lunes, 25 de abril de 2016

La Audiencia Nacional como tribunal político

Hoy me ha dado por recordar la canción L’estaca, de Lluis Llach. Para quien no la conozca, es uno de los hitos de la canción protesta contra el franquismo. Habla de una estaca a la que estamos todos atados. La estaca está podrida y llena de carcoma, y si tiramos fuerte caerá. Al final, por supuesto, todos sabemos lo que pasó: a la estaca le dieron una manita de barniz, le colocaron unas cintas de colorines y ha tirado otros cuarenta años. El problema es que, de un tiempo a esta parte, se vuelve a ver la podredumbre.

En la canción, el yo poético expresa desaliento ante la posibilidad de derribar la estaca: “sé que está podrida, pero es que cuesta mucho; se me desuellan las manos y, cuando paro, es más grande y más fuerte”. Algo parecido nos pasa ahora. Hay algunos elementos que hacen que el régimen del ’78 sea “más grande y más fuerte” cada vez que nos enfrentamos a él. Uno de esos elementos es la Audiencia Nacional, verdadero guardia de la porra del sistema.

¿Por qué digo que la Audiencia Nacional es “más grande y más fuerte” cada vez que nos enfrentamos al sistema? Porque va quitándose cada vez más la careta y va virando más hacia un puro tribunal político. Sus decisiones son cada vez más absurdas, más autoritarias y menos proporcionales. Lo vimos en el caso de Guillermo Zapata, lo vimos en el caso de los titiriteros y lo podemos ver en un auto que acaba de salir sobre las pitadas al himno en la final de la Copa del Rey de 2015.

Recordemos los hechos: en ese partido, al que asistía el rey Felipe VI, hubo una intensa pitada cuando sonó el himno de España. Manos Limpias, ese perejil que está en todas las salsas judiciales de este país, denunció más o menos a todo el mundo (delegada del Gobierno incluida), y el asunto acabó en manos de uno de los Juzgados Centrales de Instrucción, el nº 4. Los Juzgados Centrales de Instrucción (JCI) son los órganos que investigan aquellos delitos que posteriormente juzgará la Audiencia Nacional (1).

El JCI nº 4 aceptó que tenía competencia para investigar los hechos (2), pero a la vez le dio carpetazo al caso. ¿La razón? Que una pitada al rey no es delito, como había declarado la propia Audiencia Nacional en 2009, ante unos hechos idénticos. El fiscal recurrió este auto y todo el mundo se olvidó del asunto… hasta esta semana. La Audiencia Nacional revoca el auto por el que se archiva el caso y manda al JCI nº 4 que lo reabra y que siga investigando. Pero lo malo no es eso. Lo malo es el razonamiento, por llamarlo de alguna manera, que emplea el digno tribunal.

Dice la Audiencia Nacional que estos hechos y los de 2009 no son idénticos. Puede tratarse de dos pitadas al mismo himno, en el mismo evento (la final de la Copa del Rey) y por las mismas razones independentistas. Pero no son hechos equiparables. ¿Por qué? ¿Qué sucede entre 2009 y 2015? Pues la Audiencia Nacional os lo aclara: que cambia el ambiente político. Lo que leéis. Concretamente: “que el ambiente institucional respecto a la independencia de Cataluña en el año 2009, es muy diferente al de 2015. Basta ver como hecho notorio, los acontecimientos sobre todo las decisiones políticas de los órganos de Gobierno de Cataluña que se han adoptado en los últimos dos años en orden a conseguir la independencia de Cataluña respecto a España”.

El resto del auto no es más que un desarrollo de estas ideas. Pese a que el tribunal se apresura a decir que no puede entrar a juzgar el deseo de independencia de parte de la sociedad catalana (menos mal), matiza que “lo que no puede compartirse es la vejación a los símbolos de la nación española, como es su himno, y al Jefe del Estado, de una manera planificada (…), aprovechando una ocasión en la que la publicidad a través de los medios de comunicación que secundaron el evento deportivo era evidente que potenciaba el deseo de menospreciar a España”. Todo lo cual está muy bien, pero sigue sin explicar por qué estos mismos hechos (incluyendo la planificación previa y el aprovechamiento de la publicidad que recibe el evento) eran lícitos en 2009 y dejan de serlo en 2015 si la ley es la misma.

Ni siquiera me voy a meter a analizar despropósitos como la afirmación de que pitar a alguien puede constituir injuria (3). No hace falta. Si los párrafos que he citado os parecen una barbaridad es porque lo son. Decía el otro día Jacobo Dopico, que aparte de ser una persona majísima es catedrático de Derecho Penal, que si algo así lo pone un alumno en un examen es para suspenderle sin más. ¿Cómo va a cambiar la valoración jurídica de un asunto dependiendo del clima político que se vive en cada momento? ¿Es que la libertad de expresión depende de cuánto tense la cuerda de la independencia el presidente de la Generalitat?

