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martes, 5 de mayo de 2020

¿Y si no se prorroga el estado de alarma?


La política tiene mucho de impostura. Que el PP, PNV y ERC hayan dicho que no van a apoyar la enésima renovación del estado de alarma va, me parece, por ahí. Puede que mañana me esté tragando las palabras, pero me suena a baza negociadora, sobre todo en el caso de los dos socios del Gobierno: en el momento en que escribo estas líneas están negociando in extremis para salvar los muebles, y es muy posible que cuando publique el presente artículo este párrafo ya pertenezca al cenagal de las noticias viejas. Pero, dado que vamos a tener este debate cada quince días hasta que se acabe el estado de alarma, vamos a verlo: ¿qué pasa si el Congreso no le vota la prórroga?

Para empezar, dos precisiones. La primera, que esto no es un trágala ni una cuestión de blanco o negro. El Gobierno presenta un plan de renovación del estado de alarma y los grupos parlamentarios pueden introducir enmiendas. Como el Gobierno está en minoría, sería posible incluso aprobar cosas contra su voluntad. Es cierto que el Gobierno puede siempre vetar propuestas que supongan aumento del gasto público o reducción de los ingresos, pero una oposición unida podría plantear la dicotomía de la siguiente manera: o aceptas estas modificaciones, o el estado de alarma no sale. ¿Que sería jugar al juego del gallina con la salud de los españoles? Sí. ¿Que el PP es capaz de eso y más? También.

De hecho, si nos vamos al Diario de Sesiones (resumido en este hilo), vemos que el PP no ha presentado una sola enmienda a las tres prórrogas del estado de alarma. Ni una. Los otros siete grupos parlamentarios de oposición han presentado cosas, y algunas incluso han salido adelante, pero el PP se ha limitado a aparecer en medios diciendo que todo mal, sin plantear alternativas reales donde tiene que hacerlo.

La segunda precisión es que las prórrogas están siendo de quince días pero podrían no serlo. La Constitución solo dice que el Congreso autoriza la renovación pasada la primera quincena. Pedro Sánchez podría haber pedido una prórroga de un mes (lo que dura, por ejemplo, el estado de excepción), o de dos, y con el miedo de los primeros días puede que hasta hubiera colado. Vaya, que si estamos a renovaciones quincenales es en buena medida por lealtad institucional del Gobierno.

Bien, entonces, ¿qué pasa si se pierde el estado de alarma? Veamos:

1. Desaparece el confinamiento
Esta es la consecuencia más grave. Desde el momento en que cese el estado de alarma, nadie nos puede impedir salir de casa desde que nos despertemos hasta que sea la hora de irnos a dormir. La limitación de la libertad de movimientos (un derecho fundamental), al menos a estos niveles, exige estado de alarma.

Es cierto que sigue vigente la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública,de la cual ya hablé, que habilita a las autoridades sanitarias para realizar confinamientos en el marco de sus competencias. Pero aquí hay que hacer dos matices. El primero es que, fuera del estado de alarma (situación que lo que hace es, precisamente, centralizar la capacidad decisoria), estas autoridades sanitarias habilitadas para usar la LOMEMSP son sobre todo las autonómicas. O sea, que cada Comunidad Autónoma podría actuar como quisiera en este aspecto.

Y luego, que esta ley permite en teoría tomar medidas muy graves pero hay que leerla en su contexto, dentro del sistema de fuentes y en el marco de lo previsto en el artículo 55.1 CE. ¿De qué serviría tener unos derechos fundamentales que solo pueden ser suspendidos o limitados en situación de estado de alarma (o de excepción, o de sitio) si luego llega la legislación ordinaria y permite hacer lo mismo si hay una crisis sanitaria? El derecho de excepción (los tres estados que he mencionado) tiene control parlamentario y esas cosas. La normativa sanitaria no.

Lo que permite la LOMEMSP es, o bien restricciones a grupos concretos de población (infectados o sospechosos), o bien tomar medidas de control del ambiente, incluyendo aislar zonas del territorio (así se hizo, al principio de esta crisis, en Labastida o en Igualada). Pero ¿impedir a toda la población que salga de su casa y que camine por la calle, que es la manifestación más básica del derecho a la libre circulación del artículo 19 CE y que ya es dudoso que fuera una decisión que pudiera tomarse por medio del estado de alarma (1)? Ni de lejos.

Y aquí tenemos un problema, claro, porque el confinamiento doméstico y su desescalada progresiva es la clave para el aplanamiento de la curva.

2. La coordinación se ve muy dificultada
Otro de los efectos que tiene el estado de alarma (en general los tres estados de emergencia) es que centraliza en el Gobierno la toma de decisiones. En efecto, la declaración de estado de alarma implica el nombramiento de una autoridad competente, que en crisis nacionales es el Gobierno, bajo la cual quedan todos los funcionarios y autoridades del país (aunque pertenezcan a las Administraciones autonómica y local) en lo relativo a la crisis.

