miércoles, 23 de febrero de 2022

El acoso a los hijos de Pablo Iglesias

Antes de que empezara todo el sainete del PP (el cual analicé de manera absolutamente errónea en el artículo anterior), estábamos todos indignadísimos por la sentencia que había absuelto al periodista de OKDiario que acosó a los hijos de Pablo Iglesias e Irene Montero. En especial el argumento de «como son niños no se enteran del acoso» nos resultaba inaceptable. Una semana después, y aunque a nadie le interesa ya, podemos analizar la sentencia un poco más en serio.

Los hechos probados son los siguientes: el acusado, Alejandro Sanmiguel, periodista, se enteró de que los dos hijos de Iglesias y Montero acudían a cierta vivienda a ser cuidados por una mujer. Con intención de investigar las condiciones de trabajo de dicha cuidadora, a la que la sentencia anonimiza como «Covadonga», hace lo siguiente:

  1. Se persona en la vivienda, llama al telefonillo varias veces y se marcha cuando no le abren (7 de noviembre de 2019).
  2. Llama unas cuatro o cinco veces a Covadonga, sin que ella conteste (días siguientes).
  3. Vigila la casa de Covadonga desde un coche (14 de noviembre).
  4. Realiza una grabación con cámara -cuyo contenido se ignora- cerca del domicilio (26 de noviembre).
  5. Acude a la vivienda, llama al telefonillo varias veces y se marcha cuando un hombre le dice que no hay ninguna guardería (3 de diciembre).

 

Además, el 5 de diciembre una periodista del medio llama a Covadonga, que le dice que no quiere dar ninguna información.

A partir de estos hechos, el juez decide absolver a Sanmiguel del delito de acoso. Y, mal que me pese, debo darle la razón.

El acoso se convirtió en delito en una fecha tan reciente como 2015. Antes de eso lo que había (y sigue habiendo) eran acosos «con apellidos»: acoso sexual, acoso inmobiliario, acoso laboral, etc. Pero lo que no había era un artículo del Código Penal que sancionara la conducta del que vigila a otra persona en su portal, la llama constantemente y trata de poner a sus amistades en su contra. Eso no se castigaba.

Desde 2015 se castiga. El delito impone 3 meses a 2 años de prisión o 6 a 24 meses de multa a quien:

  • Realice de forma insistente, reiterada y sin autorización alguna de las conductas que sanciona la ley: vigilar a la víctima, buscar su cercanía física, establecer o intentar establecer contacto con ella, contratar productos a su nombre, amenazarla a ella o a otra persona próxima, etc.
  • Con esta conducta, altere gravemente la vida cotidiana de la víctima.

 

Además, la ley configura este delito como semipúblico. Eso quiere decir que solo se puede perseguir previa denuncia de la víctima, que es quien sabe mejor que nadie cuán intenso fue el acoso y cómo la afectó. Y este es, precisamente, el primer argumento utilizado por el juez para absolver a Sanmiguel: aquí la víctima (la «persona agraviada» o el «sujeto pasivo» en la terminología legal) es Covadonga, la cuidadora. Es ella quien tuvo a Sanmiguel picándole la puerta, haciéndole llamadas y tomando vídeos en su barrio. Pues bien, esta señora no ha denunciado. Sin este requisito procesal, no se puede condenar a nadie.

Toda la actividad procesal de Iglesias y Montero se ha dirigido a un único fin: demostrar que sus hijos (que son menores de edad y están representados por sus padres) son también personas agraviadas por el delito y, por tanto, el procedimiento puede iniciarse en su nombre. Reconocer esto sería particularmente relevante porque elevaría la pena, ya que las víctimas serían especialmente vulnerables por edad. Esto ha dicho el juez al respecto:

«Tampoco se puede otorgar tal cualidad [la de persona agraviada] a sus hijos quienes, con poco más un año en la fecha de los hechos, con toda seguridad eran ajenos a lo que ocurría a su alrededor y concretamente a las llamadas a la puerta o por teléfono que pudiera hacer el acusado. Este último de hecho sólo va a la casa de la cuidadora y toca a la puerta dos veces (…) por lo que se descarta tajantemente que los mismos pudieran ser sujetos pasivos del delito, estuvieran o no en la casa en dichos momentos».

