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jueves, 25 de febrero de 2016

Gobernar en tiempo de descuento

Hoy se cumplen dos meses de las últimas elecciones generales. Como la prensa no ha dejado de destacar, dos meses sin Gobierno. No es exacto: el Gobierno cesa tras la convocatoria de elecciones, pero está en funciones hasta que los nuevos ministros prometan sus cargos. Es decir, que no estamos exactamente sin gobierno. Estamos en lo que un futbolero llamaría “tiempo de descuento”: unos días añadidos al tiempo oficial de duración de la legislatura, que sirven únicamente para que en todo momento haya alguien al timón. Lo que pasa es que hoy esos días se convertirán oficialmente en “meses” y no parece que vayamos a tener Gobierno pronto. Si hubiera elecciones estaríamos al menos otros tres meses, siendo generosos, con Rajoy de presidente en funciones.

Así que, como la cosa va para largo, creo que procede explicar qué puede hacer y qué no puede hacer un Gobierno en funciones. La regulación está en el artículo 21 de la Ley del Gobierno. Básicamente, su trabajo es facilitar el proceso de formación del nuevo Gobierno y el traspaso de poderes al mismo. Por ello, sólo puede adoptar decisiones relativas “al despacho ordinario de los asuntos públicos”: salvo caso de urgencia no puede impulsar políticas públicas ni programa de gobierno alguno, dado que se trata de un equipo que ya va de salida (1).

El problema, claro está, es que la expresión “despacho ordinario de los asuntos públicos” es tremendamente ambigua. Los tres párrafos siguientes del artículo tratan de concretarla por oposición. Están fuera de ese despacho ordinario (y, por tanto, fuera de las competencias del Gobierno en funciones) cosas como disolver las Cortes, proponer referendos, iniciar o proseguir con la tramitación de leyes o aprobar decretos legislativos. Pero ¿quiere eso decir que todo lo que no esté en esta lista tasada es “ordinario”? ¿Cualquier acto administrativo, tenga la trascendencia que tenga, debe considerarse ordinario?

Pongamos un ejemplo, para que se vea mejor. La empresa papelera ENCE tiene en Pontevedra una fábrica tremendamente contaminante y molesta. La fábrica ocupa dominio público marítimo-terrestre, es decir, un trozo de costa. Por ello, es necesaria una concesión administrativa para que pueda estar ahí. La concesión actual expira en 2018 y casi todas las fuerzas políticas de la ciudad, PP incluido, estaban a favor de no renovarla y de desmantelar la factoría. Al fin y al cabo, la fábrica está construida sobre el que era uno de los bancos marisqueros más ricos de Galicia.

Pues bien: el pasado 25 de enero el Gobierno en funciones aprobó, por sorpresa, la renovación de la concesión durante un plazo de 60 años. Es decir, ENCE podrá seguir con su fábrica hasta 2078 sin preocuparse por nada. Esta decisión ha sido la última piedra de un largo y oscuro proceso de reformas ad hoc de leyes y reglamentos y le ha valido a Rajoy ser nombrado persona non grata en su ciudad natal. Pero supongo que a ENCE, en cuyo Consejo de Administración hay tres ex altos cargos del PP, eso le da un poco igual.

Quiero ir a parar, precisamente, a lo siguiente: al margen de lo mal que huele el asunto, ¿puede un Gobierno en funciones tomar esta decisión? Que no estamos hablando de una licencia para poner un quiosco de prensa ni de la resolución de unas becas. ¿Hipotecar la economía y la ecología de una capital de provincia durante 60 años es “despacho ordinario de los asuntos públicos”? A mí no me lo parece.

El Gobierno actual no está legitimado para tomar una decisión de esta magnitud. De hecho, cabe preguntarse si alguno lo está, si no habría sido mejor consultar a los vecinos de forma vinculante. Pero, suponiendo que alguno lo esté, sin duda no es éste. Por supuesto, el problema es precisamente que si nos esperamos al Gobierno nuevo igual no se aprueba la concesión. Y esto en el PP lo saben, y por eso han preferido tirar para adelante.

Por desgracia, esto no va a traer consecuencias. Se han asegurado de modificar la ley y el reglamento para que este acto tenga una cobertura normativa de la que de otro modo carecería. La concesión es legal, y si alguien lo recurre alegarán que no es más que un simple acto administrativo, que había que resolverlo dentro de plazo y que todos los informes aconsejaban hacerlo en ese sentido. Y tendrán razón, porque se han asegurado de que así sea.

Pero eso no quita para que sea una práctica sucia. Otra más.




(1) Tampoco le sería fácil porque el Gobierno cesa por tres causas: elecciones, pérdida de la confianza parlamentaria y dimisión o fallecimiento del presidente. Es fácil ver que son momentos donde nadie se va a poner a tomar decisiones de gobierno.




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