No renovar el estado de alarma no quiere decir que la coordinación vaya a desaparecer del todo. Al fin y al cabo la coordinación entre Administraciones sigue siendo un principio básico del derecho administrativo. Pero sin duda se va a ver bastante disminuida. Si el Gobierno no puede tomar decisiones que lleguen a todo el territorio nacional, si no se puede mantener una política homogénea en todo el país, va a costar muchísimo contener la segunda oleada.

3. El escudo social podría desaparecer… o no
El Gobierno ha trabajado con una previsión: la de que le iban a dejar a llegar con el estado de alarma hasta más o menos el final de la crisis. El problema no van a ser, a mi juicio, los ERTE. Es cierto que el Real Decreto-Ley 8/2020 considera que el estado de alarma es una causa de fuerza mayor a efectos de cierre, pero no es la única.

El artículo 22.1 de dicha norma habla de “suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, que impliquen suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros, etc.” O sea, que se considera fuerza mayor cualquier impedimento de desarrollar la actividad derivado del coronavirus o de los esfuerzos de las autoridades por atajarlo (esfuerzos que deberían seguir existiendo), no solo los cierres provocados por el estado de alarma.

El problema es otro. El problema es que la mayoría si no todos los decretos-ley que ha dictado el Gobierno tienen una vigencia limitada a un plazo concreto, que se cuenta desde el fin del estado de alarma. Si cuando se pase el plazo (que en muchos casos es de un mes, aunque diversas medidas tienen sus propios tiempos) seguimos en plena pandemia, todas las personas protegidas por ese escudo social –que ya de por sí era magro, vamos a reconocerlo– quedan con el culo al aire.

Se puede, claro está, publicar un nuevo decreto-ley que alargue la vida de todos los que se han ido dictando desde el 13 de marzo. La posibilidad está prevista en las disposiciones finales de esos mismos decretos, y el propio Gabriel Rufián tuiteó el texto de una de esas disposiciones finales para demostrar que el escudo social no tiene por qué sufrir con el fin del estado de alarma. De hecho, parece que parte del pacto con Ciudadanos es desvincular las medidas económicas de las sucesivas prórrogas (algo que de hecho me parece bien).

Pero recordemos que los decretos-ley exigen convalidación por parte del Congreso, y puede que lo que ya ha sido convalidado una vez no lo sea otra. Yo diría que cuanto menos nos arriesguemos mejor.



Queda una última pregunta que hacerse. Si el Gobierno puede decretar libremente el estado de alarma y solo necesita al Congreso para su prórroga, ¿qué le impide a Pedro Sánchez, en el mismo momento en que la Cámara le deniegue la renovación, publicar en el BOE un segundo estado de alarma? Así ganaría otros quince días, al término de los cuales podría hacer lo mismo, y luego otra vez, y otra, y otra.

Sobre el papel es posible, claro, pero cualquier lectura mínimamente democrática de la Constitución impide intentar un truco semejante. Si Sánchez lo hiciera, el Tribunal Constitucional se lo anularía, probablemente atendiendo a la idea de que el estado de alarma tiene unos requisitos de control parlamentario para su renovación (bastante laxos, además, una mayoría simple) y que, si no los has pasado, no puedes sacarte otro de la manga hasta que no lo justifique un cambio en las circunstancias.

Además, aunque el TC no dijera eso, o aunque lo dijera lo bastante tarde como para que ya no importara, semejante intentona sería descender un peldaño más en la escalera de falta de respeto institucional que hay en este país. Si el Congreso te ha tirado el estado de alarma te toca joderte y esperar a que el inevitable repunte te permita justificar tomar las riendas de nuevo.

No es que yo sea un fan absoluto de este gobierno. Sin embargo, sí que creo que dadas las circunstancias, y sobre todo mirando el contexto nternacional (no hay ningún Estado que haya actuado completamente bien, entre otras cosas porque ¿es siquiera posible responder de forma perfecta ante algo así?), lo ha hecho razonablemente bien. Y, por encima de todo, es el que tenemos. Cambiar ahora de presidente sería desastroso, e ir a elecciones directamente imposible.

Por eso, aunque creo que no es malo que le obliguen a sentarse a negociar y a consensuar, tampoco creo que sea una tontería pretender que los partidos de oposición (el PP y ERC, sobre todo) tengan cierta lealtad, se traguen el orgullo, apoyen medidas que no les gustan y dejen las críticas furibundas para después. Un tono de voz calmado en el debate público nos beneficia a todos.

¿Se puede hacer algo así en España cuando la oposición es de derechas? Me parece que no.










 (1) Yo opino que un confinamiento como el que hemos vivido habría requerido estado de excepción como mínimo.