No puedo por menos de coincidir. Ni siquiera se sabe si los niños estaban en la casa en los momentos en que Sanmiguel se acercó a tocar el timbre o llamó por teléfono a su cuidadora. Aunque hubieran estado, hablamos de llamadas al telefonillo y al teléfono, y con una periodicidad muy poco intensa. Es difícil entender que la vida cotidiana de los menores se haya visto afectada por algo así. Esto impide considerarlos víctimas y, por tanto, estimar la denuncia interpuesta por sus padres en su nombre.

Es cierto que este argumento del juez es un poco circular: no entramos a analizar la conducta del denunciado porque el proceso no lo inicia una víctima, y los menores que le denuncian no son víctimas porque la conducta fue muy leve. Por esa razón el juez dedica las dos últimas páginas de la sentencia (que es bastante corta) a analizar los hechos, asumiendo de forma hipotética la legitimación de Iglesias y Montero. Y tampoco así encuentra razones para condenar.

Es en esta parte de la sentencia donde están las frases más discutibles. El juez afirma que, de acuerdo con la jurisprudencia, este delito suele cometerse en el ámbito de la violencia sobre la mujer, más concretamente tras una ruptura que actúa como detonante. «Y no es casualidad», dice, «porque normalmente para que se den estas situaciones de persecución tan intensas (…) debe haber una relación previa que genere en uno de ellos un resentimiento muy acentuado y que induzca al sujeto activo a realizar actos que van mucho más allá de la molestia». Y más adelante sostiene que es «ciertamente raro que este tipo de delito se pueda dar en supuestos donde no hay una animadversión muy intensa entre los implicados».

Todo lo cual es cierto, pero no tiene mucho que ver con los hechos. Que este delito suela cometerse en el marco de una relación personal no quiere decir que no pueda cometerse en otros contextos, más aún cuando Iglesias y Montero son, gracias a la prensa de derechas (prensa como el medio que envió a Sanmiguel), dos de las personas más odiadas de este país. Desde esta perspectiva, es ridículo descartar la posibilidad de acoso.

Una vez terminada esa especie de exposición previa (que, como digo, creo que sobra bastante), el juez comienza a argumentar por qué no hay acoso:

 

1.- Sanmiguel no llegó ni siquiera a ver a Covadonga, ni a hablar con ella. Esta no le pudo decir que la dejara en paz, que sería un dato relevante para entender que hay acoso: la voluntad por parte de la víctima de cesar la conversación (1). Sanmiguel y Covadonga no tenían ninguna relación previa de enemistad, por lo que para castigar por acoso sería necesario que esta le dejara claro que no quería más acercamientos.

2.- Se probaron cuatro actos presenciales en la urbanización de Covadonga (dos llamadas al telefonillo y dos permanencias en el vehículo) y cuatro o cinco llamadas, todo ello en el lapso de un mes. Ni las llamadas al telefonillo ni las telefónicas se realizaron con más duración de la normal o en horario inapropiado. Cuando, el 5 de diciembre, Covadonga dejó claro que no iba a responder a nada, cesaron las llamadas y acercamientos.

Es difícil considerar que estos actos exceden de la mera molestia y se internan en territorio del acoso. Para llegar a esta conclusión, el juez analiza la escasa jurisprudencia al respecto, como por ejemplo una sentencia donde, pese a que los actos eran más graves que en este caso (llamadas continuas, intentos de entrar en la casa, gritos en la vía pública y en el trabajo de la víctima), se absolvió al acusado del delito de acoso debido al hecho de que no fueron reiterados ni insistentes (2).

3.- Por último, hay que tener en cuenta que Sanmiguel era periodista y estaba investigando una información sobre dos cargos públicos, lo cual le da una protección extra debido a la importancia que se concede en estos casos a la libertad de expresión.

 

El juez concluye entendiendo que es normal que los adultos implicados (Iglesias, Montero y Covadonga) se sintieran inquietos y alarmados, pero que ello no hace que los hechos pasen de «molestia» a «acoso». Se trata de actos demasiado leves como considerarse delito.

Como ya he anunciado, tengo que coincidir. El juez se pasa toda la sentencia empleando un lenguaje durísimo contra Iglesias y Montero: llega a decir que los querellantes «decidieron por Covadonga» al interponer la denuncia y los pinta poco menos que como unos locos por aumentar el dispositivo de seguridad al enterarse de que había un periodista rondando la casa de la cuidadora de sus hijos. Todo eso es cierto. Pero también es cierto que, por mucho que detestemos a OKDiario y a las sabandijas que tiene en nómina, que un periodista te llame cuatro veces y te pique dos a la puerta, todo ello en el plazo de un mes, difícilmente se puede considerar acoso.