Centremos el debate. No estamos hablando de que, ante la posibilidad de una declaración de independencia, las Cortes saquen una ley castigando las pitadas en estadios. Eso podría criticarse desde muchos planos, pero mientras la ley siguiera vigente el juez tendría que obedecerla. Tampoco hablamos de que la Audiencia Nacional cambie de criterio, que diga “en 2009 nos equivocamos, pitar al himno es delito”. No, lo que ha pasado aquí es otra cosa. Es que la Audiencia Nacional, con la misma ley, decide que un hecho que en 2009 no era delito (de forma clara, evidente y meridiana) ahora puede serlo porque la situación política ha cambiado. No se critica la decisión de 2009: se dice que fue correcta pero que el avance del proceso independentista en Cataluña obliga ahora a adoptar otra aunque los hechos sean idénticos.

A esto me refiero cuando digo que se ha quitado la careta. A que muestra, cada vez más, que es un tribunal político, que razona de acuerdo con criterios de oportunidad. No soy un ingenuo: sé que esa clase de argumentos siempre están presentes en la cabeza de los jueces. Pero una cosa es que la situación política permita explicar por qué se dicta una determinada sentencia en un momento histórico concreto y otra que a sus señorías ya les dé igual ocho que ochenta y lo pongan en los fundamentos jurídicos. Lo primero es normal porque todos los seres humanos nos vemos influidos por nuestras ideas políticas; lo segundo roza la prevaricación (por ser benévolos) y es propio de un Estado totalitario.

Restringir así como así la libertad de expresión es una decisión muy seria, que sólo puede hacerse en casos como el estado de excepción o el de sitio. La Audiencia Nacional, evidentemente, no es competente para declarar este estado. Pero da igual porque ¿sabéis que es lo peor? Que nadie se ha hecho eco de esta barbaridad de auto fuera de medios jurídicos. Vamos hacia un estado de excepción permanente, de continua restricción de derechos. Y nos estamos acostumbrando. Ya vemos estas cosas con cinismo, cuando no con normalidad. Nos dirigimos a un régimen autoritario sin que nos salte ninguna alarma. Deberíamos dar un paso atrás y pensar: ¿jueces razonando con base en la situación política? ¿Policía yendo a las casas de la gente a detenerla por tuits? ¿Vulneración sistemática de la ley en desahucios y manifestaciones? ¿Pero esto qué mierdas es?

La estaca sigue presente. Nunca nos libramos de ella y, cuanto más tiramos, más evidente se hace su presencia. Tiene muchas formas de hacer nuestra vida peor y más miserable, y también de adormecernos para que asumamos que su presencia es natural y normal. Pero no deja de estar podrida: recordemos eso y sigamos tirando.






(1) O los Juzgados Centrales de lo Penal, dependiendo de la gravedad.

(2) La razón es que los hechos pueden calificarse como un delito de injurias al rey (artículo 490.3 CPE), delito que es competencia de la Audiencia Nacional.

(3) Es cierto que, según la RAE, una injuria es una “ofensa”, un “ultraje de obra o de palabra”, y en ese sentido una pitada masiva podría ser injuriosa. Pero el Código Penal utiliza un concepto de injuria más restringido: es injuria “la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona”, teniendo en cuenta que sólo son delito aquellas que “sean tenidas en el concepto público por graves”. Es decir, que los pitidos mal pueden considerarse injurias. Pero la Audiencia Nacional necesita que se consideren como tales porque, como vimos en la nota al pie anterior, si no fuera así perdería la competencia sobre el asunto.




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9 comentarios:

  1. Si quieres hacer algo útil de verdad, deberías practicar mejor la retórica o dejar de usarla. Es un consejo amigable, ������

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  2. https://pbs.twimg.com/media/Cg6kc8PXEAADKGt.jpg

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    1. JAJAJAJJAJAJAJAJAJAJAJAJAJJAJAJAJAJAdios qué pena dais, en serio, traduciendo (encima de forma deficiente) basura yanqui corta de miras.

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    2. Espera, me informan de que encima es un texto MRA puesto encima de un cómic feminista: http://www.sinfest.net/view.php?date=2011-10-09

      JAJAJAJAJJAAJAJAJAJJAJAJAJJAJAJAJA O sea, haces un cómic para acusar a las mujeres de "no producir nada de valor cultural"... ¡y lo plagias! JAJAJAJAJJAJAJAJAJA En serio, un día se me va a desencajar la mandíbula de vuestras gilipolleces...

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    3. No te enteras, mi comandante...

      No es un texto MRA. Es más tirando a MGTOW. Los MRA son unos ingenuos. No salen del tema de las denuncias falsas, cuando el asunto es mucho, muchísimo más profundo...

      De nada por el mansplaining, pequeño esbirro feminista...

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    4. Joder, ¿y esta disensión? ¿A los varonistas no os llega con maltratar a las mujeres de vuestro entorno y necesitáis pelearos entre vosotros? Pero bueno, lo entiendo, fusilar cómics ajenos debe ser un trabajo agotador y tenéis que soltar presión :(

      A mí lo que me parece mal de los MGTOW es que no hagáis de verdad lo de dejar en paz a las mujeres de vuestro entorno. ¡Cumplid, cumplid con vuestro sueño, animalicos!

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    5. No entiendes prácticamente nada de MGTOW. Tampoco espero que lo entiendas, total, tu interés es nulo...

      Discúlpame, que tengo que oprimir a unas cuantas mujeres, que este mes voy un poco flojo...

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    6. Entiendo que sois mucho de decir que vais a seguir vuestro "own way" y luego, cuando ya nos habíamos hecho ilusiones, que resulte que no :(

      Hasta nunca, guapetón ;)

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