martes, 27 de diciembre de 2016

Un meme del rey

Cuando hace un par de años Juan Carlos I abdicó en su hijo, la intención estaba clara: regenerar la monarquía. Una nueva cara al frente del negocio familiar, más joven, que no estuviera pringada en cacerías africanas, amantes conseguidoras y sospechas de corrupción. Alguien que pudiera acercar la monarquía a un pueblo cada vez más cabreado. Y por fin se ha conseguido. Felipe VI ha logrado lo que ya tenían todos los líderes políticos (algunos en grandes cantidades) pero que su padre nunca consiguió: su propio meme.

Me refiero, claro está, a la imagen del monarca cerrando los puñitos mientras da su discurso de Navidad, que ha dado la vuelta al Twitter español acompañada de comentarios más o menos ingeniosos o modificada para hacer gracia. Siempre me he preguntado cómo debe sentirse alguien en el momento en que le sacan una foto que se va a usar para hacer un meme. En este caso, lo de cerrar los puños para ejemplificar el concepto “encerrarnos en nosotros mismos” (algo supuestamente muy malo), ¿es un tic o estaba ensayado? Yo creo que es un tic, porque lo repite muchas veces a lo largo del discurso (1), pero lo sea o no: ¿pensaría al hacerlo que se iba a volver viral?

Supongo que tiene que ser muy cómodo, de todas formas, saber que tienes a la Fiscalía de tu lado si alguno de esos molestos tuiteros se pasa un pelo. Y es que, al ver los memes, no he podido evitar que se me pasara por la cabeza la condena a dos dibujantes de El Jueves por decir, en la portada de dicho semanario, que la persona que ahora ocupa el puesto de rey de España (y que en aquel momento era príncipe de Asturias) es un vago. Supongo que, aunque sucedió hace casi diez años, se recordará, puesto que fue un caso muy sonado y la Audiencia Nacional hizo mucho el ridículo exigiendo “el molde” de dicha viñeta.

En España los insultos (que, en jurídico, se llaman “injurias”), se castigan tanto si se dirigen contra particulares como si se lanzan hacia las instituciones. Así, se castiga la injuria hecha contra una persona (artículo 208 CPE), contra los miembros de la Corona en el ejercicio de sus funciones (artículo 490.3 CPE), contra las Cortes Generales y Asambleas autonómicas (artículo 496 CPE), contra distintos órganos gubernamentales y jurisdiccionales  y contra las Fuerzas de Seguridad (artículo 504 CPE). Esto tiene cierto sentido.

Lo que ya no tiene tanto sentido es la especial protección que reciben los miembros de la Corona, definidos además de forma muy amplia: el monarca reinante, sus ascendientes y descendientes, su cónyuge, los miembros de la Regencia (si la hubiera) y el príncipe de Asturias (2). Para empezar, en todos los artículos que he citado se exige, para castigar unas injurias, que éstas sean graves (3). No vamos a castigar a alguien penalmente por llamar “gilipollas” a otro. ¿En todos los artículos? ¡No! El artículo 490.3 CPE castiga al que injuriase a los miembros de la Corona cuando estuviesen “en el ejercicio de sus funciones o con motivo u ocasión de éstas”, tanto si la injuria es grave como si no lo es. La norma reconoce expresamente ambos supuestos, a los que asigna penas distintas: las injurias leves se castigan con una multa y las graves con prisión. Esto es otra excepción curiosa, porque el resto de injurias previstas en el Código Penal se castigan con una simple multa o, como mucho, con localización permanente.

Pero no se vayan, que aún hay más. Porque justo después del artículo 490 viene (lógicamente) el 491, que castiga con una pena de hasta veinte meses de multa las injurias contra los miembros de la Corona cuando éstos no estuviesen en ejercicio de sus funciones. Para que se me entienda: si yo voy en coche, me choco con el presidente del Gobierno y me pongo a insultarle, se considerará una injuria contra un particular. Si en el otro vehículo va el rey de España, por el contrario, mis insultos se consideran un delito contra la Corona, que tiene una pena mayor y además es competencia de la Audiencia Nacional.

Esto me da escalofríos, porque es un residuo de una concepción de la monarquía tremendamente medieval: el cargo de rey no es algo que se ejerza, sino algo que se es. El rey es rey hasta cuando caga: insultar al monarca aunque la causa del insulto sea estrictamente particular siguen siendo insultar al monarca, y por ello merece pena mayor que meterse con cualquier mindundi. Podríamos ponernos a discutir si esta visión de las cosas es realmente separable de la monarquía, pero no me quiero meter en eso todavía. Porque el artículo 491 CPE tiene un segundo párrafo.