El acoso es un delito contra la libertad. Por eso exige que la vida diaria de la víctima quede alterada. Si no hay alteración, no se puede sancionar a nadie salvo que empleemos figuras como la tentativa de acoso. Pero es que el delito de acoso ya incluye tentativas de acciones (como «buscar la cercanía» de la víctima o «intentar establecer» contacto con ella), por lo que es difícil pensar que se pueda cometer en grado de tentativa.

Hace año y medio analicé las manifestaciones que se habían sucedido enfrente de la casa de Iglesias y Montero. A mi juicio, esas manifestaciones sí son acoso: duraron meses, emplearon bocinas y cacerolas para aumentar el estruendo, se hicieron durante horas (a veces incluso de noche) y participaron decenas de personas. Algo así por supuesto que altera la vida de la víctima. Lo que sucede aquí, no.

Para terminar, hay un hecho sin el cual el análisis de la sentencia queda cojo. Es el siguiente: la actuación de Sanmiguel tiene un contexto. Lo he comentado más arriba: ha sido la persecución de OKDiario, entre otros medios, la que ha convertido a Iglesias y a Montero en dos de las personas más odiadas de este país. La «investigación» de Sanmiguel sobre la identidad, salario y condiciones laborales de Covadonga es un intento más de encontrar mierda que publicar o material para inventársela. En una panorámica amplia, los actos de Sanmiguel (y las manifestaciones ante la casa de Iglesias y Montero) son parte de un proceso que claro que se puede denominar acoso, si no legalmente, sí sociológicamente.

Pero aquí se juzgaban unos hechos concretos, no la panorámica amplia. Y se juzgaban empleando la ley y no una definición sociológica del fenómeno. En estas coordenadas, no creo que sea posible llegar a otra solución.

 

 

 

(1) Cuando hay conocimiento y animadversión personal entre denunciado y víctima, dice el juez, esta misma animadversión permite suponer que la víctima no quiere el contacto, sin necesidad de que lo exteriorice.

(2) El acusado en esta sentencia que comenta el juez sí fue condenado por coacciones.

 

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domingo, 20 de febrero de 2022

Aparato mata relato

«La historia se repite, primero como tragedia, luego como farsa». La frase, claro está, es de Karl Marx. Y no quisiera yo ponerme a enmendarle la plana al venerable economista, pero viendo la guerra interna del PP yo tengo otra versión: en España (o, al menos, en su principal partido de derechas), la historia se repite, primero como sainete y luego como esperpento.

La crisis actual tiene, por supuesto, sus propios perfiles y sus propias causas. Se ha desatado tras la hostia de Mañueco en Castilla y León. El bueno de Alfonso convocó unas elecciones para deshacerse de Ciudadanos y le ha salido regular: aunque logrará gobernar, se ha quedado muy lejos de la mayoría absoluta y necesitará un apoyo que los nazis están dispuestos a vender caro. Ante eso, Ayuso ha dado por rota la tregua con Génova, que ha respondido filtrando ciertos contratillos irregulares de la presidenta madrileña. Han aparecido en escena Carromero, un detective y la Empresa Municipal de Vivienda de Madrid, todo para darnos una semana entretenidísima. 

Pero el hecho es que a mí esto me recuerda a algo. Me recuerda a aquellos lejanos tiempos de 2004 a 2010, en los que un PP en horas bajas dirigido por un tipo tan aburrido y poco ilusionante como era Mariano Rajoy tenía que vérselas a diario con los regalitos que le mandaba desde Madrid una Esperanza Aguirre que no dejaba de encadenar mayorías absolutas (tres tuvo) y de amagar con cargárselo. Al final todos sabemos cómo acabó la cosa: Aguirre no pasó del amague al ataque y Rajoy fue presidente durante una legislatura y media.

Ahora la moviola se repite. Casado es un tipo tan gris como en su día lo fue Rajoy, y cada día se ve más. Ha conducido al PP a su peor resultado electoral de su historia, y desastres como el de Castilla y León no ayudan. Ayuso, por el contrario, ha aprendido de la mejor. Junta el ser más de derechas que el grifo del agua fría con esa campechanía populista que hace exclamar a propios y extraños aquello de: «Sí, será una cabrona, pero me iría de cañas con ella, tiene que ser divertidísima».

