Parece que un miembro del Gobierno del PP
tenía pasta en una sociedad offshore
de éstas que se han descubierto en los papeles de Panamá. Me refiero a José
Manuel Soria, ministro de Industria, Energía y Turismo. Sé que esta noticia
sorprenderá a más de uno, así que os voy a dejar unos minutos para que la
asimiléis. ¿Cómo? ¿Qué decís? ¿Que no hace falta, que os lo creéis
perfectamente? Desde luego, qué cínicos nos vuelve este país.
En fin, prosigo. La cuestión es que, como
siempre que se pilla a algún político haciendo cosas que no debería, se han
escuchado voces que piden la dimisión de Soria. Sólo hay un pequeño problema, y
es que ésta es imposible. ¿Por qué? Por culpa de esa tríada de palabras que, de
un tiempo a esta parte, parece que explican todo lo que pasa políticamente en
España: “Gobierno en funciones”.
Decimos que una persona ostenta un
determinado cargo “en funciones” cuando ya ha terminado su mandato pero sigue
en el cargo para evitar los vacíos de poder. Decía Terry Pratchett que lo único
que se mueve más deprisa que la luz es la monarquía, porque en el momento en
que un rey muere la sucesión pasa al heredero instantáneamente. Los cargos en
funciones cumplen una función similar: que las instituciones no queden
descabezadas y que en todo momento haya alguien al timón.
En otras palabras, Soria no puede dimitir
porque no tiene cargo del cual hacerlo. Ya no es ministro. Lo dice el artículo 101 CE: el Gobierno cesa tras la celebración de elecciones. Desde el 20 de
diciembre de 2015 Soria no es ministro. Su mandato ha terminado y, lo que es
más, la Constitución le obliga a permanecer en funciones hasta que llegue el
sucesor. Por mucho que se le presione y por mucho que gritemos “Soria dimisión”
no puede decir “paso del Gobierno, me voy a mi casa y que no me llamen”.
Pero venga, imaginemos que lo hace. Que,
abrumado por la vergüenza de que le hayan pillado, decide dejar de ir al
Ministerio y lo anuncia públicamente. Entonces la papeleta le cae a Rajoy, que
tiene un problema gordo porque él tampoco es ya presidente. ¿Qué puede hacer
con ese Ministerio? Pues la Ley del Gobierno no prevé nada para un caso tan
marciano como éste. Tampoco se menciona la posibilidad de que un ministro muera
o sea incapacitado, que son casos similares y podríamos usarlos para llegar a
una solución por analogía.
El artículo 21 de la Ley del Gobierno
concreta las competencias del Gobierno en funciones: está limitado a facilitar
la formación del nuevo Gobierno y “al despacho ordinario de los asuntos
públicos”. Nombrar nuevos ministros está obviamente fuera de ese despacho
ordinario: es algo que en una legislatura normal se hace muy pocas veces.
Además, es un absurdo conceptual. Ya hemos definido lo que es un cargo en
funciones. ¿En qué cabeza cabe que se pueda nombrar a un ministro cesado?
Este mismo precepto tiene, sin embargo,
una excepción. El Gobierno en funciones se dedicará al despacho ordinario de
los asuntos públicos “salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por
razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique”. Creo
que este precepto no permite nombrar a un ministro en funciones (algo, como
digo, absurdo), pero sí atribuir el Ministerio que ocupa el dimisionario a
cualquiera de los otros cargos del Gobierno. Se le podría asignar a Presidencia
o a la Vicepresidencia, o incluso trocearlo entre diferentes departamentos.
Aquí topamos con otro problema. Si
recordáis, el Gobierno estaba pasando de someterse al control parlamentario
aduciendo que, como está en funciones, no puede realizar actividad política.
Por supuesto, esto es mentira: cualquier Gobierno que lleve tres meses en el
cargo adopta decisiones políticas, esté o no en funciones. Como ejemplo
reciente tenemos destituir a un embajador, pero basta con abrir la
prensa: los ministros no han dejado de ir a eventos nacionales o
internacionales de carácter político.