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8 comentarios:

  1. No me explico que puedas considerar que este gobierno lo ha hecho razonablemente bien. Estamos en el top mundial de número de muertes. China, primer país afectado, el que podría tener la excusa de la sorpresa, tiene muchas menos muertes que aquí. Italia, segundo país (gravemente) afectado, tiene un número de muertes similar a España, que fue cronológicamente el tercero. Si se hubieran tomado medidas sobre el 6 de marzo, en vez de el 14, el número de muertes habría sido el ¿10, 20%? de las 30 000 que llevamos. Y no creo que sea "hablar a toro pasado". Solo había que ver lo que había hecho China y lo que estaba pasando en Italia.

    Pero por ahí aún podrás argumentar la excusa de la sorpresa y la falta de preparación. Sin embargo, ¿cómo justificas que el confinamiento no haya sido más estricto, que excepto en dos semanas los trabajadores no esenciales hayan tenido que seguir trabajando? ¿Cómo justificas que sea razonable levantar el confinamiento con 300 muertos diarios y con unos números ligeramente peores que cuando se decretó el estado de alarma por primera vez? Habría muchas más preguntas que hacerse, pero lo dejo aquí. Creo que un gobierno de derechas lo habría hecho peor, solo hay que ver a otros países occidentales, pero en mi opinión, que no soy abogado ni mucho menos, la actuación de este gobierno es negligente y deberían acabar delante de un juez.

    Un saludo.

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    1. Todos los países han sido pillados de sorpresa, a pie cambiado y con ese optimismo chovinista de "aquí no pasará". Al Gobierno español no le valió el ejemplo de Italia como al Gobierno italiano no le valió el ejemplo de China y como ahora mismo al islandés sigue sin valerle el de medio mundo en cuarentena.

      En cuanto al número de muertos, cuando tengamos cifras comparables entre países igual podemos establecer tops. Hasta entonces, no.

      Lo de que el Gobierno debería acabar delante de un juez es ridículo. La razón del confinamiento siempre fue aplanar la curva y preparar a los servicios sanitarios para una enfermedad que, si bien no es muy mortal, sí colapsa muchísimo los hospitales. Cumplido ese objetivo, el confinamiento se puede ir levantando poco a poco. Coincido en que tendría que haber sido más estricto, pero hay que tener en cuenta que el confinamiento español ya era muy estricto comparado con el de otros países: jurídicamente obligatorio, ni siquiera exceptuaba actividades como hacer deporte en solitario o pasear con niños.

      No sé, tampoco se puede tener encerrada a toda la población de un país hasta que aparezca una vacuna. Hay más intereses en juego, y el Gobierno tiene que ponderarlos todos con mucho cuidado.

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    2. https://esmola.wordpress.com/2020/05/11/la-nueva-normalidad/ Por si te interesa, se explica mucho mejor que yo.

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    3. Ah, sí, esto va del 8-M. Llegué más o menos hasta esa parte, que era ya previsible viendo tu comentario, y luego ya leí en diagonal. Después vi que quedaban aún muchos más párrafos y dejé de leer.

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    4. Mírate la comprensión lectora. En fin, no te preocupes que no molestaré más aquí con mis comentarios.

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    5. La comprensión lectora la tengo estupendamente, pero como tú comprenderás lo que no tengo son ganas de leer una larga y aburrida entrada de blog que ya sé más o menos desde las primeras diez líneas de qué palo va y a la que he llegado porque una persona con quien realmente no tengo interés en debatir ha considerado que funciona como su "opinión de segunda mano".

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  2. Una cosa, a ver, el congreso puede prorrogar el Estado de alarma más de 15 días, ¿pero cuánto más? Es decir, si te puede llegar y decir 3 meses o 6 meses. Entiendo que está supeditado a la causa, pero si se puede interpretar tan flexiblemente como en un rd-ley, y como el TC tarda lo que tarda, se podría alargar por meses. ¿Es así? ¿Hay algún otro mecanismo de garantía?
    ¿Y qué pasa si la causa del Estado de alarma desaparece, pero este todavía tiene vigencia? Supongo que el CD podría anularlo, ¿no?

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    1. El Congreso lo puede prorrogar... lo que decida el Congreso xD Tanto la Constitución como la ley lo dejan abierto, porque depende de la causa. Puede prorrogarse por semanas, por quincenas, por meses o por trimestres si hace falta. Si sigue existiendo causa, lo que haga falta. Evidentemente, lo democrático es hacerlo por periodos cortos.

      Supongo que en un caso así el TC le daría mucha prioridad al asunto. Aparte, no sé qué más controles quieres que el parlamentario y el del TC.

      Sinceramente, no sé si es posible retirar la autorización a mitad de una prórroga. Creo que no. Pero no es un tema que esté muy desarrollado ni del cual haya mucha jurisprudencia, como podrás imaginarte.

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