Claro, la cosa es que ahora estamos en la era de Trump. Esa clase de populismo faltón vende mucho más, y eso es lo que ha llevado a Ayuso a plantear, ella sí, el órdago. ¿Que el PP manda a Carromero y Egea (¡para un trabajo bien hecho los expertos en acción!) a espiarla por lo de sus contratillos corruptos? Pues al ataque. A imponer el marco discursivo de la Mater Dolorosa destrozada por la traición de los suyos y a darle a Casado, que es de goma. Eso es más o menos lo que llevamos viendo desde el lunes.

Buena parte del columnariado patrio le ha dado a Ayuso buenas perspectivas de victoria, sea porque consiga la dimisión de Egea o incluso de Casado o sea porque monte su propio chiringuito con el que logre aplastar a un PP cada vez más irrelevante. Yo tengo otro punto de vista. Creo que, al menos a corto plazo, Ayuso va a perder este pulso, y veremos si eso no la quiebra de manera definitiva.

Primero la más obvia: ¿va Ayuso a montar su propio partido? Yo diría que no, o que, al menos, no sería buena idea para ella. Pablo Iglesias y algunos otros analistas han opinado lo contrario. Han señalado que esta ruptura ya no tiene arreglo posible y que Ayuso puede contar con el apoyo de muchos medios de la derecha a los que riega de dinero (creo que justo esta fue la expresión de Iglesias) para acompañarla en su aventura.

Todo eso puede ser verdad, pero Ayuso tiene preocupaciones más apremiantes. Por ejemplo ¿cuántos diputados de los que ahora tiene en la Asamblea de Madrid la seguirían si hiciera algo así? O, dicho en el otro sentido, ¿cuántos hay que sean casadistas, que le tengan más lealtad al PP que a ella, que vean posibilidad de medrar si no cambian de chaqueta o que pasen de movidas? Basta con que sean diez para perder la mayoría absoluta, y con once que no la acompañaran quedaría en minoría (1). ¡Diez u once de 65! Teniendo en cuenta que el PP es una cueva de ladrones, yo de Ayuso no me fiaría demasiado de hacer según qué movimientos.

Es cierto que esos diputados lealistas siguen siendo de derechas. Estarían en contra de Ayuso pero apoyarían sus medidas. Hasta que dejaran de hacerlo. Se resucitaría el fantasma de la moción de censura y, en el peor de los casos, iríamos a las segundas elecciones en dos años. No creo que Ayuso quiera ser la gran líder que ha provocado eso, la verdad. Sobre todo porque imagínate que, en esas circunstancias, pierde fuerza en Madrid. Menudo ridículo, ¿no?

Aun suponiendo que todo esto no pase, un partido político necesita algo más que un líder carismático para ganar elecciones. Necesita un aparato territorial, algo que el posible partido ayusista no tiene y que el PP sí. No somos conscientes de que UPyD quedó triturado, Ciudadanos quedó triturado y no tengo demasiadas dudas de que el partido nazi acabará triturado, y eso gracias a la cantidad de gente a la que el PP tiene en nómina en toda España. Es una mafia de la que come mucha gente, con barones locales razonablemente bien asentados y populares entre sus votantes. No es algo que derribes en un día, por mucho que tengas el carisma populachero de Ayuso.

Descartamos entonces que Ayuso se enfrente al aparato. Queda la otra opción, que lo conquiste. Que se limpie a Casado y a Egea y que se ponga ella misma (o, más probablemente, a un aliado) al frente de la formación. Pero eso me parece improbable. No olvidemos que ni siquiera tiene el control de su propio aparato regional: es Pío García-Escudero, un histórico del PP nombrado por Casado, el que preside el PP de Madrid. En esas circunstancias, creo que incluso un líder tan sieso como Casado puede estar tranquilo: al menos en este lance, él se salva de la quema.

Creo que subestimamos el poder que tiene el aparato en partidos tan grandes como el PP y el PSOE. Sí, a veces puede pasar que un verso suelto como Pedro Sánchez llegue al poder dentro del PSOE, pero este partido es un poco más abierto en su forma de funcionar. En el PP alguien que no tenga el apoyo de barones y burocracia interna no va a ninguna parte. Sin toda esa gente que gestiona los contactos, los caciques locales, las redes de intercambio de favores y demás amistades mutuamente beneficiosas, Ayuso no tiene nada que hacer. Puede generar todo el relato que quiera sobre las traiciones de los amigos, pero eso da igual cuando la cosa baja del mundo de la palabra a la realidad de los hechos.