Sin embargo, una cosa es eso y otra acogerse
al supuesto legal que expresamente permite al Gobierno, de forma urgente o por
razones de interés general, realizar actividad política. Aplicar ese supuesto
es reconocer que el Gobierno en funciones se ha salido de sus márgenes, y eso
exige control parlamentario. Pero, a estas alturas, ¿vosotros veis a Rajoy
yendo al Congreso a explicar nada? Porque yo no.
El problema real es que las circunstancias
que vivimos son excepcionales. Hablamos de un Gobierno que lleva más de tres
meses en funciones y la cosa no parece que vaya a cambiar. Cabe recordar que si
no se logra investir a un presidente para el 2 de mayo, hay que convocar
elecciones. Dados los plazos legales, éstas se celebrarían el 26 de junio, y
podemos prever como mínimo otro mes de consultas entre grupos (el plazo normal). No parece plausible que con la formación actual del Congreso se
logre algo, así que hasta el 15 o el 20 de julio no tendremos a nadie que
sustituya a los actuales figurones.
Y claro, el derecho está pensado para los
casos normales, no para los excepcionales. ¿Un Gobierno en funciones durante
siete meses? Nadie ha previsto nada porque cuando se redactaron la Constitución
y la Ley del Gobierno no era previsible algo así. Esta segunda norma es de
1997, cuando el régimen español gozaba de muy buena salud. Ahora ya no es así:
estamos inmersos en una profunda crisis institucional… y lo que te rondaré
morena.
[ADDENDA 15/04/2016, 13:57 - Me voy a tener que hacer profeta. Horas después de la publicación de esta entrada (aunque mis mecenas en Patreon pueden atestiguar que estaba escrita desde ayer) el ministro Soria ha "dimitido". Lo pongo entre comillas porque, como he explicado, un cargo cesado no puede dimitir. No soy el único que lo dice: esta noticia de El Mundo usa una estructura muy similar a la de este post para llegar a las mismas conclusiones.
Entonces, ¿qué ha ha hecho Soria? La fórmula que ha usado ha sido la "renuncia expresa a las funciones" propias del cargo, es decir, lo que yo decía más arriba: que deja de ir al Ministerio y que lo anuncia públicamente. Y, como también anuncié, ahora es a Rajoy al que le toca la papeleta.
Evidentemente, de los otros dos cargos que ostentaba de manera no interina -diputado y presidente del PP canario- sí ha dimitido normalmente]
[ADDENDA 15/04/2016, 13:57 - Me voy a tener que hacer profeta. Horas después de la publicación de esta entrada (aunque mis mecenas en Patreon pueden atestiguar que estaba escrita desde ayer) el ministro Soria ha "dimitido". Lo pongo entre comillas porque, como he explicado, un cargo cesado no puede dimitir. No soy el único que lo dice: esta noticia de El Mundo usa una estructura muy similar a la de este post para llegar a las mismas conclusiones.
Entonces, ¿qué ha ha hecho Soria? La fórmula que ha usado ha sido la "renuncia expresa a las funciones" propias del cargo, es decir, lo que yo decía más arriba: que deja de ir al Ministerio y que lo anuncia públicamente. Y, como también anuncié, ahora es a Rajoy al que le toca la papeleta.
Evidentemente, de los otros dos cargos que ostentaba de manera no interina -diputado y presidente del PP canario- sí ha dimitido normalmente]
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Gracias por el artículo, ha sido muy didáctico. Para gente como yo a los que la politica nunca nos había interesado de jóvenes, pero que estamos empezando a aprender sus entresijos a dia dd hoy, nos resulta muy útil conocer este tipo de cosas para entender mejor los titulares.
ResponderEliminar:) Me alegro de que te haya gustado. Y cualquier pregunta, ya sabes dónde estoy.
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