Cuando yo estaba en la carrera, un
profesor de una asignatura relacionada con el Derecho penal dijo lo siguiente:
“en España se han tomado decisiones muy duras con el objetivo de luchar contra ETA.
Son cosas que apenas se pueden justificar en un entorno sin terrorismo, y sin
embargo se han vendido como medidas normales y no como excepciones. Cuando ETA
se acabe, va a ser imposible echarlas atrás porque sería cambiar de discurso”.
Estas palabras se pronunciaron en el primer cuatrimestre del curso 2011-2012,
es decir, cuando la banda acababa de comunicar el cese de su actividad. Parece que
han resultado proféticas.
El sistema penitenciario descansa sobre
tres órganos situados en equilibrio inestable: el juez penal que sentenció al
reo, el Juez de Vigilancia Penitenciaria del centro donde éste está recluido y
la Administración penitenciaria. Cada uno tiene su propia lista de
competencias, pero se puede decir que normalmente la Administración es quien lleva
a cabo la mayor parte de las actuaciones y que los jueces (sean el sentenciador
o el de Vigilancia) están sobre todo para decidir si esas actuaciones se pueden
ejecutar o para revisarlas tras un recurso. Así, nadie discute que es la
Administración la que decide cuál es el centro de cumplimiento de cada condena,
y eso es lo que permitió que el Gobierno realizara una política de dispersión.
La dispersión de presos de ETA fue una medida
que se tomó en los años grandes de la organización terrorista, cuando había
muchos atentados y, en consecuencia, muchos detenidos. Empezó en los ’80 y se
convirtió en la forma por defecto de tratar a los reos etarras. La idea era
romper las lealtades internas de los miembros de la banda y evitar que de su
acción colectiva surgieran medidas como plantes, motines o fugas. Es decir, se
trataba de una medida que incidía en los derechos de los presos pero que tenía
cierta justificación en el marco de la lucha contra el terrorismo y de la
seguridad en los centros penitenciarios.
No menciono los derechos de los presos
porque sí. Es cierto que el derecho a cumplir condena en el centro
penitenciario más cercano al propio domicilio no está recogido en nuestra
legislación penitenciaria, pero también lo es que puede derivarse del derecho a
la reinserción que tiene todo preso. La reinserción no es un mandato abstracto,
sino concreto: se expresa en actividades formativas y laborales, contactos con
el exterior, salidas programadas, visitas de familiares, etc. El deber del
Estado es doble. Por un lado debe garantizar que haya actividades de
rehabilitación y por otro tiene que evitar el desarraigo social del penado:
este objetivo está incluso reconocido en la Ley General Penitenciaria (1).
No creo que haya ninguna duda de que internar a un penado en una cárcel que
está a setecientos kilómetros de su lugar de residencia es una forma de
generarle ese desarraigo que se supone que tienes que evitar.
Mientras ETA estuvo activa, mantener la
política de dispersión pudo tener sentido. Sin embargo, ahora ya no lo tiene.
No olvidemos la cronología: en 2009 ETA cometió su último atentado, en 2010
mató por última vez, en 2011 anunció el cese de su actividad armada, en 2017 se
desarmó y en 2018 se disolvió. Las cosas han cambiado mucho en estos diez años.
ETA no es un peligro ni lo será. Diga lo que diga la derecha, ya no va a volver;
el nacionalismo vasco de izquierdas tiene representación parlamentaria legal, y
cada vez más las acciones de la banda se acercan al estatus de “mal recuerdo”
(2).
Cuando la realidad social cambia de tal
modo, la ponderación de bienes debe modificarse. Antes la derrota de la banda
estaba en un platillo y los derechos de los presos en el otro; con la banda ya
derrotada, el equilibrio se trastoca por completo. No existe ya ninguna razón
que justifique que los penados etarras cumplan condena lejos de sus lugares de
arraigo. La dispersión debe acabar ya: no solo es una medida que aumenta el
contenido aflictivo de la pena sin ninguna razón, sino que perjudica de forma
notoria a inocentes como puedan ser los familiares de los presos.