¿Entonces? Pues yo creo que al final Ayuso se la va a tener que envainar y que Casado no va a hacer demasiada sangre porque sabe que la necesita para seguir ganando en Madrid. ¿Sabéis esa opinión común que se ha generado esta semana de «oh, ahora se pegan, ya no cabe vuelta atrás»? Pues va a caber, porque ni Ayuso puede ganar a Casado ni a Casado le interesa destruir a Ayuso. Esta semana que se cierra ha sido la de la bronca: la que se abre va a ser la de olvidarlo todo, silbar muy fuerte y hacer como si nada hubiese pasado. O, como mucho, la de alguna dimisión aislada.

O puede ser que me equivoque de medio a medio, claro. Con este esperpento nunca se sabe.

 

 

[Addenda: publiqué este artículo en Patreon el sábado por la mañana, y el sábado por la tarde salió que se habían arreglado. Incluso en el arreglo Casado quedó mal, pues, mientras que Ayuso dio que la reunión había sido infructuosa, Casado cedió y le cerró el expediente que le había abierto 48 horas antes. Así que en esas quedamos: ni ruptura del PP ni nuevo partido ni Ayuso al asalto. Pura y deprimente normalidad. La semana que viene estamos ya hablando de otra cosa.

Hay quien dice que esto convierte a Casado en un cadáver político, que es una bajada de pantalones ante su rival y todo los demás. Bajada de pantalones sí; cadáver ya no estoy tan seguro. Que luego los cadáveres resucitan y nos dan a todos una sorpresa enorme.]

 

 

 

 

(1) Hago las cuentas asumiendo que los nazis votarían siempre con Ayuso. Si el grupo parlamentario ayusista pierde 10 diputados, se quedan entre ella y los nazis justo con 68 diputados, la mitad de la Asamblea. Si pierde 11, quedan en minoría.

 

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domingo, 13 de febrero de 2022

Informe sobre un error

Y una semana después, llegó el informe. Tanto los letrados como los técnicos del Congreso de Diputados han hablado: Alberto Casero metió la zarpa hasta el fondo, fue error humano y no técnico y la compra de los dos diputados de UPN no le valió de nada a Pablo Casado. El voto está emitido válidamente, y si te equivocaste que te den, Albertito. Haber comprobado las cosas antes de validar, que anda que no tuviste oportunidades.

El informe técnico es el que más se ha difundido por Twitter estos días, porque lo deja muy claro. El procedimiento telemático de votación tiene dos pasos: primero seleccionar y guardar los votos, luego confirmarlos. Parecido, en realidad, a la compra de cualquier producto online: primero eliges los productos y los metes en el carrito; después, procedes al pago propiamente dicho. Cualquier persona que maneje un ordenador en 2022 debería estar acostumbrada a esta idea. 

Pues bien, según el informe técnico, Alberto Casero entró a la sesión a las 17:39, y para las 17:46 ya había completado el primer paso: había votado 20 asuntos en 7 minutos, pero no es tan raro porque tendría una chuleta. Al fin y al cabo, esa es la disciplina parlamentaria, ¿no? Todos votan lo que dice el jefe. Debió trabucarse entonces: votó «Sí» a la convalidación del decreto-ley de reforma laboral y «No» a su tramitación como ley, cuando el voto de su grupo era el inverso en ambos. Supongo que estarían ambos seguidos, que quizás venían invertidos en la plantilla que le habían dado, lo que fuera. Pero se equivocó.

A las 17:46:55 había completado el primer paso. A las 17:46:59 realizó el segundo y se emitió el certificado digital con los votos validados. No pasaron ni cinco segundos. Es decir, Alberto Casero, que tenía que votar veinte asuntos de los cuales había dos que eran vitales para su grupo, no se tomó ni cinco segundos en revisar si todo estaba bien. Le dio a confirmar. Es entonces cuando el frío y profesional lenguaje del informe deja traslucir un drama: una vez emitido el certificado, entre las 17:49 y las 17:55, Casero entró otras cinco veces en la intranet. Me lo imagino sudando, recargando la página una y otra vez a ver si, en una de esas, la intranet le devuelve un dato distinto al que figura en su certificado y que demuestra, sin ningún género de dudas, que ha metido la pata hasta el fondo.

Una vez constatado el error, se fue al Congreso y se encendió la maquinaria del fango. Mientras Casero se apesadumbraba por su error y los diputados rasos del PP pedían a la prensa en los corrillos que no se ensañaran con él, los jefes del partido se inventaban errores informáticos, tongos e interpretaciones creativas del reglamento. Y es a todo esto a lo que responde el informe jurídico de la Secretaría General del Congreso. Que es más interesante aún que el técnico, aunque este se haya difundido más por lo incontestable de sus argumentos.

