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viernes, 10 de marzo de 2017

Utilidad pública

Dentro del mundo asociativo, el estatus de utilidad pública es la perita en dulce a la que todo el mundo aspira. Este estatus concede grandes ventajas fiscales: exención de la mayoría de rentas en el Impuesto de Sociedades, tributación al 10% de las rentas que quedan (1), exención completa del IBI y otros impuestos municipales, etc. Además, las asociaciones de utilidad pública (AUP) pueden solicitar el derecho a la asistencia jurídica gratuita si no tienen suficientes recursos para litigar (2)

Por eso me fastidió tanto en su momento que le concedieran esa condición a Hazte Oír, y por eso me ha hecho sonreír la noticia de que el Ministerio del Interior está revisándolo. Tengo ciertas esperanzas. Normalmente, con el PP a los mandos, no me atrevería a apostar que saliera bien un asunto donde la Administración tiene tanta discrecionalidad. El propio ministro ha echado balones fuera y ha dicho que es un tema de funcionarios y que él no se mete, algo que podríamos interpretar como que la revocación no va a salir adelante.

Sin embargo, hay presagios positivos. Recordemos que Hazte Oír tiene fuertes vínculos con la organización ultracatólica y ultraderechista El Yunque. Incluso está acreditado judicialmente que algunos directivos de la primera pertenecen a la segunda. Y eso es importante, porque buena parte de la jerarquía episcopal española (esa misma jerarquía que tanta mano tiene en el PP) rechaza a El Yunque. Es decir, ésta es una guerra entre familias mafiosas y parece que, por puro azar, los intereses de la más poderosa se alinean con la democracia. No es la solución perfecta, pero para un apaño puede ir valiendo.

Aparte de eso, creo que de la actividad continuada de HazteOír se desprenden motivos suficientes para revocarle el estatus de AUP. Para empezar, una asociación de este tipo tiene que tener unos fines que estén en la amplia lista del artículo 32.1.a de la Ley Orgánica del Derecho de Asociación: cívicos, educativos, científicos, de promoción de los derechos humanos, de defensa de los consumidores, etc. No he tenido acceso al expediente por el que se declaró AUP a HazteOír, pero me jugaría un brazo a que se hizo bajo el paraguas de los objetivos cívicos, de protección de la familia y de protección de la infancia.

Sin embargo, el artículo 32.1.a LODA dice algo más. Dice que esos fines deberán ser de interés general. Éste es el concepto tan abierto que la Administración tiene que concretar a la hora de conceder, denegar o revocar la condición de asociación de utilidad pública. Y aquí ya podemos empezar a debatir: los fines cívicos, de protección a la familia, etc. que busca HazteOír ¿son de interés general? Yo diría que no, porque no buscan más que la propia promoción de su ideología mediante campañas mediáticas y de presión. No quieren proteger a “la familia” o a “la infancia”, sino desproteger a cualquier modelo de familia o infancia que no sea el suyo. 

Más aún: el artículo 4.5 LODA prohíbe que los poderes públicos faciliten cualquier tipo de ayuda a las asociaciones que “en su funcionamiento discriminen por razón de (…) cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. El autobús transfóbico que han estado paseando estos días por las calles de Madrid, donde básicamente decían que las personas transgénero son, o bien inexistentes, o bien enfermas, es un caso de libro de discriminación. Eso permitiría a la Administración revocarle cualquier clase de colaboración: aunque el texto del artículo parece pensar en ayudas económicas (subvenciones), no podemos dudar de que la condición de AUP es una importante ventaja. De hecho, el propio ministro dice, en la noticia citada al principio de este texto, que con carácter general se revoca el estatus de utilidad pública a aquellas asociaciones que discriminan.

Así pues, creo que hay razones suficientes para justificar una revocación. Pero yo iría más allá: HazteOír no se ha convertido ahora de repente en un grupo de odio. No. Lo lleva siendo desde su fundación. Incluso aunque obviemos su condición de tapadera de El Yunque, su actividad social siempre ha ido destinada a promover la homofobia y la transfobia, a cercenar los derechos reproductivos y a coartar la libertad de expresión. Eso quiere decir que nunca hubo motivos para beneficiarles con el estatus de utilidad pública. El Estado se equivocó –por decirlo suavemente– cuando se lo concedió.

Un Ministerio valiente iría más allá. No se limitaría a revocar el estatus del que goza HazteOír, sino que intentaría anular el acto administrativo de 2013 donde se lo concede. Para ello tiene que seguir un proceso relativamente largo: debe declarar lesivo el acto y luego impugnarlo ante los tribunales, en una especie de “autodemanda”. Al margen de los efectos materiales que pudiera tener esta actuación, obrar así enviaría un mensaje político importantísimo: la Administración asume su error y apoya a las víctimas de esta asociación.

En fin, esto último no es más que derecho-ficción. No va a pasar. Pero lo que sí es muy posible que suceda es, como hemos visto, la revocación. Y si al final se produce daré palmas. Porque la emisión constante de un discurso de odio podrá ser más o menos lícita en democracia, pero sin duda no hay razón alguna para considerarla de utilidad pública.










(1) Por comparar, el tipo normal en este impuesto es el 25%, las cooperativas tributan al 20% y las entidades de nueva creación al 15%.

(2) Normalmente las personas jurídicas no pueden solicitar este derecho.



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7 comentarios:

  1. No es la solución perfecta, pero para un apaño puede ir valiendo.

    Decimos esto demasiado a menudo para mi gusto últimamente. Casi como si lo mejor a lo que pudiésemos aspirar fuese al mal menor. Y eso jode.

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  2. Gracais por la información~

    Como curiosidad. Estaba en casa con mi padre cuando se puso a ver el porgrama de Equipo de investigación donde destapaban lo de El Yunke y HazteOir... Ya veo que iba en serio, pero mientras lo veía me costaba tomarmelo como tan, me da tanta rabia ese programa, con tanta música y la narración siempre dando tensión y dramatismo a todo...
    En una escena grababan ocultos en los arbustos a una reportera entrando en la sede hazte oir para decir «—¿Podía hablar con el jefe? —No está, lo siento, comono tiene horario fijo... —Vale, gracias, adiós.» CHAN, CHAN, CHAAAAAAN!
    Que repelus de programa pardiez, hasta que no lo vi en las noticias no me lo creí xD
    Y todo el rato pensando... oye, pero eso que dicen que hace el Yunke... no es practicamente lo mismo que hace el Opus? Tu lo has dicho genial, guerra de mafias xDD

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  3. Tu que sabes... ¿no se podría promover judicialmente, desde fuera de la administración, la retirada de la utilidad pública o incluso la revocación del acto original? Por una acusación popular, o ante el defensor del pueblo o yo que se...
    Creo que damos poca guerra judicial a determinados sectores.

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    Respuestas
    1. Buf, imposible. La retirada de la condición de AUP (o la revocación del acto original) es una competencia de la Administración, y un juez no puede meterse así como así. Para meterte en un pleito en vía contencioso-administrativa tienes que tener un interés legítimo, es decir, una cierta conexión con el asunto, de tal manera que te estés jugando algo. Nuestro interés por quitarle beneficios fiscales a HazteOír no cuadra con el término de interés legítimo, me temo.

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    2. (Pero sí, ojalá una asociación dedicada a lidiar en los tribunales con esta gentuza)

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