Pero claro, si has vendido durante años
que la dispersión no es una medida excepcional justificada por ciertas
circunstancias concretas sino una decisión normal, revertirla es complicado a
nivel de coherencia interna. Aquí se ha visto como algo corriente que los
penados etarras sufran una especie de “pena extra” consistente en mandarles a
cumplir condena a Andalucía o a Extremadura. En vez de entenderse como una
medida necesaria para romper las lealtades internas, se ha vendido como una
sanción más. Y si las cosas son así, ¿qué más da que ETA haya dejado de estar
operativa? Los delitos pasados de sus miembros no se borran, así que ¿por qué
iban a levantarse las sanciones? Esa pandilla de ultrarreaccionarios que son
los autodenominados “colectivos de víctimas” está en la punta del rechazo a
cualquier medida de acercamiento.
Y sin embargo, se mueve. Como decía el
otro día el periodista Borja Ventura (en un hilo, por cierto, lleno de
enlaces para ampliar información sobre el tema), se está creando un estado de
opinión a favor de que los presos etarras cumplan condena en País Vasco. Hasta
ahora solo los colectivos de apoyo a los presos defendían abiertamente la
“vuelta a casa”, pero cada vez más hay quien se planta contra la locura que
supone la dispersión en una sociedad sin ETA. En el hilo de Twiter que he
enlazado en este mismo párrafo hay artículos pro-acercamiento de personas tan
poco sospechosas de simpatizar con ETA como miembros del Consejo General de la
Abogacía o el ex director de la Oficina de Atención a las Víctimas.
Uno de los puntos más candentes de este
debate que empieza a producirse es si los presos deben pedir perdón y
distanciarse de ETA para que se les permita el traslado a cárceles vascas. A mi
entender, no debe ser así. Fomentar que solo sean reubicados en Euskadi los
presos que estén reinsertados (o, más aún, que haya hasta grados, de tal manera
que se coloque más lejos a los más empecinados) es seguir con esa misma
dialéctica. De hecho, es acentuarla. Si te portas bien, te acercamos; si te
portas mal, te quedas cumpliendo condena en Andalucía.
Esto no quiere decir que minusvalore
logros como los de la vía Nanclares. Me parece muy importante que existan
mecanismos para fomentar que los presos etarras tomen conciencia de lo que
hicieron, se separen públicamente de la banda, renuncien a la violencia e
incluso tengan encuentros con víctimas para pedir perdón. De hecho, es algo
absolutamente necesario para conseguir la reinserción en delitos que no se
cometieron por pobreza o por toxicomanía sino por convicción. Pero esto va de
derechos, y si acceder a mecanismos de reinserción es un derecho de los presos,
también lo es no aprovecharlos sin que esto deba suponer un empeoramiento de
sus condiciones penitenciarias. Reinsertarse debería estar recompensado; no
reinsertarse no debería estar castigado.
Al final, creo que prefiero quedarme con
lo positivo. El otro día, varios colectivos de víctimas dejaron solo a Pablo
Casado en sus críticas al acercamiento de unos presos que habían cumplido todos
los requisitos de la vía Nanclares. Luego matizaron que lo hacían solo porque
esa medida “cumplía la ley”, al contrario de lo que haría una reubicación
masiva. Dejando a un lado la mentira, si hasta los autodenominados colectivos
de víctimas van aceptando los acercamientos, aunque sean de momento solo los de
presos arrepentidos, es que estamos yendo en la dirección correcta.
(1) Cuando investigas sobre el tema te
encuentras textos que citan un supuesto “artículo 9 del Reglamento
Penitenciario” que exige, con esta misma finalidad, que las áreas territoriales
tengan en cuenta el Estado de las Autonomías. En realidad esta norma, que se
limita a copiar el artículo 12 de la Ley Penitencia y a añadirle lo del Estado
autonómico, pertenece al Reglamento Penitenciario antiguo, derogado en 1996.
(2) Una amiga me contó la siguiente
anécdota: en un grupo de WhatsApp alguien llamó “etarra” a otra persona. Una de
las integrantes del grupo, que por aquel entonces (2017) tenía unos 14-15 años,
preguntó qué significaba esa palabra. ¿Alguien se imagina a un adolescente de
los ’80, los ’90 o incluso los ’00 haciendo esa pregunta?
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La verdad es que es de vergüenza ajena. El PP con tal de no renunciar a su estrategia de conseguir votos a base de aterrorizar sobre ETA no se para a pensar en nada más.