En primer lugar, los letrados de la Cámara dejan claro lo que ya dijimos en el artículo anterior que el acuerdo de la Mesa de 2012 sobre voto telemático (que exige comprobación telefónica de la identidad del votante y del sentido del voto) ha sido reformado, para tiempos de COVID, por otra serie de acuerdos que establecen la autenticación por usuario y contraseña en la intranet. Dichos acuerdos «se han adoptado en todos los casos por unanimidad de la Mesa de la Cámara y con conocimiento de la Junta de Portavoces, sin que haya habido oposición por parte de ningún grupo parlamentario». Más adelante se recuerda que «este es el sistema que se ha venido aplicando desde el comienzo de la pandemia, sin que haya sido objeto de contestación».

Es decir, que el PP aceptó este régimen, e incluso votó a su favor en la Mesa. Exigir ahora la aplicación de un sistema que lleva sin aplicarse desde marzo de 2020 solo porque les favorece es propio de unos jabalíes, no de diputados leales. Que ya sé que no sorprendo a nadie al decir que la deslealtad institucional está en el ADN del PP, puesto que lo demuestran tanto cuando gobiernan como cuando no lo hacen, pero nunca está de más recordar lo que ya sabemos.

El voto de Casero fue, pues, válido. ¿Cabe anularlo a causa de su equivocación? Los servicios jurídicos de la Cámara lo dejan claro: no, en absoluto. Y ello por varias razones:

1)    El procedimiento de votación es obligatorio. El diputado no puede disponer de él. Este procedimiento es el que permite la correcta formación de la voluntad del Congreso, y no puede quedar a la voluntad de los diputados. No se puede alegar contra esta idea el derecho fundamental de participación política, porque precisamente la indisponibilidad del procedimiento es garantía de este derecho. Se generaría mucha incertidumbre si cada diputado pudiera votar como se le antojara.

2)    Como consecuencia de lo anterior, resulta que el voto es irrevocable. No puede retirarse ni modificarse una vez que se ha emitido de forma válida. Aquí la Secretaría General acude a jurisprudencia constitucional (que ha dicho que solo puede repetirse en caso de error técnico acreditado) y al Reglamento del Congreso (que establece unos pocos supuestos tasados de repetición de los votos). Además, se citan varios precedentes de errores en la votación, algunos de un diputado y otros de varios, donde no se permitió cambiar el sentido del voto incluso aunque tales errores afectaron al resultado final.

3)    Por último, hay que tener en cuenta que el voto telemático es una excepción (la actividad parlamentaria es presencial) que, por tanto, no puede suponer una ventaja frente al voto presencial. Si los diputados presenciales no pueden enmendar sus errores, los telemáticos tampoco.


Es cierto que el acuerdo de 2012 le otorga a la Mesa de la Cámara la potestad de anular los votos emitidos de forma telemática por un diputado y permitirle votar presencialmente. Ciertas personalidades vinculadas al PP llevan una semana enarbolando esta norma. Pero este artículo (siempre en palabras de los letrados del Congreso) ha de interpretarse a la luz de lo que ya hemos dicho, en especial de la tercera consideración: no se puede poner al diputado que vota online en mejor posición que al que vota presencialmente.

Entonces ¿para qué vale este artículo del acuerdo de 2012, si no es para enmendar errores? Pues es una facultad de la Mesa para garantizar mejor el derecho de voto ante alguna circunstancia excepcional. Se ha aplicado pocas veces, y siempre en casos muy concretos: por ejemplo, una diputada que había votado algunos asuntos de forma telemática se acercó luego al Congreso y votó otros de forma presencial. Si el voto ya se ha ejercido de forma válida y respetando todos los derechos del diputado, no cabe anularlo ni permitirle votar telemáticamente.

Las conclusiones son inapelables: si el error es técnico, se puede permitir que el diputado vote de nuevo; si es humano, si ha pulsado el botón que no era y encima lo ha confirmado luego, pues Santa Rita Rita. Esta interpretación, por cierto, es la única coherente con el derecho fundamental de participación política y con un reglamento que quiera ser mínimamente garantista. Esto no es una tienda online. Si te equivocas al comprar el billete de tren o la prenda de ropa puedes anular la compra, pero si te equivocas al votar una ley, te quedas con el error. Ya solo faltaba eso, vamos.

