo, hombre, coanónimo de las 23:18. Si te parece voy a seguir el juego a los que se cagan en la RAE, o a quien tú me digas, sí señor...
EliminarY al final me quedo sin saber si el autor no simpatiza mucho con la Guardia Civil. Si entiende que ese tweet es excesivamente "autoalabatorio" y presuntuoso... o si en cambio entiende "jactar" como otra cosa más inocua. Pero en fin, si eso es lo de menos...
Más miga tendría pensar si, de existir "derecho" al aborto, por qué en el caso de que los guardias civiles se hubieran quedado de brazos cruzados mientras el individuo se suicida, hubieran sido acusados (como mínimo) de omisión del deber de socorro... Porque los guardias civiles SÍ TIENEN POSICIÓN DE GARANTE en esos casos.
Al aborto, no... al suicidio, quiero decir. ¿En qué estaría yo pensandoooo?? xDDDD
Eliminar"Más miga tendría pensar si, de existir "derecho" al suicidio, por qué en el caso de que los guardias civiles se hubieran quedado de brazos cruzados mientras el individuo se suicida, hubieran sido acusados (como mínimo) de omisión del deber de socorro... Porque los guardias civiles SÍ TIENEN POSICIÓN DE GARANTE en esos casos."
EliminarJoder, Carlos, cúrrate mejor el argumento jurídico porque madre mía qué barbaridad.
Todos los seres humanos llevamos un suicida latente que puede despertar bajo circunstancias precisas para cada situación. Si estuviésemos bajo amenaza de violación, asesinato, una catastrofe inminente y otras situaciones parecidas, muchos quizas por temor al sufrimiento preferirían acortar su tiempo suicidándose. Comento esto solo con el objeto de aclarar que el suicidio tiene causas y razones, a veces absurdas y otras más coherentes y que no se debe juzgar a una persona que lo considera por x o y razón, obviamente el suicidio es una solución permanente para un problema que podría ser temporal o podría superarse fisica o mentalmente. En todo caso, morir lanzándose de un puente, tomando algún veneno, dejandose ser atropellado y otras barbaries dolorosas que cometen algunos, son métodos desesperados e intrascendentes. El suicidio debe ser evitado, pero no debe ser criminalizado, satanizado ni convertido en show televisivo aquel que por alguna alguna razón o sin razón, decide hacerlo.
ResponderEliminarEstoy de acuerdo.
EliminarMuy interesante tu disquisición sobre el suicidio. Tengo una pregunta a nivel histórico. Si bien el suicidio no está penalizado en España, ¿sabes si antes de la Constitución del 78 era delito? sé que en otros países, como por ejemplo el Reino Unido se despenalizó en los años 60 y en la India creo que aun es delito y en algunos países latinoamericanos. Gracias
ResponderEliminarPues lo he estado mirando, y que yo sepa no. El Código Penal de 1944, que estuvo vigente hasta la aprobación el actual (se habla del "Código de 1973", pero no es más que un actualización de la norma del '44) no menciona como delito el suicidio propio sino solo las tres figuras de inducción, cooperación necesaria y cooperación ejecutiva al suicidio de otro.
EliminarMás atrás en el tiempo no he mirado.
Debemos respetar la libre elección de cada uno, elegir suicidarse es como elegir de que forma peinarte.
ResponderEliminarMe pareció interesante lo de que no exista norma legal que impida quitarse la vida
Hombre, a ver, que no exista norma que lo prohíba no quiere decir que si un amigo dice que lo va a hacer no me vaya yo a dedicar a disuadirlo en todo lo que pueda.
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