ResponderEliminarLo que cuentas sobre el adolescente no es nada extraño. El otro día estaba leyendo justamente esta entrada con el móvil en la sobremesa, y mi primo de 8 años (es un cotilla xDD) se acercó a curiosear y me preguntó qué era ETA. Yo, que tenía 8 años a finales de los 90, recuerdo haber oído toda la vida algo sobre ETA, si no era en las comidas familiares era en la tele. Probablemente quienes en 2016 tenían 14-15 años no entendieron nada en un primer momento sobre el caso de los titiriteros.
No había pensado en lo de los titiriteros, pero es totalmente cierto.
EliminarLa verdad es que la lucha antiterrorista está a caballo entre la justicia y la guerra. Como dije hace tiempo, tiene cierto sentido que se nieguen medidas encaminadas a la reinserción a alguien que no puede ser reinsertado mientras siga formando parte de un grupo terrorista ya que él mismo no se considera parte de esta sociedad y quiere sustituirla por otra a la fuerza (independientemente de lo buena o mala que pueda ser esta otra sociedad). No obstante, finalizado el grupo, ya no tiene a quien ser leal así que esas medidas dejan de tener sentido y se debería poder (si en este país las cosas se hiciesen con la cabeza y no con los pies) hablar del tema y discutir las consideraciones políticas y técnicas.
ResponderEliminarRespecto al acercamiento de presos, me parece algo que a nivel teórico es muy razonable, la cuestión ya sería ver si hay suficientes prisiones en Euskadi para que sea factible, puesto que las noticias que me llegan son que, en general, el sistema penitenciario español está masificado. En cualquier caso que sea técnicamente factible no debe ser únicamente para facilitar esto sino, en general, para tener un sistema de prisiones coherente y con los recursos como para que las prisiones sirvan efectivamente para la reinserción.
La lucha antiterrorista no debe estar a caballo entre la justicia y la guerra: es justicia, no guerra.
EliminarNo había pensado en el tema de la capacidad de las prisiones vascas, la verdad xD
No me has entendido, me refiero a que tiene consideraciones defensivas/militares más allá de las puramente jurídicas, ya que los grupos terroristas por lo general ponen al propio Estado como su objetivo a abatir, y su comportamiento y estructura son paramilitares. De hecho muchos grupos terroristas o bien derivan en ejércitos o bien son los remanentes de ejércitos, aunque no es el caso de ETA. Sus miembros luchan (o al menos eso creen) una guerra (de tipo asimétrico) por unos objetivos (por ejemplo ETA luchaba por la independencia vasca). A eso es a lo que me refiero: no basta únicamente las consideraciones jurídicas a la hora de enfrentar a la amenaza terrorista, pero una vez acabada las consideraciones que deben tomarse son las únicamente jurídicas. Quiero decir, es más bien raro en la Historia mundial (y militarmente absurdo) que un bando victorioso en una guerra se ensañe encarcelando a los militares de bajo rango del otro bando (por ejemplo) por haber estado en ese bando. Por ejemplo: tras la 2ªGM juzgaron y condenaron a muchos de los líderes nazis pero a los soldados rasos y a la gente de poco rango y poca responsabilidad casi que ni la tocaron, igual en China habitualmente en las guerras (sobre todo civiles) la política era "los cabecillas serán condenados, los secuaces serán perdonados". Yendo a este caso y teniendo también consideraciones jurídicas, la pena y protocolo de los presos de ETA debería ser la que corresponda de acuerdo a la ley suponiéndose que no se tratase de una banda terrorista.
EliminarLo de las prisiones es una pega que he oído a veces discutiendo el tema con mi madre (es abogada retirada): dice que está bien en teoría pero que hay pocas prisiones en Euskadi y están masificadas ya.
Si lo he entendido, pero es que no estoy de acuerdo. Que el grupo terrorista crea vivir una guerra no quiere decir que el Estado deba comprarle la retórica. Precisamente un triunfo del Estado de derecho es sacar al ejército de las operaciones antiterroristas y dejárselo a la policía y a los jueces, como la lucha contra cualquier otro delito.
EliminarNo he dicho que haya que mandar al Ejército, primero porque la policía está lo suficientemente capacitada y cualificada como para hacer frente a la amenaza y segundo porque desde un punto de vista estratégico sería contraproducente. Que se emplee un enfoque militar no es que se mande al ejército directamente, sino simple y llanamente que se tome como objetivo de las operaciones policiales la eliminación de la banda y, a nivel político, se realice una desautorización de la misma.
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