El PP llorará, pataleará, gritará «tongo» y «pucherazo» y presentará el preceptivo recurso ante el Tribunal Constitucional. Es lo que hay que hacer cuando has elegido el camino el griterío y la deslealtad. En un país normal, con un Tribunal Constitucional más técnico que político, su recurso sería descartado sin apenas lectura. En España, igual aún nos encontramos con una sorpresita.

Pero eso será en el futuro. La reforma laboral está aprobada, la corruptela de Casado no le ha valido para nada más que para destrozar UPN y Alberto Casero va a quedar marcado durante el resto de su carrera política como un torpe manazas. Al menos nos quedan las risas. 

 

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lunes, 7 de febrero de 2022

Anatomía de un error

El intento de pucherazo del PP en la votación de la reforma electoral es una prueba de aquello que se decía en los libros de Dragonlance: el mal nunca triunfa porque lleva dentro las semillas de su propia destrucción. En realidad, y a pesar de esa frase tan rimbombante, el mal tiende a triunfar más de lo que nos gustaría, pero a veces pasan cosas como estas y nos alegran la mañana. Las caras de los líderes de la bancada popular y el progresivo despeñe de excusas han sido muy divertidos. 

Se votaba el decreto-ley de reforma laboral. Como establece la Constitución, los decretos-ley son normas de urgencia (aunque en la práctica los Gobiernos los usan como un mecanismo ordinario de legislación) que tienen que ser convalidados por el Congreso. Si no se convalidan, dejan de ser válidos. Una cosa que suele hacerse es votar, a la vez que la convalidación del decreto, su tramitación como ley, de tal forma que los grupos parlamentarios puedan proponer enmiendas. Por esa razón hay muchas reformas legales que tienen dos fechas: la primera, la del decreto-ley; la segunda, la de la ley que se empezó a tramitar al convalidar el decreto y que contiene leves cambios con respecto a este.

En este caso, la votación se preveía ajustada. Para empezar, dada la importancia del asunto, iban a votar todos los diputados y ningún grupo se iba a abstener. Eso significaba que la mayoría simple (más votos a favor que en contra) se convertía, de facto, casi en una mayoría absoluta. Este «casi» tiene que ver con la ausencia de Alberto Rodríguez, que le resta un diputado tanto al total del órgano como a la coalición de Gobierno. En principio, cuando un diputado deja su puesto, corre lista y lo ocupa el siguiente, pero Podemos está maniobrando para intentar que Rodríguez sea restituido en su escaño y, por eso, el puesto está vacío.

Eso quiere decir que el Congreso de los Diputados consta de 349 miembros, de los cuales era necesario atraer a un total de 175. Y eso podía ser complicado, en primer lugar porque Bildu, ERC y PNV, aliados del Gobierno, iban a votar en contra de la convalidación, por ser una reforma laboral muy tímida. Por ello, el Gobierno se volvió a la derecha parlamentaria y, por fin, apalabró los 175 votos que necesitaba gracias a la adición de UPN, partido local navarro que opera como «marca» del PP en esta Comunidad. UPN contaba con dos diputados, que supuestamente iban a votar a favor, consiguiendo así la mayoría absoluta (176 diputados). Sin embargo, al final votaron en contra, con lo que el resultado debería haber sido 174 a favor y 175 en contra: rechazo ajustado. Sobre la forma en que el PP se allegó a esos dos diputados no vamos a discutir demasiado, que luego nos acusan de andar llamando corruptos a los demás.

Entonces llegó el improvisado, inesperado e involuntario héroe de la izquierda: Alberto Casero, diputado del PP por Cáceres, que se equivocó en las dos votaciones: votó «Sí» a convalidar la reforma laboral y «No» a tramitarla como proyecto de ley. Parece ser que en esa misma tarde se equivocó incluso en una tercera votación, pero no era tan relevante. La cosa es que Casero, que tenía gastroenteritis, estaba votando desde su casa, de forma telemática. Votó, confirmó y fue al leer la certificación del voto cuando se dio cuenta del error.

Desde esta plataforma queremos solidarizarnos un poco con el diputado, porque ¿a quién no le ha pasado hacer algo erróneo, confirmarlo y solo darte cuenta después? Te sientes tontísimo cuando te sucede. Aunque forzoso es reconocer que normalmente eso solo significa que has comprado un billete de bus para Torrelavega en vez de para Tarragona, y no que le has servido el triunfo en bandeja a tu adversario político y has convertido en inútiles todas las maniobras y corruptelas de tu jefe. Pero bueno, detalles.

