miércoles, 8 de junio de 2011

No a las listas abiertas (I)

En estos días de movilizaciones, donde se oye a muchos indignados exigir listas abiertas, yo voy a argumentar en su contra. Creo que no son convenientes para nuestra democracia, no por ellas mismas (permitir que no entren en las instituciones personajes tremendamente impopulares, por ejemplo, por corruptos) sino por lo que implican. Me voy a centrar en los efectos que tendrían las listas abiertas en la realidad (es decir, en los efectos del sistema sobre una ciudadanía a la que mayoritariamente no le interesa hacer un análisis riguroso de los candidatos) y sin importarme los impedimentos constitucionales que hay a su instauración.

Antes de empezar el análisis, tenemos que hacer un comentario sobre algunos conceptos electorales. El primero de ello es el de distrito o circunscripción: una circunscripción es un ámbito donde se eligen representantes. Este ámbito suele ser geográfico: en España, la circunscripción es la provincia, lo que quiere decir que cada partido presenta una lista diferente en cada provincia, los votos se cuentan por provincia y de cada provincia sale un cierto número de diputados. Otras circunscripciones no son territoriales, sino por residencia (Italia tiene una circunscripción para emigrantes), etnia (Nueva Zelanda tiene una circunscripción para los maoríes) o incluso sexo.

Estos distritos tienen una cierta magnitud: magnitud del distrito es el número de diputados que elige ese distrito. Hablamos así de distritos uninominales (eligen a un solo diputado) y plurinominales (eligen a varios diputados).

Con todo esto, ya podemos hacer una tipología general de sistemas electorales. Estos pueden ser de dos tipos:

·        Proporcionales: una vez emitidos los votos, se cuentan y cada candidatura se lleva un número de escaños más o menos proporcional a los votos obtenidos. Es el sistema español, aunque en nuestro caso es muy poco proporcional. Obviamente, debe haber más de un escaño a repartir, es decir, sólo se puede aplicar en distritos plurinominales.
           En este sistema no caben listas abiertas: las candidaturas las forman listas, y una vez que se sabe cuántos escaños consigue cada lista, se atribuye uno a cada miembro de la lista por orden. Si cada ciudadano pudiera añadir o quitar candidatos o formar listas propias, no sería posible realizar esta operación, ya que la lista a la que ha votado cada ciudadano podría ser potencialmente diferente a la de todos los demás.
·        Mayoritarios: una vez emitidos los votos, se cuentan y el que gana se lo lleva todo. Este sistema puede aplicarse tanto en distritos uninominales como plurinominales:
o   Uninominales: el que gana se lleva el escaño (Reino Unido, Francia). Tiene la ventaja de que hay una relación muy cercana entre diputado y representados, porque son distritos muy pequeños.
o   Plurinominales: es posible que el que gane se lleve todo (se vota a una lista cerrada y la que gane se lleva todos los escaños), pero también es posible abrir las listas. En ese caso, cada ciudadano selecciona de una lista electoral los candidatos que quiere que le representen, y los votos se cuentan por candidatos, no por lista. Los candidatos que más votos tienen, que pueden ser de varios partidos, ganan los escaños. Este es el sistema aplicado en el Senado de España.

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