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martes, 14 de junio de 2022

Antecedentes penales

Un tuit del Ministerio de Justicia en el que explica el procedimiento para cancelar antecedentes penales ha molestado mucho al facherío de esta red social. ¿La razón? Que el tuit está orientado a extranjeros que quieren obtener el permiso de residencia o la nacionalidad y se encuentran con que sus antecedentes son un problema. El mensaje se ha llenado de respuestas con la vomitera de «el extranjero violador al que le regalan la nacionalidad», que es ya la respuesta esperable en esta clase de asuntos. 

Así que vamos a hablar un poco de los antecedentes penales.

 

¿Qué son los antecedentes penales?

Los antecedentes penales son la inscripción en un único registro de todas las condenas penales que pesan sobre una persona. Cada vez que alguien es condenado por un delito, esta condena se inscribe en el Registro Central de Penados y Rebeldes, que no es de consulta pública: solo pueden consultarlo el interesado y los trabajadores del sistema judicial (policías, jueces, etc.).

 

¿Qué no son los antecedentes penales?

No hay que confundir los antecedentes penales con los llamados antecedentes policiales, que no son más que el registro interno que lleva la Policía de las veces que una persona ha sido detenida, de por qué y de qué medidas se tomaron. Este registro, por cuanto es de actuaciones provisionales y no de condenas, no es relevante para nada.

Tampoco hay que confundir los antecedentes penales (o, más bien, su cancelación) con la prescripción de los delitos. En ambos casos hablamos de plazos, pero no es lo mismo. La prescripción de los delitos es el tiempo que tiene que pasar entre comisión del delito e inicio del procedimiento, de tal forma que si transcurre ese tiempo ya no se puede imponer la condena. La cancelación de antecedentes exige que transcurra un plazo desde el final del procedimiento. Hay alguna otra diferencia, como que no todos los delitos prescriben mientras que todos los antecedentes son cancelables, pero no son tan relevantes.

 

¿Qué delitos generan antecedentes penales?

Todos los delitos cometidos por mayores de edad generan antecedentes penales, desde el hurto más pequeño hasta el asesinato más grave. Antes de la reforma penal de 2015, que convirtió las faltas en delitos leves, estas faltas no llevaban aparejadas antecedentes penales, pero ahora sí.

Los delitos cometidos por menores se inscriben en un registro especial, que se tiene en cuenta para menos aspectos. Por ejemplo, las penas impuestas en ese registro no salen en el certificado de antecedentes penales, aunque sí en el certificado de delitos sexuales que se requiere para ciertos trabajos.

 

¿Qué consecuencias tiene tener antecedentes penales?

Los antecedentes penales impactan en muchos aspectos de la vida del sujeto. Puede ser relevante a efectos de futuras condenas (permiten la aplicación de la agravante de reincidencia, si el delito es similar), de suspensión de la pena (que solo es posible para delincuentes primarios), de cumplimiento de la sentencia (en muchas cárceles se separa a los delincuentes primarios de los reincidentes), etc.

Fuera del mundo penal y penitenciario, tiene también diversas consecuencias: inadmisión al funcionariado, obstáculos al tramitar el expediente de buena conducta e integración para acceder a la nacionalidad, denegación del derecho de asilo si es extranjero, prohibición de obtener un permiso de armas, imposibilidad de obtener un visado para ciertos países, denegación de la colegiación, prohibición de desempeñar ciertos puestos de trabajo, etc. Muchas de estas consecuencias se aplican solo por ciertos delitos. En general, cuanto más grave sea el hecho más restricciones hay.

 

¿Por qué se cancelan los antecedentes penales?

La cancelación de antecedentes penales es una medida básica de reinserción. Recordemos que la Constitución obliga a los poderes públicos a establecer mecanismos de reinserción. No se puede reinsertar a nadie contra su voluntad, pero sí es obligatorio dar posibilidades a quien quiera hacerlo. Muchas de las instituciones de nuestro sistema penal deben leerse bajo esta luz rehabilitadora.