La cosa es que las votaciones telemáticas son antes que las presenciales, así que Alberto Casero se persona en el Congreso, informa del error y, de hecho, asiste a la votación en el Pleno. Claro, no le dejan rectificar. Desde ese momento las versiones del PP se suceden atropelladamente. Mientras Casero confiesa que está destrozado por su error, la directiva del PP plantea de forma sucesiva las hipótesis del error informático, de la vulneración del reglamento y del pucherazo. El caldo se engrosa cuando un letrado aleatorio de Madrid denuncia al Congreso por delito informático y en el encabezado del auto, por error, se cita como denunciante al propio Casero.

De toda esta amalgama me quiero quedar con un hecho: la denuncia que hace el PP de vulneración del Reglamento. La cosa es la siguiente: en 2011 se reformó el Reglamento del Congreso para permitir el voto telemático en casos de «embarazo, maternidad, paternidad o enfermedad grave» (artículo 82.2 RC). El procedimiento para ejercer dicho voto telemático se incluía en un acuerdo de la Mesa de 2012, que, en efecto, preveía la confirmación del voto por vía telefónica. Como en este caso no hubo confirmación telefónica, habría habido tongo.

El problema es que las cosas nunca son tan sencillas como parece. Para empezar, según la diputada Zaida Cantera, lo que se confirmaba en esa comprobación telefónica era si se había emitido el voto y si su sentido era el mismo que le constaba al Congreso. No era una forma de rectificar errores humanos: si te habías equivocado, el voto era válido. Pero es que, además, este procedimiento de verificación telefónica ni siquiera se aplica ya. Porque claro, el sistema tiene sentido cuando hay un diputado enfermo que necesita votar telemáticamente, no cuando hay confinamientos, cuarentenas, aislamientos y demás medidas sanitarias que pueden determinar que toda la Cámara tenga que votar desde su casa.

Ya en marzo de 2020 se dictó un acuerdo de la Mesa en el que se preveía el voto a través de la intranet, verificando la identidad del votante por el sistema de usuario y contraseña. Este acuerdo se mantuvo vigente hasta octubre de 2021, en el que fue sustituido por uno esencialmente idéntico, que dice que, hasta la finalización de la crisis sanitaria declarada por el COVID-19, todos los votos telemáticos que deban emitirse (sean o no a causa de esta enfermedad), se registran por medio de usuario y contraseña en la intranet del Congreso. La crisis sanitaria del COVID-19 es un concepto jurídico concreto, definido en la ley, que solo terminará cuando el Gobierno lo declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica. Eso no ha sucedido, por lo que seguimos en crisis sanitaria y, por tanto, sigue vigente el acuerdo de octubre de 2021. Nada de llamadas telefónicas.

Así que no, no se ha vulnerado el procedimiento de votación. Alberto Casero se equivocó, como se equivocan tantos y tantos diputados de todos los partidos (incluso en la misma sesión), solo que esta vez el error tuvo consecuencias relevantes y, por qué no decirlo, tronchantes. Menos quejarse y más apechugar con las equivocaciones propias.

Se puede debatir, claro, si es justo que al diputado no le permitieran cambiar su voto y que la reforma fuera aprobada por error. Mi respuesta es sencilla: sí. Sí, es justo. Y lo es porque cualquier mecanismo que permita modificar el voto después de emitirlo causa más mal que bien: la de corruptelas, transfuguismos y tamayazos que podrían esconderse ahí, madre mía. Una vez emitido, el voto es inamovible, porque si no podrían ganarse o perderse votaciones enteras si de repente uno o dos diputados clave descubren que «se han equivocado». Además, votar lo que deben es una de las tareas de los diputados: podemos tener empatía hacia el que se equivoca, pero no permitirle cambiar.

Por supuesto, todo este sainete tiene un argumento oculto, una especie de leit-motiv que lo permea todo: la disciplina de partido. Disciplina que rompieron los dos diputados de UPN y también, aunque sin querer, Alberto Casero. Sin disciplina de partido no existirían esos cálculos de «el grupo tal vota cual así que necesitamos tantos votos» ni serían tan notorios los casos de transfuguismo.

¿Es buena la disciplina de partido? ¿Es mala? En general, si preguntas la gente suele contestar que es mala porque falsea la actividad parlamentaria. Yo no sé si estoy de acuerdo, pero, en todo caso, es materia para otro artículo. El de hoy ha sido para explicar, compadecer y también hacer un poco de burla del error que ha permitido sacar adelante la reforma laboral. Porque yo no creía que la suerte existiera hasta que no conocí a Pedro Sánchez.

 

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