sábado, 20 de septiembre de 2014

La consulta catalana

Las leyes de la historia dicen que en épocas de crisis políticas y económicas cobran fuerza los movimientos centrífugos. Cuando un país deja de responder a las aspiraciones de sus ciudadanos hay secesiones, desintegraciones o Estados fallidos. Los Estados no tienen ninguna posibilidad de mantenerse si no consiguen que sus ciudadanos sean razonablemente felices dentro, y es forzoso reconocer que España ha fracasado estrepitosamente en esa materia. Si yo, más madrileño que la Mariblanca, quiero independizarme de esta sentina de país, qué no querrán los catalanes, que además tienen hechos diferenciales suficientes como para inventarse un discurso nacional propio.

El último paso de este proceso de independencia se ha dado hoy con la aprobación, por aplastante mayoría (el 79% de los diputados presentes, que eran todos menos uno, ha votado a favor) de una ley que permite consultarle a la ciudadanía catalana cuál es su voluntad. La nueva norma se llama, en castellano, Ley de Consultas Populares no Refrendarias y de Participación Ciudadana, y según el Gobierno es poco menos que la sexta trompeta del Apocalipsis: aparte del preceptivo anuncio de un recurso ante el Tribunal Constitucional, se ha amenazado incluso con suspenderle la autonomía a Cataluña.

Seamos claros: la nueva ley es frontalmente inconstitucional. Pese a su nombre lo que establece no es otra cosa que un referéndum. Dice su artículo 3 que una consulta no refrendaria es “la convocatoria hecha por las autoridades competentes (…), a las personas legitimadas en cada caso para que manifiesten su opinión sobre una determinada actuación, decisión o política pública, mediante votación”. Esta consulta se puede dirigir a los ciudadanos de todo el territorio, se resuelve mediante votación secreta hecha en mesas y tiene organismos específicos que velan por su independencia.

Pues bien, según el TC, un referéndum es “aquella consulta cuyo objeto se refiere estrictamente al parecer del cuerpo electoral (…) conformado y exteriorizado a través de un procedimiento electoral”. Sigue el Tribunal diciendo “para calificar una consulta como referéndum (…) ha de atenderse a la identidad del sujeto consultado, de manera que siempre que éste sea el cuerpo electoral, cuya vía de manifestación propia es la de los distintos procedimientos electorales, con sus correspondientes garantías, estaremos ante una consulta referendaria.” (STC 103/2008, FJ 2). Es decir, exactamente lo que se aprueba en la ley catalana… y lo que se aprobaba en la ley vasca que dio origen a la sentencia que acabo de citar (1).

Y lo que sucede es que el referéndum es una competencia exclusiva del Estado según el claro, evidente y muy poco matizable artículo 149.1.32º CE. No obsta a ello que el Estatuto de Autonomía catalán, en su artículo 122, habilite a la Generalitat para convocar consultas populares. El propio precepto excluye el referéndum, y el Tribunal Constitucional dijo también que el artículo sólo era conforme con la Constitución haciendo esa salvedad (STC 31/2010, FJ 69).

Así que, sí, la ley catalana es inconstitucional por encima de toda duda y el referéndum que se convoque en su nombre será ilegal. El Gobierno tiene una amplia variedad de medios para impedir la consulta, desde recurrir al Tribunal Constitucional (en cuyo caso la ley quedaría suspendida) hasta tratar de activar el procedimiento del artículo 155 CE para poder darles órdenes a las instituciones catalanas (2). Si es voluntad del Gobierno, la consulta no se celebra.

Sin embargo, la pregunta no es en realidad “¿puede el Gobierno parar la consulta?” La pregunta es otra: “¿debe hacerlo?” Sí, hay un incumplimiento de la legalidad, pero ver sólo eso es de ser muy corto de miras. Aplicar la solución jurídica a rajatabla sólo lanza el problema hacia delante. ¿Qué pasa después de que el Tribunal Constitucional anule la consulta? ¿Elecciones plebiscitarias? ¿Y luego? ¿Un órdago independentista en forma de declaración de independencia o redacción de una Constitución? Y después de que eso pase, ¿qué va a hacer Rajoy? ¿Mandar al ejército? Por poder puede, pero ¿es conveniente que siga tensando la cuerda?

Cada cosa que hace el Gobierno con el tema de Cataluña genera más cabreo y más independentismo. Pasó en la segunda legislatura de Aznar y está pasando ahora. Yo creo que el PP con mayoría absoluta es incapaz de concebir que haya un problema que no pueda solucionar pasando el rodillo parlamentario. Y así no se puede gobernar. La cuestión catalana exige diálogo y pacto: los deseos independentistas no se desactivan insultando a quienes los tienen, sino procurando que tengan ganas de quedarse en España.

No sé hacia dónde va el proceso de independencia de Cataluña, pero no veo muchos escenarios posibles: o se desinfla solo, o hay un golpe de fuerza del Estado o lo consiguen. La primera posibilidad no parece plausible y las otras dos no me gustan. En cuanto a una salida pactada, algo como lo que ha ofrecido Cameron a los escoceses si triunfa el “no” (3)… sinceramente, no veo capaz al Gobierno de prometer algo así. Rajoy es un señor de orden, y los señores de orden no pactan las cosas.