La posibilidad de que el delito desaparezca de los archivos (al final, eso y no otra cosa es la cancelación de antecedentes) y deje de condicionar la vida de su autor es una forma bastante obvia de recompensar al que se ha reinsertado. Como vamos a ver de inmediato, para que se cancelen los antecedentes es necesario cumplir la pena y luego estar cierto tiempo sin delinquir, lo cual es un criterio razonable para decidir que lo que sucedió en el pasado no debe marcar la vida futura del delincuente.

 

¿Cómo se cancelan los antecedentes penales?

Para cancelar los antecedentes penales es necesario, en primer lugar, haber cumplido la pena. Cabe recordar que en España, salvo el indulto, no hay beneficios penitenciarios que acorten la duración de la pena: el tercer grado o la libertad condicional son periodos de cumplimiento de la condena (1), igual que la estancia en prisión en régimen cerrado u ordinario. Si alguien ha sido condenado a veinte años de prisión, hasta que no cumpla esos veinte años no podrá empezar a cancelar antecedentes penales. Por supuesto, si del mismo delito se derivan varias penas, se toma la mayor.

En caso de que la pena se haya suspendido, se toma como fecha del cumplimiento aquella que habría sido de no haberse decretado la suspensión. Lo explico: los delincuentes primarios que cometen delitos no muy graves (pena menor de 2 años en el caso general) pueden acceder a una suspensión de pena, lo que significa que no entran en prisión pero deben comprometerse a no delinquir y a cumplir otra serie de normas de conducta durante un periodo variable. Este periodo puede ser superior a la pena impuesta: por ejemplo, la pena puede ser de 6 meses y la suspensión durar 1 año. Pues, obviamente, se entiende que la pena quedó cumplida a los 6 meses de dictarse, que es cuando se habría cumplido de no haberse dictado la suspensión.

Hasta 2015 también era obligatorio haber abonado la responsabilidad civil (es decir, la indemnización por los daños causados por el delito) o, al menos, estar en proceso de hacerlo. Esto ya no es así.

En segundo lugar, para obtener la cancelación de antecedentes es necesario que pase cierta cantidad de tiempo desde que se cumplió la condena (ojo, no desde que se impuso: desde que se cumplió) y que, durante este tiempo, el condenado no cometa nuevos delitos. Este plazo va desde los 6 meses para delitos leves a los 10 años para los delitos graves. El famoso asesino y violador extranjero no podrá pedir la nacionalidad hasta que no permanezca sin delinquir 10 años desde que salió libre.

 

¿Qué novedades hay en este tema?

El tuit de la discordia era la explicación, por parte del Ministerio de Justicia, de cómo solicitar por vía electrónica la cancelación de antecedentes. Los escasos desinformados que han abierto el vídeo, también se han ofendido por la frase que dice que «se ha desarrollado un sistema robotizado de automatización que cancela de oficio la mayoría de penas que cumplen con los requisitos marcados». ¡Destinar dinero a esto! ¡Inaceptable! 

Es cierto. Es inaceptable. Es inaceptable que el Ministerio de Justicia vaya tan tarde. Que para saber si procede la cancelación de antecedentes solo es necesario contar un plazo y ver si la misma persona tiene condenas posteriores. Podría llevar una década automatizado. Como todo en Justicia, por otra parte, que es una rama del Estado cuya automatización es tardía y deficiente.

El mecanismo que se empleaba hasta ahora es el de la omisión de antecedentes: si alguien tiene unos antecedentes penales que deberían haber sido cancelados y no lo fueron, no se le tienen en cuenta. Pero claro, eso se aplica solo a causas penales: en otras cuestiones, como expedientes de nacionalidad, visados, permisos y demás, es necesario presentar un certificado de antecedentes limpio. Y es lo que se impulsa ahora: un procedimiento automatizado para que el certificado concuerde mejor con la realidad.

Qué grave, ¿eh?

 

 



(1) Esto no es exactamente así en el caso de la libertad condicional, pero, para lo que nos importa, un penado en libertad condicional no ha terminado de cumplir su condena.

 

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