En él se castiga, con una pena de hasta dos años de multa (4) al que utilice la imagen de un miembro de la Corona “de cualquier forma que pueda dañar el prestigio” de dicha institución. Éste es el delito por el que condenaron a los dibujantes de El Jueves y por el que probablemente acabarán sancionados los miembros de la CUP que quemaron fotos del monarca hace un par de semanas. De nuevo: quemar fotos del presidente del Gobierno no es delito, al contrario que hacer lo mismo con fotos del monarca.

Además, es un tipo penal que da verdadero miedo, porque no castiga a quien dañe el prestigio de la Corona, sino a quien realice actos que puedan dañarlo. ¿Eso qué es, cómo se concreta? Pues no se sabe. En la sentencia que condenó a los dos dibujantes de El Jueves se dijo que llamar vago al heredero de la Corona podía dañar el prestigio de dicha institución, más aún cuando en la portada lo que se pretendía era cuestionar una decisión del Gobierno (el cheque bebé) en la que dicho príncipe no había intervenido. La sentencia se centra mucho, precisamente, en que el príncipe de Asturias no tiene relación alguna con la medida que se criticaba y que por tanto, mencionarle era “innecesario”.

Y aquí volvemos al tema de los memes. Si la Audiencia Nacional decidió que un chiste a costa del príncipe era innecesario si lo que se pretendía era criticar al Gobierno, ¿qué no pensará de los memes, que son el humor por el humor, sin ninguna intencionalidad más allá de echar unas risas modificando una imagen que ya de por sí es chocante? ¿Puede dañar el prestigio de la Corona hacer un fotomontaje del rey peleándose con alguien o con Esperanzas Aguirre en las manos? ¿Y ponerle un texto alusivo al Caraanchoa u otro escrito en cani? Pues a saber. Uno diría que no, pero también me parece absurda la condena a los dibujantes de El Jueves y ahí está.

Por suerte, creo que las dudas del párrafo anterior se quedarán en eso, en dudas teóricas. No veo yo al Ministerio Fiscal iniciando procedimientos por este asunto, especialmente si lo que se intenta es mantener a la Corona apartada de los escándalos políticos. Pero oye, nunca se sabe: este país es muy suyo para sus cosas, y cualquier día nos despertamos con una redada hecha contra tuiteros que se rieron un poquito de su jefe de Estado. Cosas más raras se han visto.

Eso es precisamente lo que me molesta de todo este asunto: que, en este país, todo lo que se refiere a la monarquía es excepcional. Normalmente quemar la foto de un particular no es delito, pero si resulta que ese particular es el padre o la hija del rey (porque, recordemos, Juan Carlos de Borbón ya no tiene función constitucional alguna, y la niña Sofía carece de edad para tenerla) te puedes comer hasta dos años de multa. ¿Qué sentido tiene? Ninguno, pero tampoco la tiene la práctica totalidad de la regulación de la monarquía en este país.

Al final la monarquía no es más que un residuo de tiempos predemocráticos. Un sistema completamente absurdo, que sólo es compatible con la democracia si convertimos al rey en un figurón más bien decorativo. Y aun así siguen quedando todos esos espacios de excepción, que no son más que la prueba de que somos incapaces de ver al rey como el primer magistrado del país. Los reyes siguen teniendo un aura de intangibilidad que da bastante repelús.

En esas condiciones, igual lo mejor sería no tener reyes.






(1) Yo he contado nueve veces, la mayoría al final del vídeo, de forma casi seguida: minutos 1:51, 8:30, 11:20 (durante varios segundos), 11:27, 11:34, 11:47, 12:17, 12:20 y 12:25 (se ve el puño varias veces y se intuye que lo tiene también cerrado fuera de plano).

(2) Es cierto que en la práctica totalidad de casos el príncipe o princesa de Asturias será descendiente del rey, pero supongo que se quiere proteger el marcianísimo supuesto de que no lo sea. Por ejemplo, si ahora mueren Leonor y Sofía de Borbón, pasa a ser princesa de Asturias doña Elena, que es hermana (no hija) del monarca.

(3) Antes las injurias leves eran falta. Ahora son lo que se llama “delito leve” pero sólo cuando se producen entre parientes.

(4) La más alta pena de multa de todas las injurias que castiga el Código.




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4 comentarios:

  1. Ahora está de moda que, cuando discutes cualquier chorrada por internet, te amenacen con denunciarte. Un día voy a necesitar un abogado por decir asesino a un torero.

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