Termino con una reflexión personal: Cataluña aporta mucho al conjunto del Estado. No hablo sólo de economía, que también, sino de cultura, de patrimonio histórico, de diversidad lingüística y de todas estas cosas que nos enriquecen. Me da una rabia extrema que el PP haya generado un callejón sin salida pudiendo no hacerlo. Llegados a este punto creo que sólo nos queda ver cómo evolucionan los acontecimientos y esperar que, si se celebra una consulta, los catalanes decidan no irse. Porque si deciden que se van no los va a parar nadie.






(1) No son casos exactamente iguales, ya que la ley vasca directamente convocaba la consulta mientras que la catalana habilita al Gobierno autonómico para hacerlo, pero los argumentos que se esgrimieron contra una valen contra la otra.

(2) Y eso que ya no forma parte de nuestro Código Penal el absurdo delito de convocatoria ilegal de referéndum.

(3) Mutatis mutandis, claro. Reino Unido y España tienen muy poco que ver a nivel constitucional.



12 comentarios:

  1. Ya que hablas de la a) Consulta catalana y b) del aborto vamos a mencionar unas cuantas cosas, a ver si no me las censuras.
    1ª Es una vergüenza y puro cachondeo que la Union Europea que ha jaleado el proceso independentista de Ucrania y que ha ocasionado su guerra civil se rasgue las vestiduras cuando tiene el proceso independentista en casa: sea Escocia, Cataluña, Euskadi, Corcega, Pais de Gales o sea donde sea.
    2º Toda sociedad que admite la Ley de Divorcio en las familias debería asumir y aceptar la posibilidad de “divorcios” dentro de los estados, incluidos Francia, Reino Unido, España.
    3º Una mera consulta no vinculante no debería ser atajada con el uso de la fuerza militar tal como se esta planteando en muchos sectores, sectores que por cierto han aplaudido el golpe de estado militar que de modo unilateral ha provocado la guerra civil de Ucrania.
    4º Cada vez somos mas los ciudadanos que reclamamos de modo urgente que lo mismo que existe una ley de divorcio y una ley del aborto se elabore una ley de renuncia a la paternidad.
    5º Es absolutamente demencial que un hombre que acuda a un negocio PRIVADO como lo es cualquier clínica de inseminación artificial pueda renunciar LIBREMENTE a la paternidad, y que no lo pueda hacer el resto de la población.
    6º Cada vez son mas evidentes las contradicciones de los que se creen progres y creen en el divorcio de las familias e incluso de los divorcios de los estados pero no en el divorcio dentro del estado que ellos quieren defender.
    7º Y no hablemos de contradicciones de aquellos que creen que una mujer puede decidir de modo UNILATERAL a los 2 meses del embarazo DECIDIR si son madres o no, sin consultar al padre biológico y sin embargo NIEGAN dicho derecho al varon.
    8º Elaborar un proyecto de ley que desarrolle la posibilidad de consultas a la población en procesos independentistas asi como la posibilidad o que debería ser el derecho a renunciar a la paternidad es absolutamente prioritario.
    9º La propia Constitución en su redacción inicial MENCIONABA la posibilidad INICIAR procesos independentistas de facto, no meras consultas, o sea que no puede ser INCONSTITUCINAL una mera consulta.
    10º Evidentemente el carácter supuestamente LIBERAL de algunos y algunas todos sabemos que es de boquilla y no puede existir ni desarrollarse libertad alguna en terreno, ni político, ni familiar, ni sexual, ni nacional, si no se consolida de una una vez por todas la LIBERTAD DE EXPRESION.

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    1. Lo he leído en diagonal. Qué ensalada tienes en la cabeza, joder xD

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  2. Creo que a la pregunta “¿Qué te parece que jugadores independentistas jueguen en la Selección de futbol? la respuesta es que exactamente lo mismo que si juegan en el Liverpool, Barcelona o Real Madrid, son club, empresas y nada mas.
    Pero si creo que toda persona que admite que debe existir una ley de divorcio que permita separarse a las parejas también debe aceptar procesos de separación dentro de los estados por pura ley natural.
    La consulta catalana debería ser aceptada con la misma naturalidad que se acepta el divorcio.

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    1. Ya te leí una vez, ¿por qué me lo dices una segunda?

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    2. El caso es que si se niegan a jugar los sancionan, y la objeción de conciencia no vale.

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    3. Si hay que elegir entre que haya jugadores independentistas en la Selección y que se nieguen y sean sancionados escojo quedarme en casa durmiendo.

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  3. Lo que no entiendo es que si en la Constitución pone que la Declaración Universal de Derechos Humanos está por encima de ella y en la declaración pone que todos los pueblos tienen derecho a la libre autodeterminación, ésta sea ilegal

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    1. Premio doble: ni en la Constitución pone eso ni la DUDH consagra ese derecho.

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    2. Bueno, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sí y está rattatiificado.

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    3. Sí, claro, en el PIDCP sí, y en una carretada de resoluciones de Naciones Unidas. Pero ya.

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    4. ¿Y por qué no cuenta?

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    5. Porque todo ese material se refiere, en su mayor parte, a pueblos coloniales.

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